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SIDA

03/08/2006
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Decreto 69/2006, de día 21 de julio, por el que se aprueba la Estrategia del SIDA en las Illes Balears (BOCAIB de 3 de agosto de 2006). Texto completo.

§1018463

DECRETO 69/2006, DE DÍA 21 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA LA ESTRATEGIA DEL SIDA EN LAS ILLES BALEARS.

En las Illes Balears, los primeros casos de SIDA aparecieron en 1983, año en que las administraciones sanitarias nacionales y autonómicas se organizaron para dar una respuesta coordinada y multiinstitucional a la epidemia. El 2 de marzo de 1999, el Parlamento de las Illes Balears aprobó el ‘Plan estratégico para la prevención y el control del SIDA y de las infecciones asociadas al VIH de la comunidad autónoma de las Illes Balears’, que tenía como objetivo servir de marco referencial de todas las actuaciones relacionadas con el SIDA, y señala las prioridades y las estrategias de la Consejería de Sanidad y Consumo. En 2001, la Consejería de Salud y Consumo elaboró un nuevo Plan del SIDA en las Illes Balears 2001-2004’.

La infección por el virus de la inmunodeficiencia humana VIH/sida sigue siendo uno de los problemas de salud pública más graves de nuestra sociedad.

La no existencia de vacuna eficaz para su prevención, sus peculiaridades epidemiológicas, gravedad y cronicidad, hacen necesario seguir incidiendo en su prevención.

Así mismo, las repercusiones sociales, asistenciales y psicológicas de esta enfermedad hacen imprescindible la actuación coordinada de las administraciones en su atención y resolución.

Desde la aparición en las Illes Balears de los primeros casos de SIDA en el año 1983 hasta el momento actual, ha podido acumularse una gran experiencia en la lucha contra el SIDA a través de los diversos planes ejecutados.

Los objetivos generales para la prevención del SIDA no han variado sustancialmente desde la aparición de esta patología en 1981. Este hecho permite establecer una estrategia del VIH/SIDA en las Illes Balears como marco de referencia esencial para el diseño de planes operativos de carácter bianual. Estos planes permitirán un mayor acercamiento a la realidad del SIDA y una mayor concreción en los objetivos, facilitando el seguimiento y la evaluación de éstos.

El Gobierno de las Illes Balears es consciente de la importancia de unir esfuerzos e impulsar una acción integrada y multidisciplinar. Por este motivo se considera necesario contar con un instrumento que permita planificar, coordinar y evaluar todas las actuaciones relacionadas con la prevención y el control de la infección por el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH); así como la participación de las distintas administraciones públicas y la sociedad civil.

Por todo ello, a propuesta de la Consejera de Salud y Consumo, habiendo sido considerado por el Consejo de Gobierno, en la sesión de día 21 de julio de 2006 decreto:

Artículo 1. Objeto Es objeto del presente Decreto la aprobación de la Estrategia del SIDA en las Illes Balears, cuyas directrices y objetivos se establecen en el anexo del presente Decreto.

CAPÍTULO I Disposiciones generales

Artículo 2. Objetivos La Estrategia del SIDA en las Illes Balears tiene los objetivos generales siguientes:

- Prevenir la aparición de nuevas infecciones por VIH.

- Reducir el impacto negativo personal y social de la epidemia, y mejorar así la calidad de vida de las personas afectadas por VIH/SIDA.

Artículo 3. Desarrollo

1. La Estrategia del SIDA en las Illes Balears es el marco de referencia esencial para el diseño del Plan operativo que debe definirse bianualmente. El Plan operativo establecerá objetivos operativos en las distintas áreas de intervención.

En cada objetivo se indicarán las actividades a desarrollar y los indicadores de evaluación. El Plan operativo contará con la correspondiente memoria económica.

2. Las funciones de planificación, coordinación y evaluación de la Estrategia, en el ámbito de las Illes Balears, deben llevarse a cabo a través de la dirección general competente en materia de salud pública.

Artículo 4. Creación de órganos Para la consecución de los objetivos fundamentales y específicos de la Estrategia del SIDA en las Illes Balears, se crean los órganos siguientes:

- La Comisión Interdepartamental del SIDA en las Illes Balears.

- El Comité Técnico Asesor del SIDA en las Illes Balears.

- La Comisión de Coordinación y Participación del SIDA en las Illes Balears.

CAPÍTULO II De la comisión interdepartamental del SIDA en las Illes Balears

Artículo 5. Objeto La Comisión Interdepartamental del SIDA en las Illes Balears es un órgano de coordinación en materia de estrategia del SIDA, de carácter colegiado, creado para formular el Plan operativo conjunto, la aprobación y la evaluación, en relación con el cumplimiento de los objetivos de estrategia del SIDA.

Artículo 6. Adscripción orgánica La Comisión Interdepartamental del SIDA en las Illes Balears se adscribe a la consejería competente en materia de salud del Gobierno de las Illes Balears.

Artículo 7. Régimen jurídico 1. La Comisión Interdepartamental del SIDA en las Illes Balears dispone de autonomía funcional y debe actuar con plena independencia y objetividad y con sumisión a los principios establecidos en el artículo 3 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. La Comisión debe regirse por lo que establece la Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud de las Illes Balears, la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el presente Decreto y sus normas de funcionamiento interno.

Artículo 8. Funciones 1. Definir directrices para la elaboración del Plan operativo del VIH/SIDA.

2. Aprobar los planes operativos.

3. Realizar el seguimiento y la evaluación de los objetivos y de las actividades propuestas.

4. Aprobar la memoria anual.

5. Proponer las medidas de coordinación de actuaciones de los diferentes órganos de la Administración autonómica competentes en materia de salud pública y cooperar con los mencionados órganos en la lucha contra el VIH/SIDA.

6. Informar los anteproyectos de ley y proyectos de disposiciones reglamentarias relativas a estrategias contra el VIH/SIDA.

7. Divulgar toda aquella información que pueda resultar relevante para los ciudadanos en esta materia.

8. Cualquier otra función que, en el ámbito de sus competencias, le atribuya la persona titular de la consejería competente en materia de salud, para la protección colectiva de la salud de los ciudadanos.

Artículo 9. Organización y composición 1. La Comisión Interdepartamental del SIDA en las Illes Balears está compuesta por los miembros siguientes:

a) El titular de la consejería competente en materia de salud, que es el presidente, o persona en quien delegue.

b) El titular de la dirección general competente en materia de salud pública, que es el vicepresidente.

c) Actúan como vocales:

- El titular de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Formación del Profesorado de la Consejería de Educación y Cultura.

- El titular de la Dirección General de Servicios Sociales de la Consejería de Presidencia y Deportes.

- El titular de la Dirección General de Juventud de la Consejería de Presidencia y Deportes.

- La directora del Instituto Balear de la Mujer.

- El director general o el órgano de dirección del Servicio de Salud de las Illes Balears.

- El titular de la Dirección General de Inmigración, Comunidades Baleares Radicadas en el Exterior y Casas y Centros Regionales en las Illes Balears de la Consejería de Inmigración y Cooperación.

2. El coordinador autonómico del SIDA debe actuar como secretario, con voz y sin voto.

Artículo 10. Creación de grupos de trabajo La Comisión Interdepartamental del SIDA en las Illes Balears puede crear grupos de trabajo asesores para todas aquellas cuestiones que tienen incidencia directa o indirecta en la problemática del VIH/SIDA que actuarán como órganos consultivos en áreas concretas.

CAPÍTULO III Del Comité Técnico Asesor del SIDA en las Illes Balears

Artículo 11. Composición y funciones 1. El Comité Técnico Asesor del SIDA en las Illes Balears es el órgano asesor de la Comisión Interdepartamental del SIDA en las Illes Balears, adscrito a la consejería competente en materia de salud, que asume las funciones de asesoramiento y orientación técnica y científica de todo lo que se refiere a la prevención, la promoción de la salud, la educación para la salud, los aspectos clínicos de diagnóstico y tratamiento, la formación continuada, la investigación y cualquier otra actividad.

2. El Comité está compuesto por los miembros siguientes:

a) El presidente, que ha de ser el titular de la dirección general competente en materia de salud pública.

b) Los vocales, que han de ser:

- El jefe de departamento de Sanidad de la Dirección General de Salud Pública y Participación de la Consejería de Salud y Consumo.

- Un técnico de la Dirección General de Planificación y Financiación de la Consejería de Salud y Consumo.

- Un técnico de la Dirección General de Evaluación y Acreditación de la Consejería de Salud y Consumo.

- El coordinador autonómico del SIDA.

- Un técnico de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Formación del Profesorado de la Consejería de Educación y Cultura.

- Un técnico de la Dirección General de Servicios Sociales de la Consejería de Presidencia y Deportes.

- Un técnico de la Dirección General de Juventud de la Consejería de Presidencia y Deportes.

- Un técnico de la Dirección General de Inmigración, Comunidades Baleares Radicadas en el Exterior y Casas y Centros Regionales en las Illes Balears de la Consejería de Inmigración y Cooperación.

- Un técnico del Instituto Balear de la Mujer.

- Dos técnicos del Servicio de Salud de las Illes Balears.

Actuará como secretario, con voz y sin voto, un técnico de la Dirección General de Salud Pública y Participación de la Consejería de Salud y Consumo.

3. El Comité tiene que ejercer las funciones siguientes:

a) Elaborar estudios técnicos en materia de SIDA, teniendo en cuenta, a efectos de evitar duplicidades, los que se emitan desde otros organismos estatales y comunitarios.

b) Asesorar a la Comisión Interdepartamental del SIDA en las Illes Balears en aquellas cuestiones relacionadas con la prevención y tratamiento del SIDA.

c) Elaborar el borrador del Plan operativo.

d) Elaborar el borrador de la Memoria anual de actividades.

CAPÍTULO IV De la Comisión de Coordinación y Participación del SIDA en las Illes Balears Artículo 12. Objeto La Comisión de Coordinación y Participación del SIDA en las Illes Balears es el órgano superior de participación comunitaria y de consulta en materia del VIH/SIDA del sistema sanitario público de las Illes Balears, adscrito a la consejería competente en materia de sanidad.

Artículo 13. Funciones Son funciones de la Comisión de Coordinación y Participación del SIDA en las Illes Balears las siguientes:

1. Promover la coordinación de las distintas instituciones, organizaciones y asociaciones relacionadas con el VIH/SIDA.

2. Impulsar y participar en el desarrollo de las actuaciones definidas en el Plan operativo.

Artículo 14. Composición La Comisión de Coordinación y Participación del SIDA en las Illes Balears está formada por los siguientes miembros:

a) El presidente, que ha de ser el titular de la dirección general competente en materia de salud pública.

b) Los vocales, que serán:

- El jefe de departamento de Sanidad de la Dirección General de Salud Pública y Participación de la Consejería de Salud y Consumo.

- El coordinador autonómico del SIDA.

- Un representante de cada uno de los colegios profesionales siguientes:

Colegio Oficial de Médicos de las Illes Balears, Colegio Oficial de Diplomados en Enfermería de las Illes Balears, Colegio Oficial de Farmacéuticos de las Illes Balears, Colegio Oficial de Psicólogos de las Illes Balears, Colegio Oficial de Diplomados y Diplomadas en Trabajo Social y Asistentes Sociales de las Illes Balears.

- Siete representantes de las ONG que ejerzan actuaciones en materia del VIH/SIDA.

- Un representante de cada uno de los consejos insulares.

- Dos representantes del Ayuntamiento de Palma.

- Dos representantes de los municipios de las Illes Balears.

- Un representante del Consejo de Juventud de las Illes Balears.

Actuará como secretario, con voz y sin voto, un técnico de la Dirección General de Salud Pública y Participación de la Consejería de Salud y Consumo.

CAPÍTULO V De las disposiciones comunes a la Comisión Interdepartamental, al Comité Técnico Asesor y a la Comisión de Coordinación y Participación

Artículo 15. Nombramiento y cese de los miembros 1. Los miembros de los tres órganos deben ser nombrados y cesados mediante resolución de la persona titular de la consejería competente en materia de salud, a propuesta vinculante, en su caso, de las consejerías, administraciones públicas territoriales o entidades representadas en el seno de cada órgano.

2. Los ceses deben producirse una vez transcurridos cuatro años desde la designación, o si concurre alguna de las causas destacadas en el apartado 4 de este artículo, y pueden ser designados nuevamente para períodos posteriores.

3. En el mismo acto de nombramiento de los vocales, deben nombrarse sus suplentes para los casos de ausencia, enfermedad o vacante, previa propuesta, en su caso, de la correspondiente organización representativa, mediante resolución del titular de la consejería competente en materia de salud.

4. Los vocales deben cesar por cualquiera de las causas siguientes:

a) Renuncia.

b) Los representantes de cada una de las consejerías o administraciones públicas territoriales y entidades representadas, por resolución de la persona titular de la consejería competente en materia de salud, previa propuesta vinculante de cese de estas organizaciones.

c) Los miembros de la administración sanitaria, por resolución del titular de la consejería.

d) Por transcurso del plazo para el cual fueron nombrados.

e) Por incapacidad permanente o muerte.

f) Por inhabilitación para el ejercicio de cargo público declarado por resolución judicial firme.

5. En el caso de cese de algún vocal representativo de las diversas consejerías, administraciones públicas territoriales o entidades representadas, debe efectuarse una nueva propuesta al titular de la consejería competente en materia de salud.

Artículo 16. Régimen de funcionamiento 1. Estos órganos han de reunirse en sesión ordinaria, como mínimo, una vez cada seis meses.

2. Así mismo, se pueden reunir, con carácter extraordinario, cuando lo decida su presidente o cuando lo soliciten, mediante petición razonada, como mínimo un tercio de sus miembros.

3. Su actuación y funcionamiento debe ajustarse a lo que dispone la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en materia de órganos colegiados, así como lo que dispone la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, sin perjuicio de elaborar su propio reglamento de régimen interno.

Artículo 17. Asistencia a las convocatorias Pueden asistir a las reuniones de la Comisión Interdepartamental, del Comité Técnico Asesor y de la Comisión de Coordinación y Participación, con voz pero sin voto, aquellas personas que representen otros centros directivos, organismos o instituciones públicas o privadas, para que presten la colaboración o el asesoramiento, y aquellos expertos cuya contribución se considere apropiada, cuando sean convocados por el presidente.

Artículo 18. Régimen económico 1. Los miembros de estos órganos no reciben ninguna remuneración por el ejercicio de sus funciones, excepto las dietas e indemnizaciones que, por razón del servicio, les puedan corresponder, de acuerdo con la normativa vigente.

2. La consejería competente en materia de salud ha de facilitar los medios personales y materiales para asegurar el funcionamiento de los órganos.

Disposición derogatoria única Queda derogado el Decreto 144/2002, de 13 de diciembre, por el que se crea el Consejo Asesor del SIDA/VIH de las Illes Balears, así como el Decreto 63/2001, de 27 de abril, por el que se crea el Fórum del SIDA en las Illes Balears.

Disposición final primera Habilitación de desarrollo Se faculta al titular de la consejería competente en materia de salud para dictar todas las normas que resulten necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Disposición final segunda Entrada en vigor Este Decreto entra en vigor al día siguiente a su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

ANEXO

ESTRATEGIA DE VIH/SIDA EN LAS ILLES BALEARS

A. OBJETIVOS GENERALES

1. Prevenir la aparición de nuevas infecciones por VIH.

2. Reducir el impacto negativo personal y social de la epidemia, mejorando así la calidad de vida de las personas afectadas por VIH/sida.

B. ESTRATEGIAS Para la consecución de los objetivos generales, se han fijado una serie de estrategias en las siguientes áreas de actuación: información y vigilancia epidemiológica, prevención, atención sanitaria y social, formación e investigación, y coordinación y participación.

1. ESTRATEGIAS EN INFORMACIÓN Y VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA 1.1 Mantener un sistema de vigilancia epidemiológica que permita cuantificar la magnitud de la infección y su evolución.

1.2 Disponer de información sobre los factores de riesgo en la transmisión de la enfermedad, en los distintos grupos de población.

Objetivos - Mantener la vigilancia de los casos de sida: Registro autonómico del sida.

- Consolidar el sistema de notificación de nuevos diagnósticos de infección por VIH.

- Reforzar la vigilancia del VIH en poblaciones centinelas.

- Potenciar los estudios sobre conocimientos, actitudes y conductas de riesgo, así como su evolución en la población general y en los colectivos de especial interés.

- Implantar un sistema de vigilancia epidemiológica molecular de la infección por VIH.

- Implantar un sistema de notificación de accidentes biológicos.

- Difundir los resultados.

2. ESTRATEGIAS EN PREVENCIÓN 2.1 Normalizar socialmente la enfermedad Objetivos - Eliminar la estigmatización y discriminación de las personas VIH positivas.

- Garantizar el cumplimiento de la legislación vigente en todo aquello que afecte a los derechos individuales y colectivos de las personas con VIH/sida.

- Observar informaciones en medios de comunicación, iniciativas políticas y sociales que contribuyan a mantener el sida social, así como demandas de afectados y asociaciones ciudadanas 2.2 Fomentar la detección precoz de la infección por VIH Objetivos - Formar al personal sanitario y social en técnicas de información, orientación y asesoramiento siempre desde la perspectiva de género.

- Facilitar en Atención Primaria la detección de riesgo y el acceso al test VIH con consejo asistido previo y posterior a la prueba voluntaria y confidencial.

- Dar a conocer a la población general la prueba de VIH y cuando es necesario hacérsela.

- Garantizar la universalidad de la prueba VIH, acompañada de consejo asistido, a todas las mujeres embarazadas.

- Protocolizar la oferta de la prueba del VIH en los programas de atención a los colectivos especialmente vulnerables: usuarios de drogas por vía parenteral (UDVP), población interna en centros penitenciarios, profesionales del sexo, etc.

2.3 Disminuir las prácticas de riesgo y aumentar el uso de las medidas preventivas mediante el desarrollo de programas y actividades de prevención en las poblaciones dianas Objetivos a) Población general - Mantener un nivel adecuado de información sobre los aspectos básicos de la infección por VIH, las conductas que favorecen la transmisión y las medidas para evitarlas.

- Concienciar del riesgo real de padecer la infección y de la necesidad de mantener conductas saludables, principalmente relaciones sexuales seguras.

- Conseguir la aceptación por parte de la población de los programas y las medidas preventivas.

- Establecer líneas de colaboración, información y formación con los medios de comunicación social, dada su relevancia en la opinión pública, para potenciar las intervenciones preventivas.

b) Población procedente de otros países - Incluir la perspectiva multicultural en todos los programas y actuaciones encaminadas a la prevención y control del VIH/sida.

- Potenciar la incorporación de mediadores culturales en las organizaciones que trabajan con población inmigrante.

- Desarrollar estrategias de acercamiento a la población inmigrante.

- Formar al personal sanitario y social sobre las costumbres y tradiciones de la población inmigrante y las distintas culturas.

c) Mujeres - Introducir la perspectiva de género en todos los programas y actuaciones encaminadas a la prevención y control del VIH/sida.

- Disminuir la vulnerabilidad de la mujer ante el VIH/sida mediante la educación hacia la no discriminación basada en los condicionantes de género.

- Promover el uso del preservativo femenino d) Adolescentes y jóvenes - Abordar las actividades de prevención del VIH/sida con un enfoque global en el contexto de promoción de la salud sexual, prevención de las ITS (Infecciones de - Transmisión Sexual) y de los embarazos no deseados.

- Promover el conocimiento, la adquisición de actitudes positivas y el aprendizaje de habilidades para el desarrollo de conductas sexuales saludables, desde una perspectiva de género, dentro del marco de la educación para la salud y la educación en valores, incluyendo objetivos en el currículum escolar.

- Fomentar la formación específica del profesorado para realizar las intervenciones.

Incrementar el trabajo conjunto entre profesionales sanitarios/as, sociales y de educación.

- Potenciar las acciones preventivas fuera del ámbito escolar, interrelacionándolas con la promoción de la autoestima.

- Aumentar las intervenciones y los programas educativos dirigidos a jóvenes en situación de riesgo, reconociendo sus problemas específicos y su especial vulnerabilidad a la infección.

- Facilitar el acceso al preservativo y fomentar su correcta utilización.

- Facilitar el acceso de la juventud a los servicios sanitarios, adecuándolos a sus necesidades.

- Potenciar la participación de la juventud en la planificación, desarrollo y evaluación de las intervenciones.

e) Personas usuarias de drogas por vía parenteral - Fortalecer y consolidar los programas de reducción de daños - Reforzar las actividades de prevención de la transmisión sexual del VIH, desarrollando acciones para parejas serodiscordantes e intensificando las actividades de prevención en las personas infectadas.

- Incentivar estrategias específicas de acercamiento a UDVP (usuarios de drogas por vía parenteral) de difícil acceso.

f) Hombres con prácticas homosexuales o bisexuales - Fomentar las actividades y programas específicos de prevención de transmisión sexual dirigidos a este colectivo, con especial atención a parejas con estado serológico discordante, jóvenes y VIH positivos.

- Desarrollar intervenciones dirigidas a aumentar la percepción de riesgo y el diagnóstico precoz.

- Potenciar el movimiento asociativo para facilitar la implantación de los programas de prevención dirigidos a este colectivo.

g) Agentes que intervienen en la prostitución - Mantener los programas de acercamiento y de reducción de riegos en las personas que ejercen la prostitución.

- Aumentar los conocimientos y las habilidades de las personas que ejercen la prostitución para negociar prácticas sexuales más seguras con clientes y parejas sexuales.

- Mejorar el acceso al sistema sociosanitario y potenciar la detección precoz del VIH en las personas que ejercen la prostitución.

- Promover la participación del colectivo de profesionales del sexo en la definición y desarrollo de los programas de prevención y educación para la salud.

- Avanzar en el desarrollo de programas de acercamiento y reducción de riesgos en los usuarios de los servicios de prostitución.

h) Población interna en centros penitenciarios - Potenciar los programas de reducción de daños en UDVP en los centros penitenciarios.

- Intensificar las actividades de sensibilización y formación de funcionarios de prisiones para conseguir un clima favorable a los programas de reducción de daños.

- Implantar programas de promoción de salud mediante una adecuada diversidad de estrategias educativas y el acceso a los instrumentos de prevención.

- Promocionar la participación de la población penitenciaria en la definición, ejecución y evaluación de las intervenciones.

i) Personal sanitario - Implantar un programa de reducción de riesgos en centros sanitarios.

- Protocolizar las actuaciones en casos de posibles riesgos.

- Garantizar la adecuada atención y profilaxis.

3. ESTRATEGIAS EN ATENCIÓN SANITARIA Y SOCIAL 3.1 Garantizar la atención integral de las personas VIH positivas 3.2 Mejorar la calidad de vida de las personas afectadas Objetivos - Incrementar la coordinación entre las redes de asistencia sanitaria (Atención Primaria, Atención Especializada, CADs, centros penitenciarios...) facilitando la atención integral de las personas VIH positivos.

- Integrar actividades de prevención en la práctica asistencial.

- Incluir en los programas de planificación familiar el asesoramiento a las parejas con algún miembro seropositivo.

- Potenciar la coordinación con los dispositivos y recursos sociales, garantizando la atención a las necesidades especiales según la situación social, las características personales y la fase de la enfermedad.

- Destinar los recursos necesarios para garantizar el diagnóstico y el tratamiento de las personas afectadas.

- Potenciar la adherencia al tratamiento.

4. ESTRATEGIAS EN FORMACIÓN E INVESTIGACIÓN 4.1 Fomentar la formación y actualización del personal implicado 4.2 Potenciar la investigación en VIH/sida Objetivos - Desarrollar una línea de formación permanente para los profesionales sanitarios en relación a la prevención y tratamiento.

- Ampliar y actualizar los conocimientos del personal implicado en las áreas de prevención, educación sanitaria y apoyo psicosocial.

- Fomentar la formación del voluntariado en técnicas de prevención y atención.

- Potenciar la investigación de los aspectos clínicos, psicológicos, sociales y preventivos de la infección del VIH.

5. ESTRATEGIAS EN COORDINACIÓN Y PARTICIPACIÓN 5.1 Mejorar la coordinación entre los distintos departamentos, entidades e instituciones implicadas en disminuir el impacto y la progresión de la infección por VIH.

Objetivos - Establecer mecanismos de coordinación entre los distintos Departamentos del Govern, administraciones locales, ONGs, colegios profesionales y otras entidades ciudadanas.

- Desarrollar líneas de información y participación con otras instituciones, ONGs y entidades de participación ciudadana.

- Definir el compromiso de los distintos departamentos implicados en la consecución de los objetivos.

EVALUACIÓN La evaluación debe entenderse no sólo como un instrumento de medición del cumplimiento de los objetivos y el impacto de los programas de intervención, sino también como una herramienta de la planificación. La evaluación de la Estrategia se realizará a través de:

a) Indicadores básicos:

- Tasa de incidencia anual de casos de sida notificados por millón de habitantes, número y porcentaje por principales categorías de transmisión.

- Número de nuevas infecciones por VIH notificadas por año de diagnóstico.

- Prevalencia de infección por VIH en UDVP que han iniciado tratamiento a lo largo del año.

- Prevalencia de infección por VIH en la población penitenciaria.

- Prevalencia de la infección por VIH en donantes de sangre.

- Tasa de mortalidad anual por sida por 100.000 habitantes por sexo.

- Estancias hospitalarias (número de altas y estancia media) por VIH/sida (GDR 700-714) por año.

- Coste anual de los tratamientos con antirretrovirales.

b) Memoria anual del Plan Operativo Los indicadores del Plan Operativo vendrán definidos para cada actividad y se plantean como una evaluación del grado de cumplimiento de los objetivos operativos y grado de ejecución de las actividades.

c) Encuestas periódicas La evaluación se completa con encuestas de periodicidad variable, dependiendo de las actividades realizadas, que permitirán conocer los cambios y evolución de los conocimientos, actitudes y prácticas en relación al sida en las poblaciones objeto de los programas.

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