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  • EDICIÓN DE 20/11/2006
 
 

CENTRO INTERNACIONAL DE ALTOS ESTUDIOS AGRONÓMICOS MEDITERRÁNEOS

20/11/2006
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Aplicación provisional del Canje de Notas, constitutivo de Acuerdo entre España y el Centro Internacional de Altos Estudios Agronómicos Mediterráneos (CIHEAM) para lograr la equivalencia entre los títulos otorgados por este último a través del Instituto Agronómico Mediterráneo de Zaragoza y el título oficial español de Máster, hecho en Madrid el 27 de septiembre de 2006 (BOE de 21 de noviembre de 2006). Texto completo.

§1020029

APLICACIÓN PROVISIONAL DEL CANJE DE NOTAS, CONSTITUTIVO DE ACUERDO ENTRE ESPAÑA Y EL CENTRO INTERNACIONAL DE ALTOS ESTUDIOS AGRONÓMICOS MEDITERRÁNEOS (CIHEAM) PARA LOGRAR LA EQUIVALENCIA ENTRE LOS TÍTULOS OTORGADOS POR ESTE ÚLTIMO A TRAVÉS DEL INSTITUTO AGRONÓMICO MEDITERRÁNEO DE ZARAGOZA Y EL TÍTULO OFICIAL ESPAÑOL DE MÁSTER, HECHO EN MADRID EL 27 DE SEPTIEMBRE DE 2006.

1/19 NOTA VERBAL

El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación del Reino de España presenta sus saludos al Centro Internacional de Altos Estudios Agronómicos Mediterráneos (CIHEAM) y tiene el honor de referirse a la cuestión relativa a la equivalencia del título Master of Science del CIHEAM con los correspondientes Títulos españoles.

1. Teniendo en cuenta la Decisión adoptada por el Consejo de Administración del CIHEAM, durante los días 15 y 16 de diciembre de 2005, según la cual se declara que “de acuerdo con el principio de reconocimiento dimanante del Tratado constitutivo, sus desarrollos y la voluntad declarada del Reino de España, procede que se reconozca la equivalencia entre el título de Master of Science otorgado por el CIHEAM a través del IAM de Zaragoza respecto de los títulos de Posgrado españoles, y se invita al Secretario General así como al Director del IAM de Zaragoza y a las autoridades competentes del Reino de España a realizar las actuaciones oportunas para reconocer los plenos efectos en el sistema español de educación superior del título de Master of Science otorgado por el CIHEAM en el IAM de Zaragoza”, el Reino de España tiene a bien comunicar al CIHEAM su acuerdo respecto del contenido de dicha Decisión declarando en consecuencia la equivalencia de los títulos de Master of Science otorgados por el CIHEAM a través del IAMZ al título oficial de Máster.

2. Toda vez que la adopción de este compromiso exige el cumplimiento de una serie de exigencias de orden constitucional, el Reino de España propone al CIHEAM que las disposiciones de la presente Nota Verbal se apliquen provisionalmente a partir del canje de instrumentos y que el Acuerdo entre en vigor a partir del momento en que se reciba la última de las comunicaciones por las que las Partes se notifiquen que han cumplido los requisitos legales internos.

Si lo antes expuesto fuese aceptable para el CIHEAM la presente Nota y la Nota de respuesta del CIHEAM expresando dicha conformidad constituirán un Acuerdo entre ambos.

El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación del Reino de España aprovecha esta ocasión para reiterar al CIHEAM las seguridades de su más alta consideración.

Madrid, a 25 de septiembre de 2006.

Al Centro Internacional de Altos Estudios Agronómicos Mediterráneos (CIHEAM)-París.

NOTA VERBAL

El Centro Internacional de Altos Estudios Agronómicos Mediterráneos (CIHEAM) ofrece sus respetos al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación del Reino de España y tiene el honor de confirmar la recepción de la Nota Verbal del Ministerio de fecha 25 de septiembre de 2006, y número 1/19, con el siguiente contenido:

“El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación del Reino de España presenta sus saludos al Centro Internacional de Altos Estudios Agronómicos Mediterráneos (CIHEAM) y tiene el honor de referirse a la cuestión relativa a la equivalencia del título Master of Science del CIHEAM con los correspondientes Títulos españoles.

1. Teniendo en cuenta la Decisión adoptada por el Consejo de Administración del CIHEAM, durante los días 15 y 16 de diciembre de 2005, según la cual se declara que “de acuerdo con el principio de reconocimiento dimanante del Tratado constitutivo, sus desarrollos y la voluntad declarada del Reino de España, procede que se reconozca la equivalencia entre el título de Master of Science otorgado por el CIHEAM a través del IAM de Zaragoza respecto de los títulos de Posgrado españoles”, y se invita al Secretario General así como al Director del IAM de Zaragoza y a las autoridades competentes del Reino de España a realizar las actuaciones oportunas para reconocer los plenos efectos en el sistema español de educación superior del título de Master of Science otorgado por el CIHEAM en el IAM de Zaragoza”, el Reino de España tiene a bien comunicar al CIHEAM su acuerdo respecto del contenido de dicha Decisión declarando en consecuencia la equivalencia entre los títulos de Master of Science otorgados por el CIHEAM a través del IAMZ al título oficial español de Máster.

2. Toda vez que la adopción de este compromiso exige el cumplimiento de una serie de exigencias de orden constitucional, el Reino de España propone al CIHEAM que las disposiciones de la presente Nota Verbal se apliquen provisionalmente a partir del canje de instrumentos y que el Acuerdo entre en vigor a partir del momento en que se reciba la última de las comunicaciones por las que las Partes se notifiquen que han cumplido los requisitos legales internos.

Si lo antes expuesto fuese aceptable para el CIHEAM, la presente Nota y la Nota de respuesta del CIHEAM expresando dicha conformidad constituirán un Acuerdo entre ambos.

El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación del Reino de España aprovecha esta ocasión para reiterar al CIHEAM las seguridades de su más alta consideración.”

El CIHEAM tiene el honor de confirmar al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación del Reino de España que las propuestas contenidas en la Nota Verbal son aceptables para el CIHEAM y que tal Nota Verbal, conjuntamente con esta Nota de Respuesta, constituirán un Acuerdo entre España y el CIHEAM, que se aplicará provisionalmente desde la recepción de la presente Nota, y que entrará en vigor a partir de la fecha de la última comunicación por la cual se notifique que se han cumplido los requisitos legales para la entrada en vigor.

El CIHEAM aprovecha esta ocasión para reiterar al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación del Reino de España las seguridades de su más alta consideración.

París, a 26 de septiembre de 2006.

El presente Canje de Notas se aplica provisionalmente a partir del 27 de septiembre de 2006, fecha del Canje de Notas, según se establece en el texto de las mismas.

Lo que se hace público para conocimiento general.

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