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  • EDICIÓN DE 05/11/2006
 
 

MODIFICACIÓN DEL DECRETO FORAL 170/1998

05/11/2006
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Decreto Foral 73/2006, de 16 de octubre, por el que se modifica el Decreto Foral 170/1998, de 18 de mayo, por el que se reordenan los servicios y las actividades de medicina preventiva y de gestión de la calidad en los centros hospitalarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea (BON de 1 de noviembre de 2006). Texto completo.

§1019739

DECRETO FORAL 73/2006, DE 16 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO FORAL 170/1998, DE 18 DE MAYO, POR EL QUE SE REORDENAN LOS SERVICIOS Y LAS ACTIVIDADES DE MEDICINA PREVENTIVA Y DE GESTIÓN DE LA CALIDAD EN LOS CENTROS HOSPITALARIOS DEL SERVICIO NAVARRO DE SALUD-OSASUNBIDEA.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Por Decreto Foral 170/1998, de 18 de mayo, publicado en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra número 73, de 19 de junio de 1998, se reordenan los servicios y las actividades de medicina preventiva y de gestión de la calidad en los centros hospitalarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

A fin de adecuar la estructura organizativa de los Servicios de Medicina Preventiva y Gestión de la Calidad a las necesidades reales de cada centro hospitalario, el presente Decreto Foral modifica la citada regulación, en el sentido de suprimir en el Hospital de Navarra la Sección de Gestión de Calidad.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Salud, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día dieciséis de octubre de 2006.

DECRETO:

Artículo único._Modificación del Decreto Foral 170/1998, de 18 de mayo, por el que se reordenan los servicios y las actividades de medicina preventiva y de gestión de la calidad en los centros hospitalarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Se modifica el artículo 3.º del Decreto Foral 170/1998, de 18 de mayo, por el que se reordenan los servicios y las actividades de medicina preventiva y de gestión de la calidad en los centros hospitalarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, que queda redactado como sigue:

“Artículo 3.º Estructura organizativa en el Hospital de Navarra y en el Hospital Virgen del Camino.

1. El Servicio de Medicina Preventiva y de Gestión de la Calidad Hospitalaria del Hospital Virgen del Camino se estructura en las siguientes unidades:

a) Sección de Medicina Preventiva e Higiene Hospitalaria, que contará con un Facultativo Especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública.

b) Sección de Gestión de la Calidad, que contará con dos Facultativos Especialistas de Área, con la especialidad en Medicina Preventiva y Salud Pública o titulación de postgrado universitario que acredite formación en metodologías equivalentes y que se especificarán en cada caso. Además, podrá integrarse en la misma personal para el ámbito de las atenciones no sanitarias.

2. El Servicio de Medicina Preventiva y de Gestión de la Calidad Hospitalaria del Hospital de Navarra, contará con una Sección de Medicina Preventiva e Higiene Hospitalaria, que asumirá el desempeño de las funciones encomendadas a las dos Secciones contempladas en el apartado anterior.

Se adscriben a esta Sección el personal y los recursos actualmente adscritos a la Sección que se suprime en el presente Decreto Foral.

Disposición adicional._Supresión de unidad orgánica.

Se suprime la Sección de Gestión de la Calidad, adscrita al Servicio de Medicina Preventiva y de Gestión de la Calidad Hospitalaria del Hospital de Navarra.

Disposición final._Entrada en vigor.

El presente Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

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