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Intervenciones Delegadas

11/02/2016
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Decreto 13/2016, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se adaptan las Intervenciones Delegadas al número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCAM de 10 de febrero de 2016). Texto completo.

DECRETO 13/2016, DE 9 DE FEBRERO, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE ADAPTAN LAS INTERVENCIONES DELEGADAS AL NÚMERO Y DENOMINACIÓN DE LAS CONSEJERÍAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La aprobación del Decreto 25/2015, de 6 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, ha puesto de manifiesto la necesidad de adaptar el número y denominación de las Intervenciones Delegadas a la nueva estructura del Gobierno Autonómico.

Durante el ejercicio 2015 se ha mantenido la anterior estructura de las Intervenciones Delegadas, prevista en el Decreto 131/2012, de 15 de noviembre Vínculo a legislación, del Consejo de Gobierno, por el que se adaptan las Intervenciones Delegadas al número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, conforme a las previsiones del Decreto 72/2015, de 7 de julio Vínculo a legislación, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. Conforme a la disposición transitoria única de la referida norma, lo dispuesto en los artículos 4, 5.7, 6.6, 7.4 y en la disposición adicional segunda, en todo aquello que suponga cambio de centro presupuestario y adaptación de los procesos de estructuras orgánicas, presupuestarias y contables, se adecuará a lo dispuesto en el Decreto, como máximo, el 1 de enero de 2016.

Una vez adaptadas las estructuras orgánicas, presupuestarias y contables a lo establecido en el Decreto 72/2015, de 7 de julio Vínculo a legislación, así como a los posteriores Decretos de estructura de las distintas Consejerías, en el presente Decreto se adecua la de las Intervenciones Delegadas a la nueva organización de la Comunidad de Madrid.

Dada la importancia de las políticas en materia de empleo y en materia social, y su singularidad, se considera necesario establecer en cada una de ellas un tratamiento específico, de tal manera que a la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda se adscribe, junto a la Intervención Delegada de Economía y Hacienda, una Intervención Delegada con la función de fiscalización de las actuaciones relativas a empleo. Asimismo, a la Consejería de Políticas Sociales y Familia, junto a la Intervención Delegada de Políticas Sociales se adscribe una Intervención Delegada en la Agencia Madrileña de Atención Social.

Esta propuesta se adecua a la propia estructura presupuestaria de la Comunidad de Madrid, donde las políticas en materia de empleo conservan, dentro de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, su propia sección presupuestaria, y la Agencia Madrileña de Atención Social tiene la consideración de Organismo Autónomo.

En consecuencia se adaptan las Intervenciones Delegadas a la estructura organizativa de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, con las peculiaridades reseñadas.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 9 de febrero de 2016,

DISPONE

Artículo único

Adaptación de Intervenciones Delegadas

Las Intervenciones Delegadas de la Comunidad de Madrid quedan establecidas en los siguientes términos:

- Intervención Delegada de Consejo de Gobierno.

- Intervención Delegada en la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.

- Intervención Delegada de Economía y Hacienda e Intervención Delegada de Empleo en la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.

- Intervención Delegada en la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio.

- Intervención Delegada en la Consejería de Sanidad.

- Intervención Delegada de Políticas Sociales y Familia e Intervención Delegada de la Agencia Madrileña de Atención Social en la Consejería de Políticas Sociales y Familia.

- Intervención Delegada en la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

- Intervención Delegada en la Consejería de Transportes, Vivienda e infraestructuras.

- Intervención Delegada en Tesorería General.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA

Derogación normativa

Queda derogado el Decreto 131/2012, de 15 de noviembre Vínculo a legislación, del Consejo de Gobierno, por el que se adaptan las Intervenciones Delegadas al número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Habilitación normativa

Se autoriza al titular de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Modificación de la relación de puestos de trabajo y plantilla presupuestaria

Por la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda se formalizarán las modificaciones de puestos de trabajo y plantilla que resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en el presente Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL TERCERA

Modificaciones de créditos presupuestarios

Se autoriza al titular de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda a habilitar y modificar, si fuera necesario, los créditos presupuestarios derivados de la presente modificación orgánica.

DISPOSICIÓN FINAL CUARTA

Entrada en vigor

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

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