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TC

Militares acuden al TC por discriminación en sus pensiones respecto a las derivadas de actos terroristas

07/12/2015
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Un grupo de 150 militares solicitarán amparo al Tribunal Constitucional después de que la Audiencia Nacional rechazara el pasado 10 de noviembre el recurso contencioso-administrativo que habían presentado contra el límite de la prestación de retiro y jubilación extraordinaria por incapacidad consecuencia de acto de servicio que deben cobrar. Denuncian discriminación respecto a las prestaciones derivadas de actos de terrorismo.

MADRID, 3 (EUROPA PRESS)

En el recurso, planteado por el abogado Fernando Osuna, se denuncia la "falta absoluta de igualdad de trato" de estos militares, y también de policías y guardias civiles en el tope de sus pensiones, dado que las referidas a incapacidad por acto de servicio están limitadas por una disposición de carácter excepcional que se reitera año tras año desde 1983.

El letrado apunta que ahora mismo hay 300 miembros de las fuerzas de seguridad afectados por esta situación en casi todas las provincias españolas.

Osuna lamenta que la resolución dictada por la Audiencia Nacional recuerde la injusta legislación que trata de manera desigual a los retirados por accidente en acto de servicio y a las víctimas del terrorismo.

Alegan también que pensiones que no se encuentran afectadas por el límite mencionado, como así son las derivadas de actos terroristas y por gran invalidez y aduce que la fundamentación de la sentencia de la Audiencia Nacional no entre en el 'quid' de la cuestión, que es la vulneración del principio de igualdad que establece el artículo 14 de la Constitución.

En su sentencia los magistrados de la Audiencia Nacional e limitan a describir la Ley de Presupuestos Generales y legislación relativa a clases pasivas, si bien reconocen la existencia de "dudas razonables en derecho", como así atestigua la falta de condena en costas según recuerda el letrado.

NO SE DISCRIMINA FRENTE AL TERRORISMO

La resolución, de la que fue ponente el magistrado Jaime Alberto Santos Coronado, afirma que no existe agravio ni trato discriminatorio respecto de las pensiones extraordinarias derivadas de actos de terrorismo, "pues la diferente regulación que existe respecto de unas y otras pensiones implica de forma forzosa (...)la inexistencia de discriminación, que sólo existe cuando se produce un trato diferente de los mismos casos y en identidad de circunstancias".

"Otra cosa es que los demandantes pretendan en realidad que se declare inconstitucional una norma con rango de Ley", advierte la Audiencia Nacional, una pretensión que excede de las competencias de este órgano

Por todo ello, los pensionistas afectados continúan en la batalla judicial, esta vez mediante recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. No todas las posibilidades se extinguirían en este recurso, al continuar abierta la vía ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, donde según el abogado Fernando Osuna existen altas probabilidades de éxito.

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