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Audiencia de Sevilla

La Audiencia de Sevilla confirma la causa contra dueño de Uniter por alzamiento de bienes tras ser embargado en los ERE

17/12/2015
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El tribunal rechaza además concederle una pensión alimenticia de 3.000 euros mensuales para cubrir "sus necesidades básicas"

SEVILLA, 16 (EUROPA PRESS)

La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado el auto en el que la juez Mercedes Alaya acordó abrir nuevas diligencias previas contra el dueño de Uniter, José González Mata, por un delito de alzamiento de bienes a cuenta del cambio de titularidad de una finca del imputado un mes después de que el Juzgado iniciara el proceso de embargo de sus propiedades para hacer frente a la fianza de responsabilidad civil de 98,8 millones que le fue impuesta en el caso de los ERE fraudulentos.

En un auto fechado el pasado día 3 de diciembre, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial rechaza de este modo el recurso interpuesto por el abogado del imputado contra la decisión acordada por la juez Alaya en julio de 2014, pues considera que la "venta" de esta finca "puede obstaculizar el aseguramiento" de la fianza civil, "concurriendo en principio los elementos para deducir el testimonio que se cuestiona".

La Audiencia rememora que fue el 27 de enero de 2012 cuando la juez imputó al dueño de Uniter "en la compleja trama fraudulenta que se investiga" en el caso ERE, recordando que González Mata era el socio y administrador único de Cureña S.L., una empresa "meramente instrumental, a pesar de lo cual ha amasado un patrimonio importante, pues entre el año 2001 a 2011 ha adquirido 29 inmuebles con un valor de más de 13 millones de euros".

A ello se suma que, en marzo de 2013, esta empresa "tenía casi tres millones de euros en imposiciones de plazo fijo y en productos de pasivo", mientras que uno de los inmuebles de los que es titular Cureña "es la sede central de Uniter en Jerez de la Frontera (Cádiz), abonando la segunda a la primera por dicho alquiler 7.0000 euros mensuales", y "otros cuatro inmuebles de Cureña son la residencia habitual de Gónzalez Mata y tres de sus hijos".

La Audiencia recuerda que, en junio de 2013, la juez le impuso una fianza civil de más de 98 millones de euros por la posible comisión de un delito de blanqueo de dinero, embargando las fincas propiedad de Cureña, a quien impuso a su vez una fianza civil de 200.000 euros, tras lo que se requirió al dueño de Uniter para que designara bienes de su propiedad para hacer frente a dicha fianza.

Por escritura pública de 6 de junio, Cureña "transmite" a 'Herederos de Torrent Miranda' una finca en Jerez de la Frontera, tras lo que, el 30 de julio de 2013, 'Herederos de Torrent Miranda', que pertenecería al grupo de empresas cuyo representante legal es el apelante, vendió a 'Tapones Irrellenables S.A.' esa finca registral "para obtener liquidez para afrontar sus pagos a acreedores y proveedores".

98 MILLONES DE FIANZA CIVIL

La Audiencia asevera que, de todo lo expuesto, "parece que González Mata --recordemos administrador y socio único de Cureña y representante legal de 'Herederos de Torrent Miranda'--, una vez que tuvo conocimiento tanto de los hechos imputados como del auto que fijaba fianza para garantizar su responsabilidad pecuniaria en la presente causa en más de 98 millones, vendió la finca indicada a tercera persona --recordar que el día de la venta, 30 de julio de 2013, González Mata se encontraba privado de libertad--".

De este modo, "parece que esta venta puede obstaculizar el aseguramiento de dichas responsabilidades pecuniarias, concurriendo en principio los elementos para deducir el testimonio que se cuestiona".

Todo ello, añade, "sin perjuicio de que en diligencias previas independientes a las presentes se pueda acreditar, como pretende en este momento" el imputado, que dicha venta "tiene por finalidad, en primer lugar, el pago de una deuda de la empresa 'Herederos de Torrent Miranda', también administrada por González Mata, y, en segundo lugar, la venta de 'Herederos de Torrent Miranda' a 'Tapones Irrellenables' para obtener liquidez para abonar créditos y pagar a proveedores conforme a las alegaciones del recurso".

En un segundo auto, fechado el 4 de diciembre y consultado por Europa Press, la Audiencia rechaza el recurso del imputado contra la decisión de la juez Alaya de no concederle una pensión alimenticia de 3.000 euros mensuales "con cargo a los fondos de sus empresas Uniter y Cureña" a fin de poder atender "sus necesidades más básicas".

"NO SE SOSTIENE" LA PETICIÓN DE UNA PENSIÓN DE 3.000 EUROS

El imputado solicitó dicha pensión alegando que sus bienes y los de sus empresas están embargados, así como que carece de bienes para afrontar esas necesidades básicas, pero la Audiencia asevera que las razones dadas para conseguir esta pensión "se contradicen con los argumentos" expuestos en su recurso de apelación, del que se desprende que González Mata, "a la fecha de la petición objeto de este recurso, controlaba la empresa 'Herederos de Torrent Miranda', que es independiente de Cureña y Uniter y 'una compañía activa, con una fuerte cartera de clientes e incluso con implantación internacional', en palabras empleadas por el letrado" en su recurso.

"Parece que no se sostiene que el apelante necesite para cubrir sus necesidades básicas la concesión o una atribución mensual procedente de Cureña, puesto que parece que, según las propias alegaciones del letrado, se encuentra al frente de una empresa con una vigorosa actividad mercantil con fuerte cartera de clientes con implantación internacional, que, en consecuencia, debe tener los beneficios suficientes" para que el imputado "pueda hacer frente a sus necesidades básicas", sostiene la Audiencia.

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