§1019919
RESOLUCIÓN PRE/3553/2006, DE 30 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE MODIFICA EL PÁRRAFO SEGUNDO DE LA BASE 12 DEL ANEXO DE LA RESOLUCIÓN PRE/2113/2006, DE 14 DE JUNIO, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REDACCIÓN DE MAPAS DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Y EQUIPAMIENTOS DEPORTIVOS DE LOS MUNICIPIOS DE CATALUÑA PARA EL PERÍODO 2006-2007.
El 27 de junio de 2006 se publicó en el DOGC núm. 4663 la Resolución PRE/2113/2006, de 14 de junio, por la que se aprueban las bases para la concesión de subvenciones para la redacción de mapas de instalaciones y equipamientos deportivos de los municipios de Cataluña para el período 2006-2007. El segundo párrafo de la base 12 del anexo dispone que el beneficiario de la subvención debe presentar correctamente, antes del 15 de octubre de 2006, la documentación correspondiente a la fase de análisis del MIEM (apartados a, b y c de la base 7) y, en este supuesto, el Consejo Catalán del Deporte tramitará el pago de hasta el 50% de la subvención.
Visto el informe emitido por el jefe del Servicio de Equipamientos Deportivos, de 2 de octubre de 2006, que argumenta la necesidad de modificar la fecha límite para justificar la subvención mencionada que establece el segundo párrafo de la base 12;
Considerando los artículos 92.3 y 93.b) del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y el Decreto 35/2001, de 23 de enero, sobre los órganos rectores y el funcionamiento del Consejo Catalán del Deporte,
Resuelvo:
Modificar el párrafo segundo de la base 12 del anexo de la Resolución PRE/2113/2006, de 14 de junio, por la que se aprueban las bases para la concesión de subvenciones para la redacción de mapas de instalaciones y equipamientos deportivos de los municipios de Cataluña para el período 2006-2007, que pasa a tener la redacción siguiente:
La entidad debe presentar correctamente, antes del 15 de marzo de 2007, la documentación correspondiente a la fase de análisis del MIEM (apartados a, b y c de la base 7) y, en este supuesto, el Consejo Catalán del Deporte tramitará el pago de hasta el 50% de la subvención.