Diario del Derecho. Edición de 29/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 16/10/2006
 
 

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 12 DE MAYO DE 2006

16/10/2006
Compartir: 

Orden de 4 de octubre de 2006, de la Consejería de Industria y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden de 12 de mayo de 2006, de la Consejería de Industria y Medio Ambiente, reguladora de las bases y convocatoria de las ayudas destinadas a centros tecnológicos para la adquisición y consolidación de infraestructuras tecnológicas, en el Marco del Plan de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia 2003- 2006, para el ejercicio 2006 (BORM de 16 de octubre de 2006). Texto completo.

§1019431

ORDEN DE 4 DE OCTUBRE DE 2006, DE LA CONSEJERÍA DE INDUSTRIA Y MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 12 DE MAYO DE 2006, DE LA CONSEJERÍA DE INDUSTRIA Y MEDIO AMBIENTE, REGULADORA DE LAS BASES Y CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DESTINADAS A CENTROS TECNOLÓGICOS PARA LA ADQUISICIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS TECNOLÓGICAS, EN EL MARCO DEL PLAN DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA REGIÓN DE MURCIA 2003- 2006, PARA EL EJERCICIO 2006.

I. Con fecha 12 de mayo de 2006 se ha dictado Orden de la Consejería de Industria y Medio Ambiente, reguladora de las bases y convocatoria de las ayudas destinadas a Centros Tecnológicos para la adquisición y consolidación de infraestructuras tecnológicas, para el ejercicio 2006 (BORM n.º 129 de 6 de junio de 2006).

II. El apartado 1 del artículo 2 de la mencionada Orden establece que “La financiación de las ayudas a las que se refiere la presente convocatoria se imputará a la aplicación presupuestaria de la Consejería de Industria y Medio Ambiente para el año 2006: Sección 16, Servicio 02, Programa 542C, Partida presupuestaria de gasto 787.00, Proyecto 35705 “Subvenciones y ayudas a infraestructuras para el desarrollo y la innovación tecnológica”, dotado con 200.000 euros.” El apartado 2 del mencionado artículo 2 dispone que las subvenciones que se otorguen serán adjudicadas hasta el límite de las disponibilidades presupuestarias, siempre y cuando se cumplan los requisitos legales establecidos en la presente Orden.

III. Conforme al procedimiento establecido en la Orden de convocatoria, se han concedido, a algunos de los centros tecnológicos solicitantes que han concurrido a dicha convocatoria, varias subvenciones para la adquisición y consolidación de infraestructuras tecnológicas hasta agotar el crédito de la aplicación presupuestaria dispuesta a tal efecto.

IV. No obstante y a la vista de la excelente calidad técnica de otras solicitudes presentadas, se ha realizado una transferencia de crédito de 90.000,00 euros, para aumentar el presupuesto inicial de la mencionada partida presupuestaria 16.02.00.542C.787.00, con la finalidad de poder ampliar el número de subvenciones concedidas y de centros tecnológicos beneficiarios de las ayudas derivadas de la citada convocatoria.

V. La modificación de la dotación inicial del crédito consignado para estas ayudas en la Orden de convocatoria, conforme al artículo 17.2 b) de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, conlleva la modificación parcial de la Orden que fija las bases reguladoras y convoca la citadas subvenciones.

En su virtud, a propuesta del Director General de Innovación Tecnológica y Sociedad de la Información, y en uso de las facultades que me confieren los artículos 16 y 25.4 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y el artículo 17.3 de la Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:

Dispongo

Artículo único.

Se incrementa el crédito inicialmente consignado en el apartado 1 del artículo 2 de la Orden de 12 de mayo de 2006, de la Consejería de Industria y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas destinadas a Centros Tecnológicos para la adquisición y consolidación de infraestructuras tecnológicas, para el ejercicio 2006, en 90.000 euros, con lo que el crédito total para la concesión de subvenciones a centros tecnológicos solicitantes acogidos a dicha convocatoria de ayudas queda fijado en 290.000 euros.

Disposición final

La presente Orden, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”, aunque sus efectos se retrotraerán al momento inicial de la entrada en vigor de la Orden reguladora de bases y convocatoria de ayudas citada en el artículo anterior.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana