PALMA DE MALLORCA, 18 Ene. (EUROPA PRESS) -
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado así el recurso de casación interpuesto por la Abogacía balear y ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJIB) que anuló la resolución administrativa, de 7 de marzo de 2013, que rechazó la convocatoria inmediata de esta convocatoria.