Diario del Derecho. Edición de 14/10/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 10/11/2015
 
 

El inquietante destino de nuestra España; por Rafael de Mendizábal, Presidente de la Sección de Derecho Constitucional en la RAJYL

10/11/2015
Compartir: 

El día 10 de noviembre de 2015, se ha publicado en el diario La Razón, un artículo de Rafael de Mendizábal, en el cual el autor considera que la Constitución tiene una panoplia de soluciones para desmontar en cuestión de horas la torpe y enloquecida fuga a la “tierra de nunca jamás” emprendida por los antisistema e incluso guarda otros resortes en la segunda línea por si la obcecación nublara el paisaje.

EL INQUIETANTE DESTINO DE NUESTRA ESPAÑA

Es la madrugada del lunes 9 de noviembre. No consigo conciliar el sueño, a pesar de que nunca he necesitado píldoras para dormir a pierna suelta. Hoy será un día histórico. Mucho se abusa de tal calificativo en esta época de mediocridad para cualquier acontecimiento, a veces trivial. Dentro de unas horas, muy pocas, el Parlamento de Cataluña, cuya legitimidad deriva directamente de la Constitución Española de 1978, sin intermediarios historicistas, será el escenario en el que se represente una farsa esperpéntica que haría reír a muchos, si no apuntara directamente al corazón de los españoles de bien. Allí, resonarán las palabras que anuncien el advenimiento de la República Catalana independiente, pretendiendo “desconectarla” de España. Un grupo de gentes que no representan la voluntad general, mayoritariamente partidaria de mantener la unión con el resto de sus compatriotas, así lo impondrá. Grupo del que, por otra parte, nada de positivo para el bien común puede serle imputado, pero cuya influencia negativa ha desencadenado la decadencia de una región próspera y emprendedora, convirtiéndola en hostil e insegura, como la que encontraron don Quijote y Sancho en su camino hacia Barcelona.

Ese puñado de gentes anodinas a quienes ha cegado una tenaz campaña propagandística desde las propias instituciones constitucionales tiene por objetivo hacer añicos el proyecto colectivo que el orbe conoce como España desde que fuera protagonista de la historia. Sé que no lo conseguirán, por supuesto, pero el mero hecho de que lo propongan me entristece porque esta situación pudo haber sido evitada si se hubiera actuado a tiempo. ¿Cuándo? Desde la elaboración del texto constitucional, donde se incluyó en el artículo 2 la expresión “nacionalidades”, cuya peligrosidad pusieron de manifiesto muchos. Por más que se empeñen algunos, España no ha sido ni es una “nación de naciones” ni un Estado “plurinacional”, en el sentido que hoy, agotado el concepto romántico de la palabra nación, tiene en el mundo al que pertenecemos culturalmente. En la Constitución de Cádiz los españoles de ambos hemisferios integraban la nación española y ésta es la única que reconoce nuestra vigente Constitución.

La andadura desnortada empezó ya con Adolfo Suárez, que nos legó un Título VIII, regulador del Estado de las Autonomías, notoriamente disolvente, denunciado como tal por todos cuantos cultivábamos el Derecho Público. Luego vino el descarrilamiento de la LOAPA, los pactos de PSOE y PP con los nacionalismos para la “gobernabilidad”, alcanzable con facilidad si ambos partidos hubieran tenido sentido del Estado, más tarde se entregaron las competencias sobre educación, función estratégica para la cohesión social y finalmente la traca, el Estatuto del presidente Rodríguez Zapatero, que metía deliberadamente goles en su propia portería porque su objetivo último no difería del que ahora nos presentan los separatistas, dinamitar el sistema constitucional. Lo impidieron la ignorancia enciclopédica del propulsor y la crisis que puso de manifiesto su incompetencia y cortó el “septenio negro”. En esta diatriba, no cerremos los ojos a nuestra pasividad frente a la desobediencia sistemática al Tribunal Supremo y al Constitucional, permitiendo así que pudieran ser sancionados quienes rotulaban en castellano sus comercios o que no se cumplieran los horarios lectivos de la “lingua franca”, la española. En ese momento, justamente entonces, debió utilizarse el artículo 155 CE, que no está previsto para ser administrado como la extremaunción.

Se ha dejado pudrir la situación, pero por fortuna aún se está a tiempo de reconducirla a la senda constitucional, con mesura pero con firmeza. La Constitución tiene una panoplia de soluciones para desmontar en cuestión de horas la torpe y enloquecida fuga a la “tierra de nunca jamás” emprendida por los antisistema e incluso guarda otros resortes en la segunda línea por si la obcecación nublara el paisaje. El primer escudo será a buen seguro el Tribunal Constitucional, la fuerza de la razón, por si se hubiere de utilizar la razón de la fuerza, siempre que no sólo suspenda la eficacia de la proclama, sino que a continuación la anule sin levantar mano. El artículo 1,2 CE expresa con nitidez que la “soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado” y en consecuencia, la legitimidad de todas las instituciones, entre ellas la Generalidad con su Gobierno y el Parlamento de Cataluña. Y el artículo 2 proclama la” indisoluble unidad de la nación española”. Por eso, y porque no he perdido la fe en nuestro pueblo, que reacciona siempre con dignidad en los trances más críticos, sé que España sobrevivirá íntegra con Cataluña en su seno si, olvidando desacuerdos menores, nos apiñamos con lealtad constitucional sin reservas mentales tras el presidente del Gobierno, responsable del timón. Pero con esa seguridad que no es triunfalismo, puesto ya el pie en el estribo, pensando en las generaciones venideras y en su España, “me abrasa el alma -como a Sánchez Albornoz- su inquietante destino”.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: En España gobierna el parlamentarismo negativo; por Javier Tajadura Tejada, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad del País Vasco
  2. Actualidad: Ábalos renuncia a su abogado por "diferencias irreconducibles" dos días antes de declarar ante el Supremo
  3. Tribunal Supremo: El TS examina si un resbalón y una caída, ocurrido al salir del domicilio para dirigirse al puesto de trabajo, constituye o no un accidente de trabajo in itinere
  4. Tribunal Supremo: Las diligencias preliminares ante la jurisdicción civil para indagar la existencia de un contrato de seguro de responsabilidad civil de la Administración no interrumpen la prescripción de la acción de responsabilidad patrimonial de la Administración
  5. Tribunal Supremo: El TS absuelve a un conductor de un delito contra la seguridad vial al aplicar el redondeo hacia abajo del resultado de la segunda prueba de alcoholemia
  6. Actualidad: La Comisión de Venecia ve problemas de "politización externa e interna" en los modelos propuestos para elegir CGPJ
  7. Actualidad: La Comisión de Venecia ve riesgo de un nuevo bloqueo con el modelo del CGPJ y aconseja que si los jueces eligen no haya avales
  8. Tribunal Supremo: No es válida la reducción de la base imponible en el Impuesto de Sociedades cuando se aprecia la existencia de simulación de un préstamo concedido a los socios que encubre un reparto de dividendos
  9. Actualidad: El Supremo rechaza la petición de Cerdán de suspender las declaraciones de Ábalos y Koldo García del 15 y 16 de octubre
  10. Actualidad: El Supremo contesta a la Fiscalía Europea que de momento no le consta que las obras del 'caso Koldo' afecten a fondos UE

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana