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Utilización de la imagen corporativa del VIII Centenario de la Peregrinación de San Francisco de Asís a Santiago de Compostela

24/10/2013
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Decreto 159/2013, de 10 de octubre, por el que se regula la utilización de la imagen corporativa del VIII Centenario de la Peregrinación de San Francisco de Asís a Santiago de Compostela (1214-2014) (DOG de 23 de octubre de 2013). Texto completo.

DECRETO 159/2013, DE 10 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULA LA UTILIZACIÓN DE LA IMAGEN CORPORATIVA DEL VIII CENTENARIO DE LA PEREGRINACIÓN DE SAN FRANCISCO DE ASÍS A SANTIAGO DE COMPOSTELA (1214-2014).

El Camino de Santiago ha sido a lo largo de la historia un fenómeno dotado de una gran fuerza espiritual, cultural y social que forjó la identidad de Europa mediante los innumerables peregrinos que recorrieron, y recorren, sus múltiples itinerarios. Uno de los peregrinos más significativos que acudieron a Compostela fue San Francisco de Asís en el año 1214, según recogen diversos documentos y tradiciones de aquella época.

El alcance global del Camino de Santiago y la popularidad universal del santo de Asís animan a organizar, entre mediados de 2013 y mediados de 2015, un evento de alcance internacional, en el que estarán unidas las sensibilidades jacobea y franciscana. Un programa que impulse la dinamización turística y cultural de Galicia y estimule la participación del sector privado en proyectos relacionados con dicha conmemoración y refuerce las relaciones de Asís y Santiago de Compostela, dos ciudades que forman parte del patrimonio mundial de la UNESCO, unidas por una ruta de peregrinación -camino de Santiago y vía Francigena, ambos itinerarios culturales de Europa-.

Así, la disposición quincuagésimo novena de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre Vínculo a legislación, de presupuestos generales del Estado para 2013, reconoce a los actos relacionados con la celebración del Vlll Centenario de la Peregrinación de San Francisco de Asís a Santiago de Compostela (1214-2014) la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a efectos de lo dispuesto en el artículo 27 Vínculo a legislación de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. La duración del programa de apoyo a este acontecimiento abarcará desde el 1 de julio de 2013 al 30 de junio de 2015, y los beneficios fiscales del programa serán los máximos establecidos en el citado artículo 27.3.

La programación que se desarrollará incluirá todo tipo de acontecimientos y actividades culturales, sociales, artísticos, musicales y deportivos, actuaciones de investigación, publicaciones, proyectos didácticos, así como las iniciativas relacionadas con el desarrollo turístico y la acogida al visitante y peregrinos en el marco de la celebración de un evento que constituye, pues, la mejor oportunidad para promocionar nuestra comunidad, reforzando la dimensión internacional del Camino de Santiago.

La imagen corporativa del evento es el cúmulo y reflejo de todas las actuaciones a desarrollar durante la celebración del Vlll Centenario de la Peregrinación de San Francisco de Asís a Santiago de Compostela (1214-2014). Asimismo, es el primer contacto que los ciudadanos, instituciones y entidades tienen con este evento a través de su comunicación visual.

Para el desarrollo y promoción del mismo es imprescindible la correcta aplicación y el respecto a la normativa existente para el uso de la imagen corporativa.

El Decreto 196/2012, de 27 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se crea la Agencia de Turismo de Galicia y se aprueban sus estatutos, en su artículo 2.h) dice que le corresponde a la Agencia Turismo de Galicia la promoción de la imagen marca-país de Galicia.

En su virtud, a propuesta del vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día diez de octubre de dos mil trece,

DISPONGO:

Artículo 1. Utilización de la imagen corporativa del VIII Centenario de la Peregrinación de San Francisco de Asís a Santiago de Compostela (1214-2014) por la Administración general y el sector público autonómico de Galicia

Los departamentos de la Xunta de Galicia, sus organismos autónomos, agencias públicas autonómicas, entidades públicas empresariales, consorcios autonómicos, fundaciones del sector público autonómico y sociedades mercantiles públicas autonómicas, sin perjuicio del cumplimiento del vigente código de identificación corporativa de la Xunta de Galicia, aprobado por el Decreto 409/2009, de 5 de noviembre Vínculo a legislación, y de la marca turística de Galicia, aprobada por el Decreto 121/2011, de 16 de junio Vínculo a legislación, utilizarán como elementos adicionales los símbolos del VIII Centenario, reflejados en el correspondiente manual básico, que figura como anexo de este decreto, en todas sus acciones de comunicación audiovisuales, escritas o plásticas hasta el 30 de junio de 2015.

La Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, en sus relaciones de colaboración con otras administraciones, deberá exigir, siempre que su objeto lo permita, que se haga constar la imagen corporativa del VIII Centenario.

Artículo 2. Utilización de la imagen corporativa del VIII Centenario de la Peregrinación de San Francisco de Asís a Santiago de Compostela (1214-2014) por otras personas y entidades

La utilización de la imagen corporativa del VIII Centenario por personas físicas o jurídicas, entidades e instituciones no integrantes de la Administración general y del sector público autonómico de la comunidad autónoma requerirá solicitud dirigida a la Agencia Turismo de Galicia, que es la competente para otorgar las correspondientes licencias y autorizaciones.

Las licencias y autorizaciones se otorgarán con sujeción a la normativa vigente en materia de propiedad intelectual e industrial y condicionadas en todo caso al respeto de las normas de uso contenidas en el manual de utilización de la marca.

Artículo 3. Fomento del uso de la imagen corporativa del VIII Centenario de la Peregrinación de San Francisco de Asís a Santiago de Compostela (1214-2014)

La Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia fomentará el empleo por las entidades locales gallegas de la imagen corporativa del VIII Centenario de la Peregrinación de San Francisco de Asís a Santiago de Compostela (1214-2014), instándolas a solicitar la oportuna autorización para su uso en todas sus actuaciones, especialmente en las de comunicación pública y promoción.

Disposición transitoria única. Régimen transitorio

1. Seguirán utilizándose, hasta que se agoten, las existencias de material impreso anteriores a su entrada en vigor.

2. Con independencia de lo establecido en el apartado anterior, la imagen corporativa institucional se aplicará, siempre que proceda, a la adquisición, reposición o reedición de todo elemento que deba exhibirla.

Disposición final primera

Se faculta a la persona titular de la Dirección de la Agencia Turismo de Galicia para dictar cuantas resoluciones sean precisas para la ejecución de lo dispuesto en este decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

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