Diario del Derecho. Edición de 19/09/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 13/02/2013
 
 

Desahucios

La justicia europea dictaminará el 14 de marzo si la ley española de desahucios vulnera normas UE

13/02/2013
Compartir: 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), dictaminará el próximo jueves 14 de febrero si la legislación española de desahucios vulnera la normativa comunitaria de protección de los consumidores, según han informado fuentes judiciales. Un fallo condenatorio obligaría al Gobierno de Mariano Rajoy a modificarla.

BRUSELAS, 12 (EUROPA PRESS)

La abogada general del Tribunal, Juliane Kokot, cuyas opiniones se siguen en el 80% de los casos, ya falló en noviembre del año pasado que la norma española no se ajusta a la legislación de la UE, ya que no garantiza a los clientes una protección suficiente frente a cláusulas abusivas en las hipotecas.

La sentencia del Tribunal de Justicia responde a una cuestión presentada por el juzgado mercantil de Barcelona, que debe dirimir una denuncia presentada por un ciudadano contra CatalunyaCaixa, que forzó su expulsión de la vivienda que ocupaba en enero de 2011 por impago de la hipoteca. El ciudadano en cuestión solicita que se declare nula una de las cláusulas del préstamo hipotecario y que, en consecuencia, el procedimiento judicial de ejecución hipotecaria sea considerado también nulo.

La ley española no permite paralizar el desahucio invocando una cláusula abusiva, sino que esta cuestión debe ventilarse en otro juicio una vez que ya se ha ejecutado la expulsión.

En sus conclusiones de noviembre, la abogada general estimó que "la regulación procesal española es incompatible con la directiva, pues menoscaba la eficacia de la protección que ésta persigue".

"No constituye una protección efectiva contra las cláusulas abusivas del contrato el que el consumidor, a raíz de dichas cláusulas, deba soportar indefenso la ejecución de la hipoteca con la consiguiente subasta forzosa de su vivienda, la pérdida de la propiedad que la acompaña y el desalojo, y que sólo con posterioridad esté legitimado para ejercitar la acción de daños y perjuicios", resaltó Kokott.

Al contrario, la norma europea exige "que el consumidor disponga de un recurso legal eficaz para demostrar el carácter abusivo de las cláusulas de su contrato de préstamo, merced al cual, si se da el caso, pueda detenerse la ejecución forzosa".

La abogada general insistió en que el juez debe tener la posibilidad de suspender la ejecución forzosa hasta que se haya comprobado el carácter abusivo de una cláusula contractual, de modo que se impida que el procedimiento ejecutivo cree en perjuicio del consumidor una situación que posteriormente sea de muy difícil o imposible reparación.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: El TS fija el “dies a quo” del plazo de prescripción del derecho de la Administración a liquidar el Impuesto en adquisiciones por causa de muerte en los que el heredero fallece sin aceptar ni repudiar la herencia y el derecho se transmite a sus herederos
  2. Estudios y Comentarios: El Tribunal Constitucional y las malversaciones de los ERE; por Enrique Gimbernat, catedrático emérito de Derecho penal de la Universidad Complutense de Madrid
  3. Estudios y Comentarios: Pluralismo, independencia y añadidos; por Emilio Guichot, catedrático de Derecho administrativo
  4. Actualidad: El TEDH condena a España a pagar 26.000 euros a una testigo de Jehová que recibió transfusiones de sangre
  5. Tribunal Supremo: No procede la revisión de condena en aplicación de LO 10/2022, de 6 de septiembre, porque la nueva regulación determinaría la aplicación del art. 181 del CP, que establece una pena superior a la impuesta en la sentencia firme
  6. Actualidad: El TC estudiará el próximo lunes el recurso de la exetarra 'Pepona' contra las cautelares que le impiden salir de España
  7. Estudios y Comentarios: Hacia una igualdad real y efectiva en la carrera judicial; por Mar Serna Calvo, magistrada
  8. Actualidad: El TSJCV suspende cautelarmente las instrucciones de Educación para la definición de las plantillas docentes
  9. Actualidad: La Audiencia de Sevilla confirma la condena al coautor del crimen de Halloween en Palomares y rechaza subir su pena
  10. Actualidad: Los notarios reimpulsan una plataforma para intercambiar documentos oficiales con países de Iberoamérica

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana