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El Supremo admite un recurso de Iberdrola contra los peajes de enero por la financiación del déficit temporal

11/03/2016
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La sala tercera del Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso contencioso administrativo presentado por Iberdrola en contra de la orden de peajes eléctricos de enero y, en concreto, de las disposiciones en las que se obliga a la empresa a financiar los déficits de tarifa provisionales del sistema.

MADRID, 10 Mar. (EUROPA PRESS) -

Desde la puesta en marcha de la reforma energética en 2013, todos los agentes del sistema eléctrico financian los desajustes que mes a mes y de forma temporal puedan producirse en las liquidaciones de la CNMC, conforme a un coeficiente de cobertura que limita sus ingresos regulados.

El recurso de Iberdrola, según se aprecia en el BOE de este jueves, se dirige contra la orden ministerial IET/2735/2015, de 17 de diciembre, por la que se establecen los peajes de acceso de energía eléctrica para 2016. La admisión a trámite se produjo el 2 de marzo.

El año pasado, la sala de lo contencioso administrativo del Supremo ya dictaminó a favor de la obligación impuesta por el Gobierno en la reforma energética de que todos los agentes con retribución regulada del sector deban financiar el déficit de tarifa que pudiera producirse a partir de 2014.

Aquella decisión del Supremo se produjo en respuesta a los recursos presentados por cerca de 40 productores fotovoltaicos, que habían recurrido la orden de peajes de acceso de electricidad de 2014 con el argumento de que la obligación de soportar los desequilibrios y el déficit de tarifa debería imponerse a las principales empresas del sector.

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