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Confirmada la condena a 32 años de cárcel de Aguinagalde por asesinar al edil socialista Isaías Carrasco

04/02/2016
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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 32 años de cárcel impuesta al etarra Beinat Aguinagalde por el asesinato del exconcejal socialista Isaías Carrasco cometido en Arrasate-Mondragón (Guipúzcoa) el 7 de marzo de 2008, último día de campaña de las elecciones generales.

MADRID, 3 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Penal ha ratificado la sentencia que la Audiencia Nacional impuso el pasado junio a Aguinagalde por delitos de asesinato terrorista, tenencia de armas de fuego y daños, tras tener en cuenta que una testigo le reconoció con "rotundidad y firmeza" como la persona que vio en el lugar del atentado.

La testigo aseguró que ese día se cruzó antes y después con el autor de los disparos y "fijó su imagen en la memoria" porque le pareció "extraño que se hallara a esas horas parado, en la calle y en actitud de espera".

La Audiencia Nacional celebró este segundo juicio después de que anteriormente absolviera al acusado al considerar insuficientes los reconocimientos de dos testigos. El Supremo le ordenó revisar la sentencia valorando dicha prueba.

EL TESTIMONIO NO FUE "DUBITATIVO NI INSUFICIENTE"

En la sentencia, dada a conocer este miércoles, el Supremo destaca ahora que el testimonio de la principal testigo de cargo, que realizó un reconocimiento fotográfico del terrorista, "no fue ni dubitativo ni contradictorio ni insuficiente" y añade que le identificó "sin ningún género de dudas".

En cuanto a la alegación del condenado basada en que no hubo una auténtica rueda de reconocimiento, los magistrados argumentan que "hacer de la práctica de esa rueda el signo distintivo del respeto al derecho a un proceso con todas las garantías supone apartarse del genuino significado procesal de esa diligencia y, sobre todo, de la interpretación jurisprudencial de aquel precepto".

"El reconocimiento en rueda no puede ser convertido en el presupuesto 'sine qua non' para la validez constitucional del juicio de autoría", señala la Sala, para añadir que la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional valoró que la identificación del condenado fue ratificada en dependencias policiales, ante el juez de instrucción y, "lo que es decisivo", en un interrogatorio "cruzado" en el juicio donde el fiscal y las partes pudieron preguntar "cuantos extremos tuvieron por convenientes en defensa de sus tesis".

UN EXAMEN COMO COARTADA

El alto tribunal acredita también la "falta de consistencia" de la coartada que ofreció el acusado, que dijo que en el momento del crimen se encontraba realizando un examen de Anatomía Patológica en la facultad de Medicina de San Sebastián, al haber dudas sobre de dicha prueba.

La Audiencia Nacional prohibió al procesado acudir a Mondragón

durante diez años desde el cumplimiento de la condena y estimó que la mujer e hijos de la víctima deben ser indemnizados con medio millón de euros por el daño moral ocasionado y la pérdida de ingresos en la unidad familiar.

De esta cantidad, pidió descontar las cantidades anticipadas por el Consorcio de Compensación de Seguros y el Ministerio del Interior, con lo que el acordó que el acusado indemnice con 140.180 euros a la familia, con cerca de 94.000 euros al Consorcio de Compensación de Seguros y con 265.906 euros al Ministerio del Interior.

El Tribunal Supremo ha considerado probado que el entonces miembro del 'comando Asti' se trasladó el 8 de marzo de 2008 a las inmediaciones del domicilio del exconcejal socialista y, cuando este se introdujo en un vehículo sobre las 13.25 horas, se situó frente al coche y efectuó cinco disparos contra el edil desde una distancia de 0,90 a 1,50 metros con "ánimo de causarle la muerte".

Carrasco falleció una hora después en el Hospital del Alto Deba como consecuencia de las "graves" heridas sufridas. Tras el atentado, Aguinagalde abandonó el lugar a la carrera y ETA reivindicó esta acción en un comunicado que fue publicado en el diario 'Gara' el 2 de abril de 2008.

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