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  • EDICIÓN DE 01/08/2006
 
 

UNIVERSIDADES PÚBLICAS

01/08/2006
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Decreto 117/2006, de 28 de julio, del Consell, sobre régimen transitorio de aplicación, por las universidades públicas valencianas, al régimen del personal docente e investigador contratado laboral regulado en el Decreto 174/2002, de 15 de octubre (DOGV de 1 de agosto de 2006). Texto completo.

§1018418

DECRETO 117/2006, DE 28 DE JULIO, DEL CONSELL, SOBRE RÉGIMEN TRANSITORIO DE APLICACIÓN, POR LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS VALENCIANAS, AL RÉGIMEN DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR CONTRATADO LABORAL REGULADO EN EL DECRETO 174/2002, DE 15 DE OCTUBRE.

El Decreto 174/2002, de 15 de octubre, del Consell, sobre régimen y retribuciones del personal docente e investigador contratado laboral de las universidades públicas valencianas y sobre retribuciones adicionales del profesorado universitario, regula el régimen transitorio de los procesos de selección para la contratación de profesores contratados doctores, profesores colaboradores y ayudantes doctores, que con anterioridad a la entrada en vigor de dicho decreto hubieran mantenido cualquier clase de relación contractual con la universidad para realizar funciones docentes e investigadoras.

El Real Decreto-ley 9/2005, de 6 de junio, amplía hasta el curso 2008/2009 la posibilidad establecida en la disposición transitoria quinta de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que determinadas categorías de profesorado contratado puedan permanecer en la situación anterior a la aprobación de dicha ley orgánica. Por ello, y al objeto de hacer posible la integración de dicho personal en las nuevas figuras contractuales y dado que el mismo ya ha acreditado su capacidad en los diferentes procesos selectivos en que ha participado y a través del desempeño de sus funciones, procede completar el régimen transitorio ya previsto en el Decreto 174/2002, de 15 de octubre, del Consell, estableciendo que el acceso a las nuevas figuras contractuales, siempre y cuando reúnan los requisitos para ello, se efectué a través de un procedimiento que valore exclusivamente sus méritos, con respeto a los principios constitucionales de acceso al empleo público.

Este decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 53 del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana y en la disposición final tercera de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

Por todo ello, a propuesta del conseller de Empresa, Universidad y Ciencia, oído el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 28 de julio de 2006,

DISPONGO

Artículo único

Modificar la disposición transitoria tercera del Decreto 174/2002, de 15 de octubre, del Consell, sobre régimen y retribuciones del personal docente e investigador contratado laboral de las universidades públicas valencianas y sobre retribuciones adicionales del profesorado universitario, añadiendo un apartado 3, cuya redacción es la siguiente:

“Disposición transitoria tercera

3. Hasta el mes de octubre de 2008, las plazas de profesor contratado doctor o de profesor colaborador, creadas por la universidad por transformación de plazas de ayudante o de profesor asociado, existentes a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, se proveerán por concurso de méritos, valorando exclusivamente los acreditados de acuerdo con el baremo que al efecto establezca la universidad. En dichos concursos se tendrá en consideración lo dispuesto en el número 2 de esta disposición transitoria.”

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Se autoriza al conseller de Empresa, Universidad y Ciencia para dictar las disposiciones y actos necesarios para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente decreto.

Segunda

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat.

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