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Prórroga del presupuesto 2015

22/01/2016
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Resolución de 13/01/2016, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se acuerda la prórroga del presupuesto 2015 para el ejercicio económico 2016 y la no disponibilidad de créditos prorrogados (DOCM de 21 de enero de 2016). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 13/01/2016, DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, POR LA QUE SE ACUERDA LA PRÓRROGA DEL PRESUPUESTO 2015 PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2016 Y LA NO DISPONIBILIDAD DE CRÉDITOS PRORROGADOS.

Con fecha 30 de diciembre de 2015, fue publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el Decreto 225/2015 Vínculo a legislación, de 22/12/2015, por el que se establecen las condiciones específicas a las que debe ajustarse la prórroga de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2015. En consecuencia, corresponde igualmente prorrogar el Presupuesto de la Universidad de Castilla-La Mancha de 2015 para el nuevo ejercicio económico.

Ante tal situación, los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha establecen en su artículo 154.4 que si el primer día del ejercicio económico correspondiente no estuviese aprobado el presupuesto, se considerará automáticamente prorrogado el del ejercicio anterior hasta la aprobación del nuevo presupuesto. Por otro lado, el artículo 9 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Universidad de Castilla-La Mancha de 2015 establece que si el presupuesto no se aprobara por el Consejo Social antes del primer día del ejercicio económico 2016, se considerará automáticamente prorrogado el presupuesto inicial de gastos del ejercicio 2015, añadiendo que la prórroga no afectará a los créditos para gastos correspondientes a actuaciones que deban terminar en el ejercicio 2015.

Destacar que tanto la aplicación del principio de anualidad como del mecanismo de la prórroga presupuestaria en la Universidad de Castilla-La Mancha, se ajusta y es acorde con la normativa que al respecto se establece en el ámbito nacional y regional, que respecto a esto último viene regulado en el artículo 43.2 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobada por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre Vínculo a legislación.

Quedando aclarada la cobertura legal del mecanismo de prórroga del presupuesto del ejercicio finalizado, el cual se produce de forma automática el primer día del ejercicio que se inicia siempre que no se haya aprobado el nuevo presupuesto, debe ser tenida en cuenta la obligación que la Universidad de Castilla-La Mancha tiene en cuanto al cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad financiera en la elaboración, ejecución y liquidación de su presupuesto, derivada de lo dispuesto en el artículo 81.2 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

El cumplimiento de dichos principios obliga a la adopción de medidas preventivas durante el período de prórroga presupuestaria que permitan adaptar el presupuesto a la nueva situación que supone un nuevo ejercicio, sobre todo dirigida a equilibrar los créditos de gastos disponibles a los ingresos que finalmente sean previstos para el nuevo año y que lleguen a materializarse. Por todo ello, el punto tercero del artículo 9 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Universidad de Castilla-La Mancha de 2015 establece que mediante Resolución del Vicerrector de Economía y Planificación, por delegación del Rector, podrá autorizarse la declaración de no disponibilidad de algunos de los créditos prorrogados con la finalidad de no incurrir en obligaciones superiores a los créditos que finalmente se autoricen con la aprobación del Presupuesto de la Universidad de Castilla-La Mancha para el ejercicio 2016. Dichas medidas serán informadas al Consejo Social en la primera reunión posterior.

En otro orden de cosas, el artículo 36 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Universidad de Castilla-La Mancha de 2015 establece que el Vicerrector de Economía y Planificación estará facultado para realizar modificaciones técnicas que obedezcan a reestructuraciones administrativas, cambios en la relación de puestos de trabajo o razones de necesidad técnica, así como para la adaptación de la estructura de programas. Al ser de aplicación la situación de prórroga, se procede junto con la presente resolución a determinar la estructura orgánica del presupuesto vigente desde el 1 de enero de 2016 y a indicar los cambios de estructura con respecto al ejercicio anterior, así como a realizar cambios en la denominación de las partidas presupuestarias y modificaciones en las aplicaciones presupuestarias por motivos técnicos, sin que los cambios de estructura orgánica supongan variación en cuanto al importe total de créditos a nivel de programa y concepto económico respecto a los créditos iniciales del 2015.

Por ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 154.4 de los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha y en los artículos 9 y 36 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Universidad para 2015, este Rectorado ha resuelto:

Primero.- Prorrogar los créditos iniciales del Presupuesto de la Universidad de Castilla-La Mancha de 2015 en los distintos capítulos del presupuesto de gastos para el ejercicio 2016 por un importe total de 246.664.804 euros hasta la aprobación y entrada en vigor del Presupuesto del nuevo ejercicio. En todo caso, la ejecución del presupuesto prorrogado será coherente con los objetivos de estabilidad presupuestaria y de sostenibilidad financiera fijados conforme a la normativa básica estatal para el ejercicio 2016.

Segundo.- Adaptar la estructura orgánica del Presupuesto prorrogado y cambiar la denominación de determinadas partidas presupuestarias conforme al anexo I, sin alterar la cuantía global de los créditos presupuestarios prorrogados con respecto al 2015.

Tercero.- Declarar la no disponibilidad de los créditos prorrogados conforme al punto primero por un importe total de 16.086.917 euros, por las causas indicadas en los apartados siguientes, en los importes y aplicaciones que se especifican en cada caso:

a. Se declara la retención y no disponibilidad de créditos por importe de 13.361.624 euros debido a actuaciones que finalizaron en 2015.

b. Se declara la retención y no disponibilidad de créditos por importe de 128.367 euros en la orgánica 00440 de Contratos-programa con centros, que se corresponde con la diferencia entre los importes destinados a los centros docentes indicados en la página 122 del Presupuesto de 2015 como importe inicial adicional con motivo de la aplicación de las Normas de cierre 11.ª y 12.ª del ejercicio 2014 dictadas por el Vicerrectorado de Economía y Planificación de la Universidad de Castilla-La Mancha y que totalizaban 176.803 euros, menos 48.436 euros que suponen el incremento motivado por la aplicación de la Norma de cierre 11.ª del ejercicio 2015.

c. Se declara la disponibilidad de los créditos prorrogados en concepto de compensación por costes indirectos de las aplicaciones presupuestarias 00421C y 01160C, por importe igual a los correspondientes ingresos recaudados durante el ejercicio 2014, quedando en su caso retenida la diferencia hasta el importe de los establecidos inicialmente en el Presupuesto de 2015. Los importes de dichos créditos quedarán disponibles en las correspondientes suborgánicas y serán cargados en sus oficinas contables.

d. En cuanto a las orgánicas de presupuesto ordinario 00345, 00350, 00540, 01010, 01020, 01030, 01050, 01060, 01220, 02050, 02052, 02055 y 02060, cuyos créditos de gastos, ya sea en su totalidad o en parte, estén en relación directa con ingresos por financiación afectada, estarán disponibles a lo largo del ejercicio en la medida en que se materialice el ingreso o derecho correspondiente, salvo que el Vicerrector de Economía y Planificación autorice el adelanto total o parcial de los mismos en base a condiciones excepcionales, y a regularizar contra los ingresos posteriores, según lo dispuesto en el artículo 23.3 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de 2015.

Cuarto.- Las orgánicas de presupuesto 00070, 00541, 00542, 00543, 00545, 00550, 01120, 01150, 01171 y 02040 cuyos créditos de gasto en su totalidad se corresponden con actividades finalistas por proyectos, contratos, convenios de investigación o transferencia, así como cursos de enseñanzas propias o actividades asimiladas, quedarán plenamente disponibles desde el inicio del nuevo ejercicio, procediéndose a la carga de presupuesto inicial de las anualidades 2016 en cada suborgánica siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 36 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de 2015. En caso de superarse el importe total de los créditos contemplados en el presupuesto prorrogado, podrán realizarse en su caso generaciones de crédito por la diferencia. Las orgánicas que se corresponden con dichos créditos totalizan un importe de 19.662.864 euros.

Quinto.- Sin perjuicio de todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.3 de las Bases de Ejecución del Presupuesto para el 2015, y con el fin de garantizar que, durante el período de la prórroga de los presupuestos, no se vulneren los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera fijados para la comunidad autónoma, o por razones de eficacia y equilibrio presupuestario, el Vicerrector de Economía y Planificación podrá aprobar una declaración de no disponibilidad o de retención de créditos consignados en el presupuesto de gastos por los importes necesarios para mantener la estabilidad en la ejecución presupuestaria determinada en términos de contabilidad nacional. Para tal medida se consultará previamente a los Vicerrectorados u órganos responsables de las orgánicas afectadas y se informará al Consejo Social en la primera reunión posterior. Para la ejecución de esta medida, se tendrán en cuenta en primer lugar los créditos disponibles en la orgánica 00480 de “Imprevistos y funciones no clasificadas”.

Sexto.- Para la financiación de los créditos prorrogados, se acuerda igualmente prorrogar las previsiones iniciales del estado de ingresos del Presupuesto de la Universidad de Castilla-La Mancha para 2015, con excepción de las que se consideren de imposible realización y de las que se modifiquen en función de planes o programas de actuación prefijados.

Séptimo.- En cuanto a la tramitación de los expedientes de gastos, deberán tenerse en cuenta las siguientes normas de obligada aplicación:

a. Se prorroga al 2016 el límite máximo de gasto autorizado para el ejercicio anterior por importe de 252.498.031 euros en los términos establecidos en el artículo 21 de las Bases de Ejecución del Presupuesto para el 2015.

b. Las vinculaciones de los créditos prorrogados serán las establecidas en el artículo 24.2 de las Bases de Ejecución del Presupuesto para el 2015.

c. Una vez cargada la prórroga del presupuesto, se procederá a contabilizar en primer lugar las autorizaciones y compromisos de gastos plurianuales y de tramitación anticipada procedentes del ejercicio 2015 y con cargo al nuevo ejercicio que se inicia, conforme a lo establecido en los artículos 73 y 74 de las Bases de Ejecución del Presupuesto para el 2015.

En el caso de orgánicas de presupuesto ordinario en las que se haya autorizado por el Vicerrector de Economía y Planificación la tramitación anticipada de gastos con cargo al 2016 condicionada a la existencia de mayores créditos en el nuevo presupuesto y avalada hasta entonces con cargo a créditos de la orgánica 00480 de “Imprevistos y funciones no clasificadas”, se procederá con carácter previo a la contabilización, a realizar una adscripción de crédito que habilite los créditos hasta el importe necesario. Si finalmente se aprobaran en el Presupuesto de 2016 mayores créditos de los prorrogados en la orgánica donde se contabilizan dichas operaciones, se procederá a la anulación total o parcial de dicha modificación para evitar la duplicidad de los créditos.

d. Los gastos del capítulo 1 del personal docente e investigador y de administración y servicios, tanto funcionario como laboral, deberán ajustarse considerando las plazas dotadas y ocupadas a 31 de diciembre de 2015, así como las comprometidas por procesos de selección o provisión de puestos iniciados antes de dicha fecha. Al respecto debe tenerse en cuenta que con efectos de 1 de enero de 2016, las retribuciones del personal al servicio de la Universidad de Castilla-La Mancha, se incrementarán en el 1 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2015 en los términos establecidos por el artículo 19.2 Vínculo a legislación de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.

A los efectos de lo establecido en la Disposición Adicional duodécima de la Ley 48/2015, de 29 de octubre Vínculo a legislación, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, en cuanto a la recuperación del 49,73 por ciento del importe dejado de percibir en la paga extraordinaria de diciembre del 2012 por los funcionarios y personal al servicio de la Universidad de Castilla-La Mancha en aplicación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio Vínculo a legislación, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, se dispondrá para tal fin del importe consignado como créditos iniciales aprobados en el Presupuesto 2015 de la Universidad de Castilla-La Mancha de un 25% de dichas retribuciones, que suponen un total de 1.797.494 euros y que son objeto de prórroga mediante la presente resolución. El pago a realizar en el 2016 por dicho motivo deberá atenerse en todo caso a lo dispuesto en dicha disposición por tratarse de normativa de carácter básico al ser dictada al amparo de los artículos 149.1.18.ª, Vínculo a legislación 149.1.13.ª Vínculo a legislación y 156.1 Vínculo a legislación de la Constitución.

En cualquier caso, y de conformidad con lo establecido en el artículo 81.4 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, los costes del personal docente e investigador y de administración y servicios de la Universidad de Castilla-La Mancha para el 2016 deberán ser aprobados por la Comunidad Autónoma, lo cual se realiza mediante la inclusión de dicha limitación en el articulado de los presupuestos regionales aprobados para el ejercicio 2016.

e. Durante la prórroga del presupuesto, se podrán aplicar a los créditos del presupuesto de gastos del nuevo ejercicio las obligaciones a las que se hace referencia en el artículo 22.1 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de 2015, con idénticos requisitos en cuanto a su solicitud y autorización.

Octavo.- Las clasificaciones económicas de ingresos y gastos del presupuesto prorrogado serán las aprobadas por Resolución de 25 de marzo Vínculo a legislación de 2015 del Vicerrector de Economía y Planificación si bien podrán ser adaptadas a las modificaciones que puedan ser necesarias desde el inicio del ejercicio 2016 por resolución emitida por el mismo órgano.

Noveno.- Las Bases de Ejecución del Presupuesto aprobadas en el 2015 seguirán vigentes en todo aquello que no haya sido modificado posteriormente por norma de rango superior o salvo que pudieran resultar inaplicables por su naturaleza o por modificaciones sustanciales de contenido.

Décimo.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su fecha, sin perjuicio de su publicación en el Diario Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y en el Boletín Oficial de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Anexos

Omitidos.

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