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PRÁCTICAS DE COLABORACIÓN

16/08/2006
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Orden INT/407/2006, de 7 de agosto, por la que se convocan cuatro becas para la realización de prácticas de colaboración en tareas de planificación, evaluación, catalogación y estudio en el Departamento de Interior (DOGC de 16 de agosto de 2006). Texto completo.

§1018650

ORDEN INT/407/2006, DE 7 DE AGOSTO, POR LA QUE SE CONVOCAN CUATRO BECAS PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS DE COLABORACIÓN EN TAREAS DE PLANIFICACIÓN, EVALUACIÓN, CATALOGACIÓN Y ESTUDIO EN EL DEPARTAMENTO DE INTERIOR.

El Decreto 296/2003, de 20 de diciembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad, creó, entre otros, el Departamento de Interior, al que se le atribuyen las funciones previstas en el artículo 3.6, relacionadas con la seguridad ciudadana, la seguridad pública, el tráfico, las emergencias y la seguridad civil, y el juego y los espectáculos.

El Departamento de Interior quiere potenciar y facilitar la colaboración de jóvenes estudiantes y licenciados universitarios para que la experiencia que adquieran enriquezca su formación académica a la vez que adquieren una experiencia práctica del funcionamiento de la Administración y los prepare para su ejercicio profesional, mediante la realización de prácticas de colaboración en varias tareas propias del Departamento en las diferentes unidades orgánicas que integran la Secretaría General.

Por todo lo expuesto y de acuerdo con lo que prevé el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, ordeno:

Artículo 1

Abrir la convocatoria para adjudicar cuatro becas para la realización de prácticas de colaboración en tareas de planificación, evaluación, catalogación del fondo fotográfico y elaboración de estudios e informes en la Secretaría General del Departamento de Interior, dirigida a estudiantes de las universidades de Cataluña que estén cursando o hayan finalizado, en los últimos 6 meses, los estudios de Administración y Dirección de Empresas, Economía, Ciencias Políticas y de la Administración, Periodismo o Comunicación Audiovisual, o bien que hayan completado cualquiera de estas titulaciones y estén cursando o hayan completado, en los últimos 6 meses, estudios de máster o postgrado en cualquiera de las universidades de Cataluña.

Artículo 2

Aprobar las bases que tienen que regir la realización de las prácticas de colaboración objeto de la convocatoria y su desarrollo, las cuales se publican al anexo de esta Orden.

Artículo 3

La concesión de estas becas se imputa con cargo a la partida IT01D/480000100/1210 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2006, con un importe máximo de 24.000 euros.

Anexo

Bases

.1 Régimen jurídico

El régimen jurídico aplicable a estas becas es el que prevé el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

.2 Objeto y finalidad

Esta convocatoria tiene como objeto la concesión de un máximo de cuatro becas para la realización de prácticas de colaboración en tareas de planificación, evaluación, catalogación del fondo fotográfico y elaboración de estudios e informes a la Secretaría General del Departamento de Interior.

.3 Destinatarios/as

Las becas para la realización de prácticas de colaboración al Departamento de Interior se dirigen a:

Los/las estudiantes de las universidades catalanas que estén cursando o hayan completado, en los últimos 6 meses, estudios oficiales de cualquiera de las titulaciones de Administración y Dirección de Empresas, Economía, Ciencias Políticas y de la Administración, Periodismo o Comunicación Audiovisual;

O las persones que hayan completado cualquiera de las titulaciones mencionadas y se encuentren cursando estudios de máster o postgrado en cualquiera de las universidades de Cataluña, o los hayan completado en los últimos 6 meses.

.4 Duración y lugar de realización

Las prácticas tienen una duración de ocho meses. La dedicación de los/las beneficiarios/as es de veinte horas semanales y se llevarán a cabo en la sede de la Secretaría General del Departamento de Interior.

.5 Dotación económica

Cada beca tiene una dotación económica de 6.000 euros, con las retenciones legales correspondientes.

La concesión de las becas, dado su carácter de perfeccionamiento docente, no comporta una relación laboral de ningún tipo ni de prestación de servicios entre los/les becarios/arias y la Generalidad de Cataluña, ni da lugar a la inclusión en la Seguridad Social.

.6 Solicitudes y lugares de presentación

Las solicitudes deben formalizarse mediante una instancia dirigida al secretario general del Departamento de Interior y pueden presentarse en el registro del Departamento de Interior (Via Laietana, 69, 08003 Barcelona); en cualquiera de las delegaciones territoriales del Gobierno de la Generalidad en Barcelona (Via Laietana, 14, 08003 Barcelona), en Girona (Gran Via Jaume I, 9, 17001 Girona), en Lleida (paseo Lluís Companys, 1, 25003 Lleida), en Tarragona (c. Sant Francesc, 3, 43071 Tarragona), en Les Terres de l'Ebre (c. Montcada, 23, 43500 Tortosa), en la Cataluña Central (Via Laietana, 14, 08003 Barcelona) i en L'Alt Pirineu y Aran (crta. C-13, km 90,2, 25630 Talarn), o por cualquiera de los medios que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

.7 Documentación que se debe adjuntar con la solicitud

A las solicitudes debe adjuntarse la documentación siguiente:

a) Fotocopia del DNI y del NIF del/de la solicitante de la beca.

b) Declaración sobre si se han pedido o se han obtenido otras ayudas con la misma finalidad y el importe de esta financiación.

c) Currículum del/de la solicitante, en el que es preciso indicar los estudios y la experiencia anterior en las materias relacionadas con cada una de las titulaciones y con el ámbito de competencias del Departamento de Interior.

d) Fotocopia compulsada del expediente académico y de los certificados que acrediten la realización de los estudios necesarios para participar en la convocatoria, de acuerdo con lo establecido por la base 3.

e) Memoria de una página donde se expongan las motivaciones y las razones por las que se solicita la beca.

f) Documento acreditativo de conocimientos de lengua catalana de nivel de suficiencia (nivel C).

g) Declaración responsable de la persona solicitante de no encontrarse en ningún supuesto de prohibición de los que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, 17 de noviembre, general de subvenciones.

h) Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En relación con el certificado tributario, la persona solicitante debe autorizar en la misma solicitud al órgano gestor para obtenerlo directamente por vía telemática a través el Departamento de Economía y Finanzas.

.8 Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el DOGC.

.9 Criterios de valoración

Las solicitudes se valorarán a partir de la aplicación de los criterios siguientes:

a) El expediente académico y el currículum.

b) La experiencia en proyectos relacionados con cada una de las titulaciones y con el ámbito de competencias del Departamento de Interior.

Para la selección de los/de las aspirantes se podrá realizar una entrevista. Asimismo se podrá pedir a los/a les solicitantes la aportación de información y documentos complementarios.

.10 Comisión de selección

La selección de las personas aspirantes la llevará a cabo una comisión formada por los miembros siguientes: el secretario general, que actuará como presidente; el director de Servicios, como vocal; el subdirector general de Gestión Económica y Contratación, como vocal, y el jefe del Gabinete Técnico, que actuará como secretario.

.11 Tramitación

La comisión de selección analizará las solicitudes y elevará la propuesta de resolución a la consejera de Interior. La propuesta de resolución de la convocatoria debe ser motivada en aplicación de los criterios que prevé la base 9.

.12 Resolución de la convocatoria y recursos

La concesión de las becas se hará por resolución de la consejera de Interior y se notificará a las personas interesadas en el plazo de tres meses a contar a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La adjudicación de las becas se puede declarar desierta en su totalidad o parcialmente.

En la notificación se debe hacer constar que agota la vía administrativa. Contra esta resolución, las personas interesadas pueden interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la consejera de Interior en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de la notificación, de conformidad con lo que dispone el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de la notificación, de acuerdo con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, sin perjuicio de que interpongan cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

De acuerdo con lo establecido por el artículo 3 de la Ley 23/2002, de 18 de noviembre, transcurridos tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, los/les solicitantes entenderán desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.

.13 Aceptación de la beca

Los/les beneficiarios/arias de las becas tienen que formalizar la aceptación de la beca mediante la firma de un documento en el que se comprometan a cumplir las condiciones generales que establecen estas bases y también las específicas que se incluyan en relación a la ejecución de las prácticas.

.14 Publicidad

El Departamento de Interior dará publicidad de las becas concedidas en el plazo de un mes desde la fecha de la resolución que pone fin al procedimiento, exponiendo una relación en el tablón de anuncios de la sede del Departamento, en el vestíbulo del edificio situado en Via Laietana, 69, 08003 Barcelona. Las subvenciones iguales o superior a 3.000 euros serán publicadas en el DOGC.

.15 Forma de pago

El pago de las becas se realizará de forma fraccionada: un 50% del importe se tramitará en el momento de concesión de las becas una vez formalizada la aceptación de la beca. El pago del 50% restante se realizará a la finalización de las prácticas.

.16 Justificación

El pago de la segunda fracción del importe de las becas otorgadas se tramitará previa certificación del aprovechamiento de la beca por parte del secretario general del Departamento de Interior.

.17 Derechos y obligaciones de los/de les becarios/as

Los/les adjudicatarios/as tendrán derecho al seguimiento personalizado de sus prácticas mediante la tutoría que se designe y a recibir un certificado relativo a las prácticas realizadas al Departamento de Interior.

Los/les adjudicatarios/as están obligados a llevar a cabo la actividad subvencionada en los términos que prevé esta Orden, a cumplir las normas de funcionamiento del Departamento de Interior y a seguir las instrucciones dadas por los tutores y otro personal del Departamento.

Los/les adjudicatarios/as también están obligados a facilitar toda la información que les sea requerida por la Intervención General de la Generalidad, la Sindicatura de Cuentas u otros órganos competentes, de acuerdo con la normativa vigente.

.18 Revocación

El Departamento de Interior puede revocar, con audiencia previa de los/de las becarios/as, la concesión de las becas, por ausencia injustificada o falta de aprovechamiento o por cualquiera otra causa que implique el incumplimiento de la finalidad por a la que fueron concedidas las becas, y de las condiciones que se establecen en estas bases y en el documento de aceptación por parte del adjudicatario/a de la beca.

En los supuestos de revocación o renuncia a una beca de colaboración, se podrá adjudicar, dentro del orden establecido, a una de las personas que hayan sido designadas como suplentes en la resolución de adjudicación.

En el caso de renuncia o revocación, se resolverá, de acuerdo con la normativa vigente y las circunstancias concurrentes, si corresponde o no la devolución total o parcial de las cantidades satisfechas y si corresponde la suspensión o la anulación de los pagos restantes.

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