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Vedas de pesca

09/03/2016
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Orden Foral 67/2016, de 29 de febrero, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se modifica la Orden Foral 42/2015, de 10 de febrero, reguladora de las vedas de pesca para la temporada 2015, ampliando el plazo establecido para la pesca de trucha en cotos intensivos hasta la aprobación de la nueva Orden Foral de Vedas de pesca para el año 2016 (BON de 8 de marzo de 2016). Texto completo.

ORDEN FORAL 67/2016, DE 29 DE FEBRERO, DE LA CONSEJERA DE DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ADMINISTRACIÓN LOCAL, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN FORAL 42/2015, DE 10 DE FEBRERO, REGULADORA DE LAS VEDAS DE PESCA PARA LA TEMPORADA 2015, AMPLIANDO EL PLAZO ESTABLECIDO PARA LA PESCA DE TRUCHA EN COTOS INTENSIVOS HASTA LA APROBACIÓN DE LA NUEVA ORDEN FORAL DE VEDAS DE PESCA PARA EL AÑO 2016.

La Orden Foral 45/2015, de 10 de febrero, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local estableció las normas que habían de regir la pesca en Navarra en la temporada 2015.

En esta Orden Foral se estableció para la pesca de la trucha en los cotos intensivos el periodo hábil desde el 1 de marzo hasta el 31 de octubre.

En el presente ejercicio no se va a poder aprobar, por problemas administrativos, la correspondiente Orden Foral de Vedas de Pesca con anterioridad al 1 de marzo de 2016 lo cual va a impedir la pesca de la trucha en los señalados cotos intensivos. No obstante las sociedades de pescadores gestoras de los mismos ya han habilitado el sistema de pases para la pesca desde el 1 de marzo de 2016.

A fin de no causar un perjuicio importante en la gestión de los permisos para la pesca en estos cotos y tratándose de cotos de pesca intensiva, con especies repobladas y que no va a suponer ninguna afección a las poblaciones de trucha salvaje, se propone desde el Servicio de Biodiversidad la prórroga del periodo hábil para la pesca de trucha en cotos intensivos el cual comenzará el 1 de marzo de 2016 y continuará hasta la fecha final que establezca la Orden Foral de Vedas de Pesca para el ejercicio 2016.

De conformidad con el artículo 70 Vínculo a legislación de la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre de Caza y Pesca de Navarra y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 41.1.g) Vínculo a legislación de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

1.-Prorrogar el período establecido en la Orden Foral 42/2015, de 10 de febrero Vínculo a legislación de Vedas de pesca para la captura de trucha en los Cotos Intensivos de pesca, el cual comenzará el 1 de marzo de 2016 y continuará en el periodo que, al efecto establezca la Orden Foral que ha de regir las vedas de pesca en Navarra durante el ejercicio 2016.

2.-Contra la presente Orden Foral, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación.

Las Administraciones públicas podrán interponer recurso contencioso administrativo, sin perjuicio e poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra, en la forma y plazo determinados en el artículo 44 Vínculo a legislación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso administrativa.

3.-Trasladar la presente Orden Foral al Servicio de Biodiversidad y a las sociedades de pescadores que llevan la gestión de los cotos de pesca intensivo en Navarra.

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