SORIA, 10 Feb. (EUROPA PRESS) -
La suspensión cautelar no entra a valorar ni indiciariamente la prosperabilidad o fundamentación de fondo de la demanda formulada contra dicho Decreto por la Asociación Soriana para la Defensa y el Estudio de la Naturaleza (Aesden), que queda a resultas de la decisión que se adopte en el procedimiento principal, según informan fuentes de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente.