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  • EDICIÓN DE 26/10/2006
 
 

DEROGACIÓN PARCIAL DEL DECRETO 477/2004

26/10/2006
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Decreto 402/2006, de 24 de octubre, por el que se deroga parcialmente el Decreto 477/2004, de 28 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 86/1982, de 15 de abril, creando la Medalla y la Placa Narcís Monturiol al mérito científico y tecnológico (DOGC de 26 de octubre de 2006). Texto completo.

§1019623

DECRETO 402/2006, DE 24 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE DEROGA PARCIALMENTE EL DECRETO 477/2004, DE 28 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 86/1982, DE 15 DE ABRIL, CREANDO LA MEDALLA Y LA PLACA NARCÍS MONTURIOL AL MÉRITO CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO.

El Decreto 86/1982, de 15 de abril, creó la Medalla y la Placa Narcís Monturiol al mérito científico y tecnológico para distinguir las personas físicas y jurídicas que, por sus méritos, hayan contribuido destacadamente a la aportación de Cataluña en los campos científico y tecnológico.

Esta disposición fue modificada por el Decreto 477/2004, de 28 de diciembre, que le adicionaba los artículos cuarto y quinto, con el fin de añadir una dotación económica inexistente hasta ese momento, así como establecer la presencia de un jurado que seleccionase las personas físicas y jurídicas merecedoras de estas distinciones, respectivamente.

Llegada esta nueva edición de entrega de dichas condecoraciones, es de interés del Gobierno de la Generalidad modificar las condiciones para la concesión de la Medalla y la Placa Narcís Monturiol, para dar un carácter exclusivamente honorífico a estas distinciones, y con esta finalidad se ha suprimido la dotación económica y el procedimiento de selección de los candidatos mediante jurado.

Por todo esto, a propuesta del consejero de Educación y Universidades y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo único

Se derogan los artículos 2 y 3 del Decreto 477/2004, de 28 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 86/1982, de 15 de abril, creando la Medalla y la Placa Narcís Monturiol al mérito científico y tecnológico.

Disposición final

Este Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el DOGC.

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