§1019542
ORDEN FORAL 369/2006, DE 6 DE OCTUBRE, DEL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA, POR LA QUE SE DEJAN SIN EFECTO LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES APROBADAS MEDIANTE LAS ORDENES FORALES 197/2006 DE 22 DE JUNIO Y 290/2006, DE 28 DE AGOSTO.
Mediante Orden Foral 197/2006, de 22 de junio, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, se establecieron medidas para prevención de incendios forestales en Navarra.
Mediante Orden Foral 290/2006, de 28 de agosto, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del territorio y Vivienda, se establecieron modificaciones a la anterior en el sentido de autorizar quemas, con condiciones, de restos de cultivos afectados por enfermedades.
Habida cuenta que las condiciones de riesgo se han atenuado con las lluvias del último mes y las bajas temperaturas nocturnas, procede dejar sin efecto las Ordenes Forales mencionadas anteriormente.
En consecuencia y de acuerdo con las facultades que tengo atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,
ORDENO:
1.º Dejar sin efecto, a partir de la fecha de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra de la presente Orden Foral, las Ordenes Forales 197/2006, de 22 de junio y 290/2006, de 28 de agosto.
2.º Publicar la presente Orden Foral en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra, y notificarla al Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, al Servicio de Conservación de la Biodiversidad, al Servicio de Extinción de Incendios, a la Policía Foral, a la Guardia Civil y a SOS Navarra, a los efectos oportunos.