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Registro Electrónico de la Universidad de Zaragoza

14/12/2015
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Resolución de 16 de noviembre de 2015, del Rector de la Universidad de Zaragoza, por la que se modifica la de 12 de julio de 2012, que regula el Registro Electrónico de la Universidad de Zaragoza ("Boletín Oficial de Aragón", número 151, de 3 de agosto de 2012) (BOA de 11 de diciembre de 2015). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 16 DE NOVIEMBRE DE 2015, DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, POR LA QUE SE MODIFICA LA DE 12 DE JULIO DE 2012, QUE REGULA EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA ("BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN", NÚMERO 151, DE 3 DE AGOSTO DE 2012).

Con el objeto de facilitar el uso de los medios electrónicos en los procedimientos que la Universidad de Zaragoza gestiona, resulta conveniente que el ciudadano pueda utilizar, para su identificación y firma, un sistema de clave concertada, que es una de las herramientas que la ley pone a disposición de las administraciones, y que puede redundar en un más fácil acceso a la tramitación telemática.

Por ello, dicto la siguiente resolución:

Artículo único. Se modifica el artículo 7 Vínculo a legislación de la Resolución de 12 de julio de 2012, del Rector de la Universidad de Zaragoza, por la que se regula el Registro Electrónico de la Universidad de Zaragoza, que queda redactado del siguiente modo:

"Artículo 7. Acreditación de la identidad.

1. Las solicitudes, escritos y comunicaciones pueden ser presentados ante el e-RUZ por los interesados o sus representantes, en los términos definidos en la ley reguladora del procedimiento administrativo.

2. El firmante del documento podrá acreditar su identidad ante el e-RUZ mediante firma electrónica, en los términos establecidos en la ley, o a través de funcionarios públicos habilitados, mediante el uso del sistema de firma electrónica del que estén dotados.

3. Para la presentación de escritos, solicitudes y comunicaciones ante el e-RUZ será indispensable que estén firmados electrónicamente mediante un certificado electrónico reconocido o cualificado expedido por prestadores incluidos en la "Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación", mediante el sistema Cl@ve o mediante clave concertada de la Universidad de Zaragoza en los términos que se establezcan".

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

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