PALMA DE MALLORCA, 29 (EUROPA PRESS)
El Tribunal ha rechazado de este modo aplicar la doctrina Botín sobre la hermana del rey Felipe VI.
La doctrina Botín tiene su origen en una resolución del Tribunal Supremo de 2007 en la que se avaló la decisión de la Audiencia Nacional de limitar la acción de las acusaciones particulares para pedir la apertura de un juicio oral contra Emilio Botín y otros directivos del Banco Santander (en el caso de cesiones de crédito) cuando la Fiscalía y los perjudicados hubieran solicitado el sobreseimiento de la causa.
La Audiencia argumentó, y posteriormente lo confirmó el Supremo, que la celebración de un juicio instado solo por la acusación popular (en ese caso, la Asociación para la Defensa del Inversor y los Clientes) obra en contra de la legalidad procesal.