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Plan General de Inspección de Deporte para el año 2016

14/03/2016
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Resolución de 1 de marzo de 2016, de la Secretaría General para el Deporte, por la que se aprueba el Plan General de Inspección de Deporte para el año 2016 (BOJA de 11 de marzo de 2016). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 1 DE MARZO DE 2016, DE LA SECRETARÍA GENERAL PARA EL DEPORTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN GENERAL DE INSPECCIÓN DE DEPORTE PARA EL AÑO 2016.

El Decreto 236/1999, de 13 de diciembre Vínculo a legislación, de Régimen Sancionador y Disciplinario Deportivo desarrolla el mandato legal establecido en el artículo 62.1 Vínculo a legislación de la Ley 6/1998, de 14 de diciembre, del Deporte, regulando las funciones y actuaciones de inspección en materia de deporte que consistirán en la vigilancia y control del cumplimiento de los deberes y obligaciones establecidos en la citada ley y en sus normas de desarrollo.

A tal efecto, el Decreto 212/2015, de 14 de julio Vínculo a legislación, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Deporte, atribuye en su articulo 6 a la Secretaría General para el Deporte, el ejercicio de la competencia de elaboración de los planes de inspección en materia de deporte, así como su seguimiento y ejecución mediante la coordinación de las funciones inspectoras, como instrumento administrativo que colabora en la garantía de la efectiva aplicación de la legalidad vigente en materia de deporte.

Los Planes de Inspección son elaborados conforme a criterios de eficacia, eficiencia y oportunidad, dotando a las actuaciones inspectoras de deporte de estabilidad temporal y unidad de criterios, así como optimizando y homogeneizando tanto la consecución de objetivos como su realización.

La ejecución de los Planes anteriores han puesto de manifiesto, la necesidad de establecer de una forma permanente y sistemática, actuaciones de control y vigilancia que proporcione a la Administración el conocimiento de la situación real de todos los sectores deportivos implicados, y la posibilidad de corrección de los incumplimientos, sin menoscabo de la función sancionadora de la Administración.

Para el año 2016, el Plan General de Inspección de Deporte incluye como novedades la habilitación de una nueva aplicación informática para la Inspección Deportiva incorporándose a la misma un nuevo formulario de acta de Inspección de Deporte, mas acorde con la normativa vigente, y se dota a la Inspección Deportiva de nuevos instrumentos de coordinación significando la creación de un foro específico para el personal de la Inspección Deportiva y el fomento de reuniones a través de videoconferencias u otros medios electrónicos.

Sin perjuicio de aquellas actuaciones especiales o sobrevenidas que necesiten actuaciones concretas distintas a las contempladas, y que se enmarcan bajo la denominación de actuaciones inspectoras no programadas, el nuevo Plan General de Inspección de Deporte se configura como marco básico de la actuación inspectora para el cumplimiento periódico de los objetivos fijados por la Secretaría General para el Deporte en esta área, que se concretan en los objetivos, líneas estratégicas de actuación y programas que se enumeran en el presente Plan.

Los objetivos generales establecidos en este nuevo Plan General de Inspección son consecuencia de la evaluación de las acciones establecidas, desarrolladas y ejecutadas en los Planes anteriores, y a las nuevas necesidades planteadas por los Servicios centrales de la Consejería de Turismo y Deporte, el Instituto Andaluz del Deporte, el Centro Andaluz de Medicina del Deporte y las Delegaciones Territoriales de Cultura, Turismo y Deporte.

En virtud de los expuesto, y de acuerdo con las competencias atribuidas en el artículo 6.ñ) Vínculo a legislación de la Ley 6/1998, de 14 de diciembre, del Deporte, en relación con el artículo 5 Vínculo a legislación del Decreto 236/1999, de 13 de diciembre, y el artículo 6.2 Vínculo a legislación m) del Decreto 212/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Deporte.

RESUELVO

Primero. Aprobar el Plan General de Inspección de Deporte en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que tendrá vigencia durante el año 2016.

Segundo. El Plan General de Inspección contiene los objetivos y líneas de actuación que se especifican en el anexo a la presente Resolución para cada uno de los programas que en el mismo se detallan. La competencia de planificación y programación se formula con carácter general, mediante el establecimiento de unos objetivos concretos que se especifican en líneas estratégicas de actuación, que a su vez se desarrollan a través de los programas de inspección establecidos en el Plan.

La Secretaría General para el Deporte podrá dictar cuantas instrucciones estime precisas para el desarrollo, concreción, actualización, dirección y coordinación del Plan de Inspección y los programas que lo integran.

Para la grabación de las actuaciones inspectoras, se habilitará una nueva aplicación informática de Inspección Deportiva creada al efecto, que responde a los criterios de simplificación y racionalización en la gestión administrativa, en la que por parte de los Servicios de Deporte de las distintas Delegaciones Territoriales de Cultura, Turismo y Deporte se grabarán los actos en los que se irán incluyendo los resultados de dichas actuaciones inspectoras, y en la que se especificará el programa a que corresponde cada una de ellas y el tipo de actuación efectuada.

Tercero. La ejecución material de las inspecciones se llevarán a cabo por los funcionarios Inspectores de Deporte de las respectivas Delegaciones Territoriales de Cultura, Turismo y Deporte o por personal funcionario habilitado a tal efecto desde la Secretaría General para el Deporte.

Al finalizar el periodo de vigencia del presente Plan General de Inspección, y en todo caso, antes del 31/01/2017, se procederá a elaborar por cada Delegación Territorial un informe final que habrá de contener:

1. Un resumen total de las actuaciones desarrolladas, desagregadas por programas.

2. La cuantificación definitiva de los resultados obtenidos.

3. Conclusiones finales.

4. Propuestas y sugerencias para la mejora y elaboración del próximo Plan de Inspección.

Finalmente, tras el análisis de la información suministrada por las distintas Delegaciones Territoriales, por parte del Servicio de Planificación e Inspección Deportiva se elaborará una memoria final que se elevará para su conocimiento a la Secretaría General para el Deporte.

Cuarto. La Inspección de Deporte, como estructura orgánica especializada para el mejor desarrollo de las competencias propias de la Junta de Andalucía en materia de Deporte, requiere de una labor de formación continuada con relación a las materias de su competencia dada la diferente naturaleza de aquellas.

Quinto. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.

Anexos

Omitidos.

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