JAÉN, 9 Dic. (EUROPA PRESS) -
Además, T.C.R. deberá abonar 1.350 euros en concepto de multas por los dos delitos por los cuales ha sido condenado. En concreto, la Audiencia le condena a un año, nueve meses y un día de prisión por el delito de falsedad y un años y tres meses más por el delito de apropiación indebida.
Con la conformidad del acusado ha quedado probado, tal y como venía sosteniendo el Ministerio Público, que T.C.R. desde el año 2002 al 2009 llevó la contabilidad de una sociedad mercantil. "Aprovechando dicha condición, realizó multitud de alteraciones contables, simulando pagos a clientes, alterando saldos de cuentas de los mismos, incluso simulando ventas ficticias a clientes inexistentes con el finalidad de posteriormente simular pagos a las mismas, alterando saldos de cierre y apertura de ejercicios", ha sostenido el Ministerio Público.
Tanto la acusación particular como la defensa han asumido la petición de penas del Ministerio Fiscal, que ha rebajado de los seis años iniciales a tres años, para así lograr un acuerdo por conformidad. De esta forma también el acusado podría evitar su ingreso en prisión ya que las penas impuestas por cada uno de los dos delitos son inferiores a los dos años.