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COMPLEMENTO TRANSITORIO

22/11/2006
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Decreto Foral 70/2006, de 16 de octubre, por el que se fija para el año 2006 el importe del complemento transitorio derivado del Plan de Actuación del personal de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia de Navarra (BON de 22 de noviembre de 2006). Texto completo.

§1020078

DECRETO FORAL 70/2006, DE 16 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE FIJA PARA EL AÑO 2006 EL IMPORTE DEL COMPLEMENTO TRANSITORIO DERIVADO DEL PLAN DE ACTUACIÓN DEL PERSONAL DE LOS CUERPOS AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE NAVARRA.

Tras el oportuno proceso negociador, se ha suscrito con fecha 20 de julio de 2006 un Acuerdo entre la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y los sindicatos CCOO y UGT sobre condiciones de empleo del personal al servicio de la Administración de Justicia en Navarra para los años 2006-2008.

Por lo que se refiere a los aspectos retributivos contenidos en el mismo, se incluye una mejora retributiva en el complemento transitorio con la finalidad de adecuar las retribuciones del personal al servicio de la Administración de Justicia en Navarra, en cómputo global, a las del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

En consecuencia, se hace preciso fijar para el año 2006 el importe del complemento transitorio derivado del Plan de Actuación del personal de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia en Navarra.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día dieciséis de octubre de 2006,

DECRETO:

Artículo 1. Importe del complemento transitorio derivado del Plan de Actuación del personal de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia en Navarra.

Con efectos de 1 de enero de 2006, el complemento transitorio derivado del Plan de Actuación del personal al servicio de la Administración de Justicia en Navarra queda fijado en las siguientes cuantías mensuales en función del Cuerpo al que pertenezcan:

_Médicos Forenses: 382,60 euros.

_Gestión Procesal y Administrativa: 382,60 euros.

_Tramitación Procesal y Administrativa: 335,10 euros.

_Auxilio Judicial: 318,85 euros.

Artículo 2. Reducción del complemento transitorio.

El complemento transitorio a que se refiere el artículo anterior se reducirá, en su caso, en el importe correspondiente a los incrementos retributivos que pudieran derivar de modificaciones de la normativa estatal que sean de necesaria aplicación al personal de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia en Navarra.

A los efectos de lo previsto en este artículo no se tendrá en cuenta, para los puestos de trabajo que actualmente tiene asignados 3 puntos en concepto de “especial dificultad” del complemento de destino por el artículo 8.1 del Real Decreto 1909/2000, de 24 de noviembre, el incremento de hasta un punto que puedan experimentar por el referido concepto.

Artículo 3. Actualización del complemento transitorio.

El complemento transitorio fijado en el artículo 1 del presente Decreto Foral se modificará en la cuantía necesaria, en su caso, con el fin de que el incremento general anual de las retribuciones del personal de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia en Navarra se equipare globalmente al incremento general anual de las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

A los efectos de lo dispuesto en este artículo se tendrán en cuenta, además del incremento general, los incrementos de las retribuciones complementarias que experimente con carácter generalizado el personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

DISPOSICIONES FINALES

Primera._Habilitación para el desarrollo y ejecución del Decreto Foral.

Se faculta al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior para dictar las disposiciones que sean precisas para el desarrollo y ejecución del presente Decreto Foral.

Segunda._Entrada en vigor.

El presente Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

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