Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 13/10/2006
 
 

MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN TRI/868/2006

13/10/2006
Compartir: 

Resolución TRI/3227/2006, de 21 de septiembre, de modificación de la Resolución TRI/868/2006, de 30 de marzo, por la que se abre la convocatoria pública del año 2006 para el otorgamiento de subvenciones destinadas a incentivar la realización de proyectos empresariales de investigación, desarrollo e innovación tecnológica (DOGC de 13 de octubre de 2006). Texto completo.

§1019418

RESOLUCIÓN TRI/3227/2006, DE 21 DE SEPTIEMBRE, DE MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN TRI/868/2006, DE 30 DE MARZO, POR LA QUE SE ABRE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DEL AÑO 2006 PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES DESTINADAS A INCENTIVAR LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS EMPRESARIALES DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA.

Mediante la Resolución TRI/868/2006, de 30 de marzo, publicada en el DOGC núm. 4608, de 5.4.2006, se abrió la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones destinadas a incentivar la realización de proyectos empresariales en investigación, desarrollo y innovación tecnológica, con el objetivo de que la industria catalana sea más competitiva e internacional.

Una vez cerrado el período de presentación de solicitudes, vista la propuesta de la Comisión de Evaluación y en aplicación de lo que prevé el último párrafo del artículo 14.2 de la Orden de bases TRI/53/2006, de 24 de febrero, sobre subvenciones destinadas a incentivar la realización de proyectos empresariales de investigación, desarrollo e innovación tecnológica, se ha considerado conveniente la aceptación de proyectos de carácter plurianual, hecho que hace necesario incluir las cantidades aceptadas y aprobadas por el Acuerdo de Gobierno de fecha 29 de agosto de 2006.

Vista la Ley 20/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2006;

De acuerdo con lo que disponen el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003);

En consecuencia, a propuesta de la Secretaría de Industria, considerando los informes previos de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

Artículo único

Modificar el artículo 2 de la Resolución TRI/868/2006, de 30 de marzo, por la que se abre la convocatoria pública del año 2006 para el otorgamiento de subvenciones destinadas a incentivar la realización de proyectos empresariales en investigación, desarrollo y innovación tecnológica, que queda redactado de la forma siguiente:

“Artículo 2

“Cantidad máxima y aplicación presupuestaria para su financiación

“2.1 La cantidad máxima destinada a estas ayudas durante el año 2006, en la modalidad de aportación dineraria, es de 22.230.908,02 euros.

“Su financiación irá a cargo de la partida presupuestaria TI02D/770.4000.08/6221 del presupuesto de la Secretaría de Industria para el año 2006.

“De esta cantidad:

“20.791.550,56 euros se destinarán a las ayudas para proyectos presentados por empresas, tanto personas físicas como personas jurídicas, de forma individual.

“1.439.357,46 euros se destinarán a las ayudas para proyectos conjuntos propuestos por agrupaciones de empresas (plataformas de innovación).

“2.2 La cantidad máxima destinada a estas ayudas durante el año 2007, en la modalidad de aportación dineraria, es de 5.711.070,72 euros.

“Su financiación irá a cargo del presupuesto de la Secretaría de Industria para el año 2007.

“De esta cantidad:

“4.674.557,37 euros se destinarán a las ayudas para proyectos presentados por empresas, tanto personas físicas como personas jurídicas, de forma individual.

“1.036.513,35 euros se destinarán a las ayudas para proyectos conjuntos propuestos por agrupaciones de empresas (plataformas de innovación).

“2.3 La cantidad máxima destinada a estas ayudas durante el año 2008, en la modalidad de aportación dineraria, es de 951.325,11 euros.

“Su financiación irá a cargo del presupuesto de la Secretaría de Industria para el año 2008.

“De esta cantidad:

“787.438,84 euros se destinarán a las ayudas para proyectos presentados por empresas, tanto personas físicas como personas jurídicas, de forma individual.

“163.886,27 euros se destinarán a las ayudas a proyectos conjuntos propuestos por agrupaciones de empresas (plataformas de innovación).

“2.4 En el caso de que no se hubiera agotado el importe máximo destinado a la presente convocatoria o bien que se disponga de fondos adicionales, se podrá ampliar esta convocatoria o bien abrir una nueva. En este último caso, la resolución correspondiente se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

“2.5 En caso de renuncias, tendrán derecho a ser beneficiarios los proyectos que no llegaron a obtener ayuda y que, según los criterios de valoración indicados en la Orden TRI/53/2006, de 24 de febrero, mantenían una posición inmediatamente posterior a la de los proyectos seleccionados según el orden de preferencia establecido, siempre que estos proyectos se puedan realizar en los plazos establecidos por esta Resolución”.

Disposición final

Esta Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana