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Estructura de la Dirección Gerencia y de los órganos centrales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea

26/02/2016
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Orden Foral 12/2016, de 2 de febrero, del Consejero de Salud, por la que se establece la estructura de la Dirección Gerencia y de los órganos centrales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea a nivel de secciones y de unidades no asistenciales (BON de 25 de febrero de 2016). Texto completo.

ORDEN FORAL 12/2016, DE 2 DE FEBRERO, DEL CONSEJERO DE SALUD, POR LA QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA DE LA DIRECCIÓN GERENCIA Y DE LOS ÓRGANOS CENTRALES DEL SERVICIO NAVARRO DE SALUD-OSASUNBIDEA A NIVEL DE SECCIONES Y DE UNIDADES NO ASISTENCIALES

El artículo 19.2 Vínculo a legislación del Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre, por el que se aprobaron los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea establece que la estructura de los Servicios Asistenciales, de las Secciones y de las Unidades se establecerá por Orden Foral de la persona titular del Departamento de Salud, a propuesta del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

El citado Decreto Foral, en su artículo 25, regula la estructura de la Dirección Gerencia distinguiendo entre órganos centrales y órganos periféricos de gestión, siendo los órganos centrales la Dirección de Asistencia Sanitaria al Paciente, la Dirección de Profesionales, la Dirección de Gestión Económica y Servicios Generales, el Servicio de Régimen Jurídico y el Servicio de Sistemas de Información Sanitaria.

Procede, ahora, aprobar la estructura de la Dirección Gerencia y de los órganos centrales del citado Organismo Autónomo al nivel de Secciones y de Unidades no asistenciales.

En consecuencia, vista la propuesta del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 19.2 Vínculo a legislación del Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea,

ORDENO:

Artículo único.-Estructura no asistencial a nivel de Secciones y Unidades de la Dirección Gerencia y de los Órganos centrales del Servicio Navarro de Salud Osasunbidea.

La estructura de las Direcciones y Servicios de la Dirección Gerencia y de los órganos centrales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, en cuanto a Secciones no asistenciales y a Unidades no asistenciales, es la siguiente:

Uno.-Dirección Gerencia.

1. La Dirección Gerencia se estructura en la siguiente Sección: Sección de Innovación y organización.

2. Funciones de la Sección de Innovación y organización.

La Sección de Innovación y Organización desarrollará las siguientes funciones:

a) Elaborar diagnósticos de organización, procedimientos y métodos de trabajo.

b) Analizar las propuestas de creación, supresión y/o modificación de unidades orgánicas asistenciales y no asistenciales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, sin perjuicio de la preceptiva incorporación que pueda precisarse de otros órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

c) Estudiar la relación de medios humanos/cargas de trabajo, determinando la relación idónea para las diferentes unidades orgánicas y asistenciales.

d) Realizar auditorías internas para verificar el grado de implementación en las Direcciones y Servicios de las medidas organizativas propuestas.

e) Impulsar y establecer sistemas de indicadores de gestión de procesos, que permitan mejorar el nivel de control, desempeño, simplificación o automatización, proponiendo criterios, procedimientos y propuestas de mejora.

f) Diseñar y definir procesos y procedimientos e impulso y coordinación del desarrollo de los sistemas de información corporativos en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea

g) Participar en los proyectos de innovación.

h) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular de la Dirección Gerencia.

Dos.-La Dirección de Asistencia Sanitaria al Paciente.

1. Estructura del Servicio de Atención a Ciudadanos y Pacientes.

El Servicio de Atención a Ciudadanos y Pacientes se estructura en las siguientes Secciones y Unidades:

a) Sección de Tarjeta Individual Sanitaria.

b) Unidad de Atención a Ciudadanos y Pacientes.

c) Unidad de Participación de Ciudadanos y Pacientes.

2. Funciones de la Sección de Tarjeta Individual Sanitaria.

La Sección de Tarjeta Individual Sanitaria desarrollará las siguientes funciones:

a) Gestionar los procesos necesarios para el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria pública en la Comunidad Foral de Navarra que garanticen el acceso universal de los pacientes a la asistencia sanitaria pública en Navarra.

b) Mantener permanentemente actualizada la Base de Datos de Población protegida del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

c) Mantener permanentemente actualizada y gestionar la información referida a la adscripción de cada ciudadano a los distintos niveles de cobertura y a los distintos profesionales y/o servicios de referencia, médico de familia y pediatra.

d) Mantener permanentemente actualizada y gestionar la información con la Base de Datos del Sistema Nacional de Salud referida a los diferentes niveles de cobertura de asistencia sanitaria pública de cada ciudadano en el ámbito del territorio nacional.

e) Gestionar los procesos necesarios para el intercambio de información con los diferentes centros sanitarios tanto en el ámbito de atención primaria como en el de especializada.

f) Explotar los datos poblacionales mediante la elaboración de estudios sistematizados o a demanda de otras unidades del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, necesarias para su gestión.

g) Planificar, desarrollar y gestionar las diferentes aplicaciones de comunicación e intercambio de información con otros organismos ajenos al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

h) Controlar, diseñar los perfiles y gestionar las autorizaciones a usuarios para el acceso a la Base de Datos Sanitaria del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y del Sistema Nacional de Salud.

i) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Atención a Ciudadanos y Pacientes.

3. Estructura de la Sección de Tarjeta Individual Sanitaria: La Unidad de Datos Poblacionales.

La Unidad de Datos Poblacionales desarrollará las siguientes funciones:

a) Apoyo a la gestión del reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria pública y al mantenimiento de las bases de datos.

b) Colaborar en el análisis de datos poblacionales mediante la elaboración de estudios sistematizados o a demanda de otras unidades del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, necesarias para su gestión.

c) Controlar, diseñar perfiles y registrar autorizaciones a usuarios para el acceso a la Base de Datos Sanitaria del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y del Sistema Nacional de Salud.

d) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular de la Sección de Tarjeta Individual Sanitaria.

4. Funciones de la Unidad de Atención a Ciudadanos y Pacientes.

La Unidad de Atención a Ciudadanos y Pacientes ejercerá las siguientes funciones:

a) Velar por el cumplimiento de los derechos y obligaciones de los pacientes, y captar las inquietudes y necesidades en materia de asistencia sanitaria.

b) Mejorar el acceso de los ciudadanos a la información sobre los servicios y prestaciones sanitarias, y mantenimiento de las normas, trámites y procedimientos administrativos de atención ciudadana.

c) Atender las solicitudes, quejas y reclamaciones de los usuarios y gestionar las mismas en colaboración con los responsables de los servicios correspondientes.

d) Fomentar el contacto, la comunicación y el apoyo entre todas las unidades de atención al paciente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

e) Establecer los procedimientos de funcionamiento de las unidades y puntos de atención al paciente tanto en Atención Primaria como en atención Especializada.

f) Fomentar programas formativos que contribuyan a la formación de los profesionales en aras a la mejora en la atención al paciente.

g) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Atención a Ciudadanos y Pacientes.

5. Funciones de la Unidad de Participación de Ciudadanos y Pacientes.

La Unidad de Participación de Ciudadanos y Pacientes ejercerá las siguientes funciones:

a) Evaluar la experiencia y satisfacción de los ciudadanos y pacientes y proponer áreas de mejora.

b) Promover la participación de los ciudadanos y pacientes en el diseño de proyectos de cambio organizativo e innovación de la atención de los servicios sanitarios en colaboración con el Departamento de Salud y el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.

c) Participar en su desarrollo e implementar un Programa de Mejora de la Información facilitada al paciente en colaboración con el Departamento de Salud y el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.

d) Desarrollar la Carpeta Personal de Salud y promover la utilización de nuevas tecnologías y canales de comunicación en relación y en el acceso de los ciudadanos y pacientes a los servicios sanitarios.

e) Extraer buenas prácticas de atención al paciente en cada centro y apoyar su implantación en el resto.

f) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Atención a Ciudadanos y Pacientes.

6. Estructura del Servicio de Efectividad y Seguridad Asistencial.

El Servicio de Efectividad y Seguridad Asistencial se estructura en las siguientes:

a) Sección de Atención Sociosanitaria.

b) Sección de Estrategia de Crónicos y otras Estrategias de Salud.

c) Sección de Procesos de Integración Asistencial.

d) Sección de Calidad Asistencial y Seguridad Clínica.

7. Funciones de la Sección de Atención Sociosanitaria.

La Sección de Atención Sociosanitaria ejercerá las siguientes funciones:

a) Asumir la planificación operativa de la atención sociosanitaria.

b) Asumir el despliegue de la atención sociosanitaria.

c) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Efectividad y Seguridad Asistencial.

8. Funciones de la Sección de Estrategia de Crónicos y otras Estrategias de Salud.

La Sección de Estrategia de Crónicos y otras Estrategias de Salud ejercerá las siguientes funciones:

a) Asumir la planificación operativa de la estrategia de crónicos.

b) Asumir el despliegue de la estrategia de crónicos.

c) Coordinar la implantación de otras estrategias y programas establecidos en el Plan de Salud de Navarra.

d) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Efectividad y Seguridad Asistencial.

9. Funciones de la Sección de Procesos de Integración Asistencial.

La Sección de Procesos de Integración Asistencial desarrollará las siguientes funciones:

a) Establecer los procedimientos para garantizar una atención integrada y efectiva en el conjunto de la red de niveles, centros y servicios sanitarios

b) Impulsar la coordinación entre los distintos niveles asistenciales.

c) Desarrollar nuevas modalidades e instrumentos de intercomunicación entre clínicos.

d) Asumir la definición funcional del modelo de historia clínica única.

e) Realizar la planificación operativa e impulsar las interconsultas no presenciales, los circuitos de alta resolución y de otras modalidades asistenciales.

f) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Efectividad y Seguridad Asistencial.

10. Funciones de la Sección de Calidad Asistencial y Seguridad Clínica.

La Sección de calidad asistencial y seguridad clínica desarrollará las siguientes funciones:

a) Asumir la planificación operativa, el despliegue y el seguimiento de la estrategia de seguridad del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

b) Impulsar y promocionar la aplicación de todos aquellos instrumentos de calidad y excelencia clínica orientada a la práctica clínica basada en la evidencia y la mejora de la variabilidad en la práctica clínica.

c) Promover la calidad asistencial incorporando áreas de mejora continua a los objetivos y a la organización de los centros y efectuar un seguimiento de los objetivos específicos que sobre la calidad asistencial se puedan establecer por parte del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea en los servicios asistenciales.

d) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Efectividad y Seguridad Asistencial.

11. Estructura del Servicio de Gestión de Prestaciones y Conciertos.

El Servicio de Gestión de Prestaciones y Conciertos se estructura en las siguientes Secciones:

a) Sección Técnico-Asistencial.

b) Sección de Control de Gestión.

12. Funciones de la Sección Técnico Asistencial.

La Sección Técnico Asistencial ejercerá las siguientes funciones:

a) Planificar, elaborar las prescripciones técnicas y proponer los conciertos con centros y servicios sanitarios.

b) Proponer las tarifas y precios de los servicios concertados.

c) Planificar y gestionar los programas de acceso a las prestaciones sanitarias.

d) Planificar, elaborar y proponer las acciones que garanticen el acceso a las prestaciones de los ciudadanos con derecho a las mismas.

e) Valorar y reconocer en su caso las solicitudes de prestaciones asistenciales y no asistenciales.

f) Valorar y reconocer en su caso las derivaciones a centros concertados.

g) Velar por el respeto a los derechos de los pacientes y el cumplimiento de las condiciones establecidas en los contratos y conciertos con los centros y servicios sanitarios.

h) Evaluar la atención recibida por los usuarios de los centros y servicios concertados.

i) Proponer y gestionar los convenios de asistencia sanitaria en otras administraciones autonómicas.

j) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Gestión de Prestaciones y Conciertos.

13. Estructura de la Sección Técnico Asistencial.

La Sección Técnico Asistencial se estructura en la siguientes Unidades:

a) Unidad de Prestaciones.

b) Unidad de Conciertos.

14. Funciones de la Unidad de Prestaciones.

La Unidad de Prestaciones ejercerá las siguientes funciones:

a) Recibir, comprobar y tramitar las solicitudes de prestaciones.

b) Valorar y reconocer en su caso las solicitudes de prestaciones.

c) Mantener actualizada y disponible la normativa vigente sobre prestaciones asistenciales y no asistenciales.

d) Promover la información sobre prestaciones y servicios ofertados a los ciudadanos.

e) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular de la Sección Técnico-Asistencial.

15. Funciones de la Unidad de Conciertos.

La Unidad de Conciertos ejercerá las siguientes funciones:

a) Evaluar, comprobar y autorizar en su caso las solicitudes de derivación a centros y servicios concertados.

b) Asumir el seguimiento y control de la actividad de los centros y servicios concertados.

c) Vigilar el cumplimiento de los contratos con centros y servicios concertados.

d) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular de la Sección Técnico-Asistencial.

16. Funciones de la Sección de Control de Gestión.

a) Llevar a cabo el control y la gestión presupuestaria del Servicio de Gestión de Prestaciones y Conciertos.

b) Recibir, comprobar y tramitar el pago de las facturas de los centros y servicios concertados.

c) Estudiar, analizar e informar las propuestas de tarifas y precios de los centros y servicios concertados.

d) Valorar los costes de los conciertos y de las prestaciones asistenciales y no asistenciales.

e) Elaborar, informar y proponer las condiciones administrativas de los contratos con centros y servicios sanitarios.

f) Elaborar, informar y proponer las condiciones administrativas para la contratación de servicios dirigidos a satisfacer las prestaciones sanitarias y no sanitarias.

g) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio de Gestión de Prestaciones y Conciertos.

17. Estructura de la Sección de Control de Gestión.

La Sección de Control de Gestión se estructura en las siguientes unidades:

a) Unidad de Facturación.

b) Unidad de Control Interno.

18. Funciones de la Unidad de Facturación.

La Unidad de Facturación ejercerá las siguientes funciones:

a) Registro, comprobación y tramitación de las facturas relacionadas con prestaciones asistenciales y no asistenciales gestionadas en el Servicio de Gestión de Prestaciones y Conciertos.

b) Registro, comprobación y tramitación de las facturas relacionadas con los centros y servicios concertados.

c) Control presupuestario de las partidas referidas a conciertos y prestaciones.

d) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular de la Sección de Control de Gestión.

19. Funciones de la Unidad de Control Interno.

La Unidad de Control Interno ejercerá las siguientes funciones:

a) Recepción y registro de la documentación, incluidas facturas y solicitudes, dirigidas al Servicio de Gestión de Prestaciones y Conciertos.

b) Seguimiento y control de los procesos administrativos en el Servicio de Gestión de Prestaciones y Conciertos.

c) Elaboración de los indicadores de gestión propios del Servicio de Gestión de Prestaciones y Conciertos.

d) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular de la Sección de Control de Gestión.

20. Estructura de la Subdirección de Farmacia: La Unidad de Gestión administrativa.

La Unidad de Gestión Administrativa desarrollará las siguientes funciones:

a) Organizar y distribuir las funciones administrativas de la Subdirección.

b) Organizar el control de la facturación de las recetas, de las oficinas de farmacia al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

c) Organizar el control de la facturación de los centros sociosanitarios.

d) La gestión administrativa de los copagos y otras gestiones con el paciente derivadas de la legislación vigente en materia de Prestación Farmacéutica.

d) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular de la Subdirección de Farmacia.

21. Estructura del Servicio de Gestión de la Prestación Farmacéutica: La Sección de Evaluación, Asesoría del Medicamento e Investigación.

El Servicio de Gestión de la Prestación Farmacéutica se estructura en las siguientes secciones:

a) La Sección de Evaluación, Asesoría del Medicamento e Investigación.

b) La Sección Central de Farmacia.

22. Funciones de la Sección de Evaluación, Asesoría del Medicamento 2e Investigación.

La Sección de Evaluación, Asesoría del Medicamento e Investigación, desarrollará las siguientes funciones:

a) Desarrollar el análisis de la información sobre innovación en los medicamentos y sobre criterios de evidencia para su utilización en el Sistema Público de Salud de Navarra.

b) Promover la evaluación y el asesoramiento a los servicios y recursos asistenciales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea sobre el uso racional de los medicamentos.

c) Promover la investigación sobre el mejor uso de los fármacos y sobre su eficacia, en los casos en que sea de interés estratégico para el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

d) Desarrollar un sistema ágil de información al ciudadano sobre temas relacionados con el uso adecuado de los medicamentos y productos sanitarios.

e) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Gestión de la Prestación Farmacéutica.

22. Estructura de la Sección de Evaluación, Asesoría del Medicamento e Investigación: Unidad de Farmacia de Atención Primaria.

La Unidad de Farmacia de Atención Primaria desarrollará las siguientes funciones:

a) Llevar a cabo el estudio y la evaluación continuada de la utilización de medicamentos en Atención Primaria.

b) Informar y formar a los profesionales sanitarios en la utilización de medicamentos y productos sanitarios.

c) Planificar, coordinar y ejecutar programas dirigidos a la consecución del uso racional del medicamento en el ámbito de la atención primaria.

d) Participar en las comisiones de trabajo de los Equipos de Atención Primaria en los que sus conocimientos sean necesarios.

e) Colaborar en la elaboración de los protocolos de utilización de los medicamentos por los Equipos de Atención Primaria.

f) Colaborar con las oficinas de farmacia y los centros de asistencia especializada en el ámbito del uso racional del medicamento, así como la coordinación entre ellos.

g) Participar en los programas de educación sanitaria a la población, en especial en los que hacen referencia a la utilización de los medicamentos y productos sanitarios.

h) Colaborar con el sistema de farmacovigilancia en la detección de los efectos adversos de los medicamentos.

i) Colaborar con la Gerencia de Atención Primaria en el diseño y elaboración de indicadores de prescripción y presupuestos para las herramientas de gestión clínica que ésta establezca con los equipos de Atención Primaria.

j) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular de la Sección de Evaluación, Asesoría del Medicamento e Investigación.

24. Funciones de la Sección Central de Farmacia.

La Sección Central de Farmacia desarrollará las siguientes funciones:

a) Suministro de medicamentos y productos sanitarios a los centros asistenciales extrahospitalarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea del Área de Pamplona, así como su gestión, seguimiento y evaluación de su uso.

b) Suministro a los centros socio sanitarios de titularidad pública de los medicamentos y productos sanitarios incluidos en la prestación farmacéutica y a aquellos centros concertados que específicamente se determine, así como su gestión, seguimiento y evaluación de su uso.

c) Soporte técnico farmacéutico a las estructuras de Salud mental del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea en la gestión y uso racional de los medicamentos.

d) Elaboración de las guías de uso de medicamentos correspondientes, tanto para los centros asistenciales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea a los que suministra, como para los centros socio sanitarios.

e) Explotar la información del uso de medicamentos en los centros sociosanitarios públicos para su mejor utilización en la línea del uso racional de los medicamentos.

f) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular de la Subdirección de Farmacia.

Tres.-La Dirección de Profesionales.

1. Estructura del Servicio de Gestión de la Contratación, Ingreso y Provisión.

El Servicio de Gestión de la Contratación, Ingreso y Provisión se estructura en las siguientes Secciones y Unidades:

a) Sección de Ingreso, Provisión y Promoción.

b) Unidad de Coordinación y Control de Llamamientos.

2. Funciones de la Sección de Ingreso, Provisión y Promoción.

La Sección de Ingreso, Provisión y Promoción desarrollará las siguientes funciones:

a) Elaborar y tramitar las convocatorias de ingreso y provisión de puestos de trabajo que sean competencia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

b) Elaborar y tramitar las convocatorias de promoción interna temporal del personal fijo en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y generar las listas de aspirantes aprobados.

c) Coordinación y seguimiento de los procesos de selección, promoción y traslado del personal.

d) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio Gestión de la Contratación, Ingreso y Provisión.

3. Funciones de la Unidad de Coordinación y Control de Llamamientos.

La Unidad de Coordinación y Control de Llamamientos desarrollará las siguientes funciones:

a) Generar y mantener actualizadas las listas de aspirantes a la contratación temporal en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

b) Centralizar las solicitudes de contratación de larga duración de los centros y servicios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y realizar los llamamientos de acuerdo al procedimiento reglamentariamente establecido.

c) Tramitar la contratación del personal en régimen administrativo para cubrir las necesidades de personal no asistencial de los Órganos Centrales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

d) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Gestión de la Contratación, Ingreso y Provisión.

4. Estructura del Servicio de Retribuciones y Prestaciones.

El Servicio de Retribuciones y Prestaciones se estructura en las siguientes Secciones y Unidades:

a) Sección de Seguridad Social.

b) Unidad de Tramitación.

5. Funciones de la Sección de Seguridad Social.

La Sección de Seguridad Social desarrollará las siguientes funciones:

a) Elaborar y gestionar los seguros sociales.

b) Proponer las altas y bajas laborales a los organismos competentes, y gestionarlas en las bases de datos internas.

c) Afiliar a los trabajadores a la Seguridad Social o Mutualidad Laboral que corresponda.

d) Coordinar las actuaciones necesarias con la Tesorería General de la Seguridad Social, Departamento de Presidencia, Función Pública, Justicia e Interior, Departamento de Hacienda y Política Financiera, y entidades financieras colaboradoras, en el ámbito de su competencia.

e) Tramitar los partes de alta y baja en el trabajo, así como seguimiento y control del mismo.

f) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Retribuciones y prestaciones.

6. Funciones de la Unidad de Tramitación.

La Unidad de Tramitación desarrollará las siguientes funciones, respecto al personal no asistencial adscrito a los órganos centrales:

a) Tramitar las nóminas, sistemas de previsión social, asistencia sanitaria, prestaciones económicas del personal y toda la documentación relacionada con la función de personal.

b) Tramitar los partes de alta y baja por incapacidad temporal, así como seguimiento y control del mismo.

c) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Gestión de Retribuciones y Prestaciones.

7. Servicio de Procesos y Evaluación de Personal.

El Servicio de Procesos y Evaluación de Personal se estructura en las siguientes Secciones y unidades:

a) Sección de Ordenación y Régimen de Personal.

b) Unidad de Plantilla y Expedientes Personales.

8. Funciones de la Sección de Ordenación y Régimen de Personal.

La Sección de Ordenación y Régimen de Personal desarrollará las siguientes funciones.

a) Asesorar en materia de personal a la Dirección de Profesionales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y a sus órganos dependientes.

b) Tramitar la concesión de licencias, permisos, excedencias, situaciones administrativas y las solicitudes en materia de personal que competan a la Subdirección de Personal y Relaciones Laborales.

b) Colaborar en la elaboración de procedimientos homogéneos en materia de administración de personal.

c) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Procesos y Evaluación de Personal.

9. Funciones de la Unidad de Plantilla y Expedientes personales.

La Unidad de Plantilla y Expedientes personales desarrollará las siguientes funciones:

a) Abrir, mantener y actualizar el registro integrado de personal, los expedientes personales, y la relación de personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

b) Mantener los datos de los sistemas de información y registro de la plantilla orgánica del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

c) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Gestión de Procesos y Evaluación de Personal.

10. Estructura del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales se estructura en las siguientes unidades:

a) La Unidad de Gestión administrativa.

b) La Unidad de Coordinación Técnica.

11. Funciones de la Unidad de Gestión Administrativa.

La Unidad de Gestión Administrativa desarrollará las siguientes funciones:

a) Tramitar la documentación administrativa que se genera en el Servicio y organizar la ejecución de las tareas administrativas.

b) Apoyar al personal en la realización de las labores administrativas y en el mantenimiento actualizado de las agendas del personal técnico del Servicio.

c) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

12. Funciones de la Unidad de Coordinación Técnica.

La Unidad de Coordinación Técnica desarrollará las siguientes funciones:

a) Realizar las funciones establecidas para el Director técnico en el Real Decreto 843/2011, de 17 de junio Vínculo a legislación, por el que se establecen los criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención.

b) Prestar apoyo y asesoramiento en materia sanitaria a la persona titular del Servicio.

c) Coordinar al equipo sanitario del Servicio en materia sanitaria y en la revisión y aplicación de los protocolos de vigilancia de la salud.

d) Coordinar las actuaciones en materia sanitaria entre los Servicios de Prevención del Gobierno de Navarra.

e) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

Cuatro.-La Dirección de Gestión Económica y Servicios Generales.

1. Estructura del Servicio de Aprovisionamiento y Servicios Generales.

El Servicio de Aprovisionamiento y Servicios Generales se estructura en las siguientes Secciones:

a) La Sección de Logística.

b) La Sección de Aprovisionamiento y Servicios Generales.

2. Funciones de la Sección de Logística.

La Sección de Logística desarrollará las siguientes funciones:

a) Mantener y gestionar los catálogos de datos maestros: productos y materiales, de servicios, de proveedores, de CRs y contratos marco del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

b) Mantener el sistema de gestión logística SAP-MM.

c) Impulsar las políticas horizontales de logística y coordinación de la cadena logística en general.

d) Coordinar los centros del Servicio navarro de Salud-Osasunbidea para el funcionamiento homogéneo de compras, almacenes, inventarios y consumos.

e) Apoyar a los centros del Servicio navarro de Salud-Osasunbidea en consultas de funcionamiento y formación sobre la herramienta SAP-MM.

f) Elaborar los informes sobre consumos, compras, grupos de materiales y proveedores que se le soliciten.

g) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Aprovisionamiento y Servicios Generales.

3. Estructura de la Sección de Logística: Unidad de Gestión EDI (Electronic Data Interchange) y Logística de Almacén.

La Unidad de Gestión EDI (Electronic Data Interchange) y Logística de Almacén, desarrollará las siguientes funciones:

a) Alineación de Catálogo con proveedores de suministro de materiales y productos farmacéuticos.

b) Mantenimiento del Catálogo de materiales y fármacos (EAN/GTIN, Referencias, precios y datos adicionales).

c) Supervisión de pedidos EDI generados por los centros.

d) Gestión y control de recepción de albaranes electrónicos.

e) Promover la incorporación de los centros del SNS-O al proyecto EDI.

f) Impulsar la adopción de nuevos mensajes EDI a los documentos electrónicos del SNS-O (RECADV, ORDRSP, PRICAT...)

g) Colaboración en las labores de definición y mantenimiento de los mensajes electrónicos en uso (Modificación de pedidos EDI, marcas fin de Depósito, cantidad gratuita en pedidos...).

h) Aquellas que le fueran encomendadas por el Jefe de la Sección de Logística.3. Funciones de la Sección de Aprovisionamiento y Servicios Generales.

4. La Sección de Aprovisionamiento y Servicios Generales desarrollará las siguientes funciones:

a) Planificar los programas de aprovisionamiento de bienes y servicios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

b) Gestionar los expedientes de contratación de suministros y servicios generales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

c) Coordinar a las comisiones técnicas y grupos de trabajo que se constituyan para la propuesta de definición de los requisitos de compra de productos y materiales.

d) Coordinar a los centros del Servicio navarro de Salud-Osasunbidea en materia de servicios generales.

e) Elaborar la información periódica sobre servicios generales que se le solicite.

f) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Aprovisionamiento y Servicios Generales.

5. Estructura del Servicio de Infraestructuras: La Unidad de Gestión Administrativa.

La Unidad de Gestión Administrativa desarrollará las siguientes funciones:

a) Organizar el trabajo del personal asignado a la Unidad.

b) Tramitar los expedientes de contratación de asistencia, de suministros energéticos y gases, y de obras, en todas sus fases.

c) Controlar los expedientes y participar en las mesas de contratación a que haya lugar.

d) Mantener los archivos y bases de datos del Servicio.

e) Elaborar los informes y estudios encomendados por la persona titular del Servicio.

f) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Infraestructuras.

6. Estructura del Servicio de Presupuestos y Contabilidad.

El Servicio de Presupuestos y Contabilidad se estructura en las siguientes Secciones:

a) Sección de Ingresos y Facturación.

b) Sección de Contabilidad y Presupuestos.

7. Funciones de la Sección de Ingresos y Facturación.

La Sección de Ingresos y Facturación desarrollará las siguientes funciones:

a) Analizar e informar las propuestas de tarifas y precios de los diferentes centros y servicios.

b) Establecer y controlar los circuitos administrativos para la gestión de ingresos en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

c) Coordinar las tareas y procedimientos del proceso de facturación de los diferentes centros del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

d) Elaborar los informes económicos que se precisen.

e) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Presupuestos y Contabilidad.

8. Funciones de la Sección de Presupuestos y Contabilidad.

La Sección de Presupuestos y Contabilidad desarrollará las siguientes funciones:

a) Coordinar la elaboración del anteproyecto de presupuestos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

b) Coordinar la elaboración, tramitación y control de las propuestas de modificaciones presupuestarias del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

c) Mantener la Contabilidad Presupuestaria y General de los Servicios Centrales.

d) Planificar los pagos de los centros del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

e) Coordinar las directrices en materia económica y contable de los centros contables del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

f) Elaborar la información periódica en materia contable y presupuestaria, analizando las desviaciones que puedan producirse.

g) Coordinar los estados de cuentas y de las auditorias que le sean solicitadas.

h) Elaborar los informes económicos que se precisen.

i) Cualesquiera otras, relacionadas con las anteriores, que le sean encomendadas por el Jefe del Servicio de Presupuestos y Contabilidad.

9. Estructura del Servicio de Control y Análisis del Coste.

El Servicio de Control y Análisis del Coste se estructura en las siguientes Secciones no asistenciales:

a) Sección de Control del Coste.

b) Sección de Análisis del Coste.

10. Funciones de la Sección de Control del Coste.

La Sección de Control del Coste desarrollará las siguientes funciones:

a) Controlar y evaluar la estructura de costes de los distintos centros y servicios y formular propuestas de mejora.

b) Control de la aplicación y ejecución del sistema de costes aprobado.

c) Elaborar información clínico-económica para su difusión entre los responsables de la gestión del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

d) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Control y Análisis del Coste.

11. Funciones de la Sección de Análisis del Coste.

La Sección de Análisis del Coste desarrollará las siguientes funciones:

a) Aplicar y gestionar el sistema de contabilidad analítica del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

b) Informar sobre las repercusiones económicas de los nuevos servicios y prestaciones, así como de los acuerdos sobre objetivos asistenciales que se establezcan en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

c) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Control y Análisis del Coste.

Cinco.-Servicio de Sistemas de Información Sanitaria.

1. El Servicio de Sistemas de Información Sanitaria se estructura en las siguientes Secciones:

a) La Sección de Soporte y Gestión de la Información.

b) La Sección de Evolución de Sistemas de Información Sanitaria.

c) La Sección de Seguridad de la Información y Servicio al usuario.

2. Funciones de la Sección de Soporte y Gestión de la información.

La Sección de Soporte y Gestión de la Información, desarrollará las siguientes funciones:

a) Coordinar el soporte de primer nivel de atención a usuarios.

b) Gestionar las adquisiciones de equipamiento tanto a nivel de puesto como de infraestructuras generales.

c) Gestionar las inversiones para la dotación de infraestructura de comunicaciones y de electrónica de red.

d) Coordinar la red de soporte funcional de primer nivel.

e) Participar en los programas de formación dirigidos al correcto uso de los equipos y aplicaciones.

f) Apoyar la formación de usuarios en aplicaciones auxiliares (correo, teletrabajo, etc.).

g) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Sistemas de Información Sanitaria.

3. Estructura de la Sección de Soporte y Gestión de la Información.

La Sección de Soporte y Gestión de la Información se estructura en las siguientes Unidades:

a) Unidad de Soporte de Atención Primaria.

b) Unidad de Soporte del Complejo Hospitalario de Navarra.

c) Unidad de Soporte del Área de Tudela.

d) Unidad de Soporte del Área de Estella/Lizarra.

e) Unidad de Soporte del Centro Atención al Usuario (CAU SNS-O).

4. La Unidad de Soporte de Atención Primaria ejercerá las siguientes funciones:

a) Prestar la asistencia técnica de primer nivel a los usuarios de Atención Primaria.

b) Atender las solicitudes sobre mantenimiento, instalación y retirada de material informático.

c) Gestionar las incidencias directas que se presenten en Atención Primaria.

d) Tramitar las solicitudes de tomas de red o de otros servicios informáticos y de comunicaciones de datos.

e) Mantener actualizado el inventario de material informático al servicio de Atención Primaria.

f) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular de la Sección de Soporte y Gestión de la Información.

5. Unidad de Soporte del Complejo Hospitalario de Navarra.

La Unidad de Soporte del Complejo Hospitalario de Navarra desarrollará las siguientes funciones:

a) Prestar la asistencia técnica de primer nivel a usuarios del Complejo Hospitalario de Navarra.

b) Atender las solicitudes sobre mantenimiento, instalación y retirada de material informático.

c) Gestionar las incidencias directas que se presenten en el Complejo Hospitalario de Navarra.

d) Tramitar las solicitudes de tomas de red o de otros servicios informáticos y de comunicaciones de datos.

e) Mantener actualizado el inventario de material informático al servicio del Complejo Hospitalario de Navarra.

f) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular de la Sección de Soporte y Gestión de la Información.

6. Unidad de Soporte del Área de Tudela.

La Unidad de Soporte del Área de Tudela desarrollará las siguientes funciones:

a) Prestar la asistencia técnica de primer nivel a usuarios del Área de Tudela.

b) Atender las solicitudes sobre mantenimiento, instalación y retirada de material informático.

c) Gestionar las incidencias directas que se presenten en el Área de Tudela.

d) Tramitar las solicitudes de tomas de red o de otros servicios informáticos y de comunicaciones de datos.

e) Mantener actualizado el inventario de material informático al servicio del Área de Tudela.

f) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular de la Sección de Soporte y Gestión de la Información.

7. Unidad de Soporte del Área de Estella/Lizarra.

La Unidad de Soporte del Área de Estella/Lizarra desarrollará las siguientes funciones:

a) Prestar la asistencia técnica de primer nivel a usuarios del Área de Estella/Lizarra.

b) Atender las solicitudes sobre mantenimiento, instalación y retirada de material informático.

c) Gestionar las incidencias directas que se presenten en el Área de Estella/Lizarra.

d) Tramitar las solicitudes de tomas de red o de otros servicios informáticos y de comunicaciones de datos.

e) Mantener actualizado el inventario de material informático al servicio del Área de Estella/Lizarra.

f) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular de la Sección de Soporte y Gestión de la Información.

8. Unidad de Soporte del Centro Atención al Usuario (CAU SNS-O).

La Unidad de Soporte del Centro Atención al Usuario (CAU SNS-O) desarrollará las siguientes funciones:

a) Prestar la asistencia técnica de primer nivel a los usuarios del Servicio Navarro de Salud - Osasunbidea.

b) Recepcionar y gestionar las incidencias que se reciban en el CAU SNS-O.

c) Realizar tareas de operación de primer nivel de los sistemas (altas, bajas, modificaciones, etc.).

d) Mantener actualizado el portal de conocimiento del CAU SNS-O.

e) Detectar y gestionar incidencias que afecten a funcionalidades y equipos de especial criticidad para el SNS-O.

f) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular de la Sección de Soporte y Gestión de la Información.

9. Estructura de la Sección de Evolución de Sistemas de Información Sanitaria.

La Sección de Evolución de Sistemas de Información Sanitaria se estructura en la Unidad de Apoyo a la Evolución de Sistemas de Información Sanitaria.

10. Funciones de la Sección de Evolución de Sistemas de Información Sanitaria.

La Sección de Evolución de Sistemas de Información Sanitaria desarrollará las siguientes funciones:

a) Coordinar e integrar las necesidades de evolución de los sistemas de información sanitaria.

b) Priorizar la evolución de los sistemas de información sanitaria.

c) Coordinar a los profesionales responsables de la evolución de las aplicaciones de información sanitaria.

d) Coordinar la red de soporte funcional de segundo nivel.

e) Documentar de las aplicaciones de información sanitaria y sus evoluciones.

f) Asesorar, apoyar y dar soporte funcional de los usuarios de aplicaciones de información sanitaria.

g) Participar en la estrategia de formación, así como en la propia formación, tanto a nivel de formadores como, en su caso, a usuarios finales.

h) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Sistemas de Información Sanitaria.

11. Funciones de la Unidad de Apoyo a la Evolución de Sistemas de Información Sanitaria.

La Unidad de Apoyo a la Evolución de Sistemas de Información Sanitaria desarrollará las siguientes funciones:

a) Apoyar a la coordinación, integración y priorización de las necesidades de evolución de los sistemas de información sanitaria.

b) Apoyar a la documentación de las aplicaciones de información sanitaria y sus evoluciones.

c) Apoyar y dar soporte funcional a los usuarios de aplicaciones de información sanitaria.

d) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular de la Sección de Evolución de Sistemas de Información Sanitaria.

12. Funciones de la Sección de Seguridad de la Información y Servicio al usuario.

La Sección de Seguridad de la Información y Servicio al usuario desarrollará las siguientes funciones:

a) Gestionar y controlar permanente las incidencias de seguridad de la información sanitaria, tanto en soporte electrónico como en otros soportes.

b) Controlar las medidas de seguridad que se vayan implantando en las aplicaciones informáticas del Departamento de Salud y sus organismos autónomos.

c) Perfeccionar las medidas de seguridad que se planteen en los Documentos de Seguridad del Departamento de Salud y de sus organismos autónomos y en las auditorías que se realicen.

d) Cualesquiera otras relacionadas con las anteriores que le sean encomendadas por la persona titular del Servicio de Sistemas de la Información Sanitaria.

Disposición adicional primera.-Nombramientos.

1. Se confirman, en las mismas condiciones en que se produjeron, los nombramientos de las jefaturas que no cambian de denominación en la presente Orden Foral.

2. Se confirman, en las mismas condiciones en que se produjeron, los siguientes nombramientos:

La Jefa de la Unidad de Registro de Personal y Control Administrativo como Jefa de la Unidad de Plantilla y Expedientes Personales.

El Jefe de la Sección de Gestión Económica y Presupuestaria como Jefe de Sección de Ingresos y Facturación.

El Jefe de la Unidad de Gestión Contable y Facturación de recursos horizontales como Jefe de Sección de Presupuestos y Contabilidad.

El Jefe de la Sección de Control del Gasto como Jefe de la Sección de Control del Coste.

El Jefe de la Sección de Análisis del Gasto como Jefe de la Sección de Análisis del Coste.

El Jefe de la Unidad de Soporte de Atención Primaria como Jefe de la Unidad de Soporte del Centro de Atención al Usuario.

El Jefe de la Unidad de Soporte del Complejo Hospitalario de Navarra como Jefe de la Unidad de Soporte del Área de Estella/Lizarra.

El Jefe de la Unidad de Soporte de Tudela como Jefe de la Unidad de Soporte del Área de Tudela.

El Jefe de la Unidad de Soporte de Otros Recursos como Jefe de la Unidad de Soporte del Complejo Hospitalario de Navarra.

El Jefe de la Unidad de Soporte Funcional como Jefe de la Unidad de Soporte de Atención Primaria.

El jefe de Sección de Medidas de Seguridad como Jefe de Sección de Seguridad de la información y Servicio al usuario.

La Jefa de la Unidad de Calidad Percibida como Jefa de la Unidad de Atención a Ciudadanos y Pacientes

La Jefa de la Unidad de Coordinación de Atención al Paciente en otros centros como Jefa de la Unidad de Participación de Ciudadanos y Pacientes.

El Jefe de la Unidad de Información y Atención al Usuario como Jefe de la Unidad de Prestaciones.

El Jefe de la Unidad de Apoyo Administrativo como Jefe de la Unidad de Control Interno.

La Jefa de la Unidad de Control de Prestaciones y Conciertos como Jefa de la Unidad de Facturación.

El Jefe de la Sección de Información y Asesoría del Medicamento como Jefe de la Sección de la Sección de Evaluación, Asesoría del Medicamento e Investigación.

La Jefa de la Unidad de Gestión administrativa del Servicio de Gestión de la Prestación Farmacéutica, como Jefa de la Unidad Administrativa de la Subdirección de Farmacia.

El Jefe de la Sección de Farmacia y Dietética como Jefe de la Sección Central de Farmacia.

La Jefa del Negociado de Registro y Archivo como Jefa del Negociado de Personal y Archivo.

Disposición adicional segunda.-Modificación de la Orden Foral 111/2013, de 5 de agosto Vínculo a legislación, de la Consejera de Salud, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Salud.

Se modifica el artículo 19 y se añade un artículo 21 Vínculo a legislación a la Orden Foral 111/2013, de 5 de agosto, de la Consejera de Salud, por la que se establecen la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento de Salud que quedan redactados como sigue:

“Artículo 19. Negociado de Personal y Archivo.

El Negociado de Personal y Archivo desarrollará las siguientes funciones:

a) Tramitación de los asuntos referentes al personal adscrito al Departamento.

b) Control acciones formativas realizadas por el personal del Departamento.

c) Seguimiento, archivo, control y traslado de expedientes relacionados con el Defensor del Pueblo, Registro de Convenios y Consejo de Navarra.

d) Preparar los certificados referidos a actos administrativos competencia del Departamento de Salud.

e) Mantenimiento del Archivo General de la Secretaría General Técnica, así como gestión del Archivo Documental del Portal de Gestión del Conocimiento de la Secretaría General Técnica.

f) Cualesquiera otras que le sean encomendadas dentro de las asignadas a la Sección.”

“Artículo 21. Negociado de Atención al Ciudadano.

a) Atención del Registro General del Departamento y coordinación de los registros auxiliares.

b) Información general del Departamento.

c) Acreditación certificados digitales.

d) Compulsa de documentación.

e) Elaboración indicadores registro e información.

f) Cualesquiera otras que le sean encomendadas dentro de las asignadas a la Sección.”.

Disposición adicional tercera.-Supresión de Unidades. Apoyo a la Subdirección de Farmacia.

La Sección de Farmacia y Dietética de la Gerencia de Salud Mental, prestará su apoyo a la Subdirección de Farmacia, dependiendo funcionalmente de la misma.

Se suprime la Sección de Farmacia y Dietética de la Dirección de Salud Mental.

Disposición adicional cuarta.-Acoplamiento interno previo de la Sección Central de Farmacia.

El ámbito de acoplamiento previo interno del personal de la Sección Central de Farmacia será Salud Mental.

Disposición transitoria única.-Unidades de atención al paciente de centros hospitalarios.

En tanto en cuanto no se desarrolle la estructura del Complejo Hospitalario de Navarra y del Área de Salud de Tudela la Unidad de Atención al Paciente en el Complejo Hospitalario de Navarra y la Unidad de Atención al Paciente en el Hospital Reina Sofía se adscriben a las Direcciones Gerencias respectivas.

Disposición derogatoria única.-Derogación.

1. Quedan derogados los apartados Uno 2, 3 y 4; Seis; Siete 1, 2, 3, 4, 17, 18, 19, 20 y 21; y Ocho 1, 2, 3, 4, 5, 45, 46, 54 55, 56 y 57 la Orden Foral de 52/2012, de 8 de agosto Vínculo a legislación de la Consejera de salud, por la que se establece la estructura del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea a nivel de secciones no asistenciales y de unidades no asistenciales.

2. Quedan derogadas así mismo cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Orden Foral.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

Esta Orden Foral entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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