Diario del Derecho. Edición de 03/05/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 31/12/2015
 
 

Programa anual de actuación estadística

31/12/2015
Compartir: 

Decreto 255/2015, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Programa anual de actuación estadística para el año 2016, y de inclusión de nuevas actividades estadísticas de interés de la Generalidad en el Plan estadístico de Cataluña (DOGC de 30 de diciembre de 2015). Texto completo.

DECRETO 255/2015, DE 22 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL PROGRAMA ANUAL DE ACTUACIÓN ESTADÍSTICA PARA EL AÑO 2016, Y DE INCLUSIÓN DE NUEVAS ACTIVIDADES ESTADÍSTICAS DE INTERÉS DE LA GENERALIDAD EN EL PLAN ESTADÍSTICO DE CATALUÑA.

PREÁMBULO

La Ley 23/1998, de 30 de diciembre Vínculo a legislación, de estadística de Cataluña establece en el artículo 43 que el desarrollo del Plan estadístico de Cataluña debe hacerse en programas anuales de actuación estadística, los cuales tienen que ser aprobados por el Gobierno de la Generalidad a propuesta del consejero de Economía y Conocimiento;

Visto que la vigencia del Plan estadístico de Cataluña 2011-2014 ha sido automáticamente prorrogada mientras no entre en vigor el nuevo Plan estadístico de Cataluña, de acuerdo con lo establecido en el artículo 41.2 Vínculo a legislación de la Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de estadística de Cataluña y el artículo 2.2 Vínculo a legislación de la Ley 13/2010, de 21 de mayo, del Plan estadístico de Cataluña 2011-2014;

Vista la regulación del procedimiento general de ejecución del Plan estadístico de Cataluña 2011-2014 y de elaboración y aprobación de los programas anuales de actuación estadística, establecido en el capítulo V de la Ley 13/2010, de 21 de mayo Vínculo a legislación, del Plan estadístico de Cataluña 2011-2014;

Visto que el Instituto de Estadística de Cataluña ha realizado los trámites y las consultas previas a las instituciones y a los órganos del Sistema estadístico de Cataluña, tal como establece el artículo 20 Vínculo a legislación de la Ley 13/2010, de 21 de mayo;

Visto que el Consejo Rector del Sistema estadístico de Cataluña ha aprobado la propuesta de Programa anual de actuación estadística para el año 2016, que el consejero del Departamento competente en materia de gestión y coordinación del Sistema estadístico de Cataluña ha de elevar al Gobierno para su aprobación, y dado que el Consejo Catalán de Estadística ha elaborado el dictamen previo no vinculante en los términos que establecen, respectivamente, los artículos 9 Vínculo a legislación y 11 Vínculo a legislación del Decreto 24/2014, de 25 de febrero, de organización y funcionamiento del Instituto de Estadística de Cataluña;

Visto que el artículo 16 Vínculo a legislación de la Ley 13/2010, de 21 de mayo, del Plan estadístico de Cataluña 2011-2014 prevé la inclusión de nuevas actividades en el Plan, mientras se desarrolla y ejecuta el Plan estadístico, por decreto del Gobierno y a propuesta del consejero de Economía y Conocimiento;

A propuesta del consejero de Economía y Conocimiento y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Aprobación del Programa anual de actuación estadística para el año 2016

Se aprueba el Programa anual de actuación estadística para el año 2016 en desarrollo y ejecución del Plan estadístico de Cataluña 2011-2014, prorrogado automáticamente mientras no entre en vigor el nuevo Plan estadístico de Cataluña.

Artículo 2

Objeto del Programa anual de actuación estadística para el año 2016

El Programa anual de actuación estadística para el año 2016 tiene por objeto el establecimiento y la descripción normalizada de las actuaciones estadísticas de interés de la Generalidad que deben llevarse a cabo durante el año 2016.

Artículo 3

Actuaciones estadísticas del Programa anual de actuación estadística para el año 2016

1. Las reglas de descripción normalizada de las actuaciones estadísticas incluidas en el Programa anual de actuación estadística para el año 2016 son las establecidas en el anexo 1 de este Decreto.

2. Las actuaciones estadísticas incluidas en el Programa anual de actuación estadística para el año 2016 figuran en el anexo 2 de este Decreto, con su descripción normalizada y ordenadas por objetivos y actividades del Plan estadístico de Cataluña 2011-2014.

3. Las actuaciones estadísticas incluidas en el Programa anual de actuación estadística para el año 2016 se relacionan ordenadamente por organismos responsables en el anexo 3 de este Decreto.

Artículo 4

Comunicación de la relación de los órganos que tienen atribuidas competencias estadísticas de la Generalidad de Cataluña, entidades locales y otras entidades de derecho público

Los departamentos de la Generalidad, los organismos autónomos, las entidades de derecho público y las empresas que dependen de ésta, así como las entidades locales catalanas y otras entidades de derecho público que tienen encomendada la realización de estadísticas oficiales de acuerdo con el Plan estadístico de Cataluña 2011-2014, deberán comunicar al Instituto de Estadística de Cataluña los cambios en los órganos con atribuciones estadísticas, que permanecen sujetos al deber del secreto estadístico en los términos establecidos por la Ley 23/1998, de 30 de diciembre Vínculo a legislación, y las normas de desarrollo, de acuerdo con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 15 Vínculo a legislación de la Ley 13/2010, de 21 de mayo.

Disposiciones finales

Primera

Aprobación de inclusión de nuevas actividades estadísticas de interés de la Generalitat en el Plan estadístico de Cataluña 2011-2014

Se aprueba la inclusión de las siguientes actividades estadísticas de interés de la Generalidad en el Plan estadístico de Cataluña 2011-2014, actualmente prorrogado:

1. Estadística de los centros de culto en Cataluña

Código: 11 08

Objetivo: análisis social

Organismos que intervienen: Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales

Descripción: tratamiento de datos de origen administrativo obtenidos de la base de datos del Mapa religioso de Cataluña, con el fin de conocer los centros de culto presentes en Cataluña por confesión religiosa de adscripción y demarcación territorial.

Coste: bajo

2. Estadística del transporte por cable

Código: 12 30

Objetivo: medio ambiente y sostenibilidad

Organismos que intervienen: Departamento de Territorio y Sostenibilidad

Descripción: tratamiento estadístico de datos administrativos disponibles proporcionados por las diferentes empresas de funiculares, teleféricos, telecabinas y telesillas, con el fin de conocer el volumen y los datos básicos de tráfico de los transportes por cable en Cataluña.

Coste: muy bajo

3. Promoción de la investigación en el ámbito de la estadística

Código: 22 07

Objetivo: metodología y normalización estadística

Organismos que intervienen: Instituto de Estadística de Cataluña

Descripción: impulso de la utilización de la información estadística disponible con fines científicos en colaboración con institutos de investigación, investigadores, centros de investigación y entidades asimilables.

Coste: bajo

Segunda

Aprobación de la actualización del contenido de una actividad estadística integrada en el Plan estadístico de Cataluña 2011-2014

Se aprueba la actualización del contenido de la siguiente actividad estadística del Plan estadístico de Cataluña 2011-2014:

1. Indicadores de salud

Código: 09 15

Objetivo: salud y servicios sanitarios

Organismos que intervienen: Departamento de Salud, Agencia de Calidad y Evaluación Sanitarias de Cataluña

Descripción: elaboración y mantenimiento de un sistema de indicadores que permita hacer un seguimiento de los aspectos que condicionan la salud de la población y también de la incidencia de diversas enfermedades, de la actividad hospitalaria y de otros recursos sanitarios, a partir de la información disponible en el ámbito del Departamento de Salud.

Coste: bajo

Tercera

Entrada en vigor

Este Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2016.

Anexos

Omitidos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana