Diario del Derecho. Edición de 12/09/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 19/01/2016
 
 

TS

El Supremo obliga al Estado a pagar 5 millones en subvenciones para proyectos de investigación en el País Vasco

19/01/2016
Compartir: 

Dejó de abonar cantidades presupuestadas en 2011 a la Universidad de Mondragón y a la Fundación Tecnalia

MADRID, 18 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha confirmado la obligación de la Administración General del Estado de abonar dos subvenciones de más de 5 millones de euros --3.249.000 concedidos a la Fundación Tecnalia Research&Innovation y 2 millones de euros a Mondragón Unibertsitatea--que se había negado a pagar a pesar de que estaban recogidas en los Presupuestos Generales de 2011.

La Fundación Tecnalia reclamó a la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos y a la entonces secretaria de Estado de Investigación el pago de la cantidad pendiente de abono de la subvención, 3,2 millones de euros del total de 6 millones que habían sido concedidos para un proyecto denominado INGRID --nueva infraestructura experimental para redes eléctricas inteligentes e integración de energías renovables"--.

A pesar del incumplimiento, la mencionada fundación, radicada en Vizcaya, ejecutó íntegramente el proyecto en los términos comprometidos en el convenio firmado con la Administración. El 14 de febrero de 2012, ya con el Gobierno del PP, la Secretaría de Estado de Desarrollo e Investigación le comunicó que no iba a pagar el dinero comprometido.

INNOVACIÓN DE ALIMENTOS

En el caso de la Universidad de Mondragón, se reclamó ante la misma secretaría sin obtener tampoco respuesta, por el impago de 2 millones de euros que habían sido incluidos igualmente en los Presupuestos Generales de 2011 para la creación de un centro de investigación e innovación en alimentación y gastronomía.

La Audiencia Nacional estimó los recursos que la fundación y la universidad presentaron contra las resoluciones de la Administración y ya condenó en sendas sentencias al Estado a hacer efectiva la cantidad contemplada en los Presupuestos Generales del Estado y regulada en un convenio posterior. Ahora el Tribunal Supremo confirma ambas decisiones y obliga a pagar.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal ha notificado este lunes la confirmación de ambas sentencias en sendas resoluciones en las que afirma que, de acuerdo a la Ley General Presupuestaria, la Administración no tiene la prerrogativa de extinguir a su solo criterio sus obligaciones constituidas voluntariamente por el Congreso de los Diputados frente a terceros, simplemente, no dando cumplimiento a sus obligaciones dentro del ejercicio presupuestario correspondiente.

La sentencia destaca que tanto Tecnalia Research como Mondragón Unibertsitatea cumplieron con su obligación de justificar en los términos de la resolución que les otorgo la subvención y añade que la fiscalización previa queda excluida en este tipo de subvenciones nominativas.

En este sentido, el alto tribunal indica que la función interventora de la Administración queda limitada al reconocimiento de las obligaciones y a la comprobación de la inversión. Además, en ambos casos, reitera que al existir convenios sobre la subvención también había consignación presupuestaria, por lo que el Estado había asumido una obligación concreta y bien definida de abono de la cantidad pendiente.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Se reconoce a una trabajadora que presta servicios exclusivamente en sábados, domingos y festivos, el derecho a percibir el plus festivo establecido en el Convenio Colectivo del Sector de Limpieza de Edificios y Locales de la Comunidad de Madrid
  2. Legislación: Sistema de selección, nombramiento y cese del personal funcionario interino al servicio de la Administración de Justicia
  3. Tribunal Supremo: Examina el TS cuándo la prueba de detectives es lícita para basar el despido disciplinario de un delegado de persona por uso indebido de horas para actividades sindicales
  4. Tribunal Supremo: Declara el TS que para el acceso al Cuerpo de Maestros y Profesores se valora como mérito el haber superado las enseñanzas correspondientes al primer ciclo de una Licenciatura ya valorada en cuanto a su segundo ciclo
  5. Legislación: Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025-2027
  6. Revistas: Iustel presenta el número 4 de su Revista General de Derecho, Literatura y Cinematografía / Journal of Law, Literature and Film (RGDLC)
  7. Actualidad: El Congreso informa al Supremo de los pagos a Cerdán: más de 40.000 euros en kilometraje
  8. Estudios y Comentarios: Palabras de la presidenta Perelló; por Ramón Trillo, ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  9. Actualidad: El TEDH dice que las restricciones Covid en hostelería no pueden considerarse "una expropiación 'de facto"
  10. Actualidad: La Fiscalía cree que la Audiencia Nacional no tiene competencia para investigar el boicot a Israel en La Vuelta

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana