Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 10/03/2016
 
 

Consejo General del Notariado

Los notarios confían en que se dará rango de Ley al control de legalidad notarial en beneficio del consumidor

10/03/2016
Compartir: 

El Consejo General del Notariado ha expresado este miércoles su confianza en que el legislativo dará "con prontitud" rango de ley al control de legalidad de los notarios en beneficio de los consumidores, ya que ésta es la voluntad que ha venido siendo expresada recientemente en diversas normas.

MADRID, 9 (EUROPA PRESS)

Fuentes de este órgano han reaccionado, en declaraciones a Europa Press, a la sentencia por la que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad del artículo 30.3 y 4 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de protección al cliente de servicios bancarios por falta de habilitación legal para regular la competencia de este control de legalidad de los notarios.

Desde el Consejo insisten en que la voluntad del Legislativo es evidente que para la protección del consumidor exista ese control de legalidad, y que una buena oportunidad para dar rango de Ley a esta competencia sería incluirla en la transposición de la Directiva 2014/17 UE sobre contratos de créditos celebrados con consumidores para muebles inmuebles de uso residencial.

La sentencia del alto tribunal indica que es necesaria una norma de rango legal que de cobertura a las previsiones recogidas en los artículos 30.3 y 4 de la mencionada Orden que no sólo otorga dicha función de control notarial, sino que además establece que su decisión será recurrible ante la Dirección General de los Registros y del Notariado.

DE MOMENTO NO ES COMPETENTE

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Diego Córdoba Castroverde, considera que no se trata de cuestionar la oportunidad, procedencia o incluso la conveniencia de que el notario pueda ejercer esa función de control, sino si esta competencia está amparada o no, cuando resulte necesario, en una norma de rango legal.

El Consejo del Notariado señala que si bien el control de legalidad de los notarios no es norma con rango de Ley "por cuestiones técnicas", ha sido recogida en otras normas como es la Ley 2/2009 de la ley de Préstamos Hipotecarios.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana