Diario del Derecho. Edición de 12/09/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 25/02/2016
 
 

TS

El Supremo remitirá al juez del caso Taula certificación de la condición de aforada de Barberá

25/02/2016
Compartir: 

El trámite carece de trascendencia penal mientras el juez del caso no remita indicios sobre la exalcaldesa

MADRID, 24 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo remitirá en las próximas horas al juez de Instrucción numero 18 de Valencia, que investiga una trama de presunta financiación ilegal del PP dentro del denominado "caso Taula", certificación de la condición de senadora de la exalcaldesa de Valencia Rita Barberá.

Así lo han señalado fuentes del alto tribunal tras constatar la llegada a este órgano a primera hora de la tarde del miércoles del escrito que ha recibido del Juzgado valenciano en el que se pregunta por la condición de senadora de la exalcaldesa.

Las mismas fuentes restan trascendencia penal al trámite, que será realizado por la Secretaría de Gobierno del Tribunal Supremo porque es éste departamento el que dispone de listado actualizado de diputados y senadores. Se trata de un trámite habitual.

Para poder proceder contra Barberá el Supremo precisaría de la remisión por parte del juez valenciano de una exposición razonada sobre los indicios criminales que pudieran existir contra Barberá. En dicho momento, y tras consultar al fiscal, el alto tribunal se pronunciaría sobre si procede investigarla o bien archivar las actuaciones, según las mismas fuentes.

SEMANAS O MESES

Será entonces, y pueden pasar semanas o meses desde hoy, cuando el Supremo, de ver indicios, solicite el suplicatorio al Senado, la retirada temporal del aforamiento para el exalcaldesa, un paso imprescindible para que un parlamentario nacional pueda ser juzgado.

Si llega a producirse dicho suplicatorio, el asunto será trasladado a la Comisión de Suplicatorios para que la estudie. Este órgano pedirá a Barberá que comparezca para dar explicaciones, aunque no es obligatorio que lo haga, y aprobará después una propuesta a favor o en contra de retirarle el aforamiento. Será el Pleno el que la apruebe definitivamente.

Todos estos trámites pueden producirse con un gobierno ya formado y el Parlamento a pleno rendimiento, pero puede también darse el caso de que la investidura fracase, se disuelvan las Cortes a principios de mayo y se celebren de nuevo elecciones en junio. Sería entonces la Diputación Permanente la que tendría que resolver el suplicatorio, puesto que es el único órgano que funciona en periodo electoral.

Da la casualidad de que Barberá es miembro de este órgano. Según sostiene el Senado, sólo los componentes de la Diputación mantienen el aforamiento aún con las Cortes disueltas, por lo que sería necesario que se aprobara el suplicatorio.

La exalcaldesa de Valencia ya formó parte de la Diputación Permanente en la pasada legislatura, desde que llegó al Senado tras perder las elecciones municipales de mayo. La oposición censura que el PP blinda de esta manera a Rita Barberá, que prolonga su aforamiento, mientras su partido lo niega puesto que si ha de ser juzgada, recalca, lo será en cualquier caso, sólo que ante otra instancia, el Supremo.El trámite carece de trascendencia penal mientras el juez del caso no remita indicios sobre la exalcaldesa.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Examina el TS cuándo la prueba de detectives es lícita para basar el despido disciplinario de un delegado de persona por uso indebido de horas para actividades sindicales
  2. Tribunal Supremo: Se reconoce a una trabajadora que presta servicios exclusivamente en sábados, domingos y festivos, el derecho a percibir el plus festivo establecido en el Convenio Colectivo del Sector de Limpieza de Edificios y Locales de la Comunidad de Madrid
  3. Legislación: Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025-2027
  4. Legislación: Sistema de selección, nombramiento y cese del personal funcionario interino al servicio de la Administración de Justicia
  5. Tribunal Supremo: Declara el TS que para el acceso al Cuerpo de Maestros y Profesores se valora como mérito el haber superado las enseñanzas correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura ya valorada en cuanto a su segundo ciclo
  6. Actualidad: El Congreso informa al Supremo de los pagos a Cerdán: más de 40.000 euros en kilometraje
  7. Actualidad: El TEDH dice que las restricciones Covid en hostelería no pueden considerarse "una expropiación 'de facto"
  8. Revistas: Iustel presenta el número 4 de su Revista General de Derecho, Literatura y Cinematografía / Journal of Law, Literature and Film (RGDLC)
  9. Actualidad: La Fiscalía cree que la Audiencia Nacional no tiene competencia para investigar el boicot a Israel en La Vuelta
  10. Legislación: Regulación de las tarifas urbanas de los servicios de transporte público de personas en vehículos automóviles de hasta nueve plazas

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana