§1018219
ORDEN PRE/358/2006, DE 6 DE JULIO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN PRE/180/2006, DE 11 DE ABRIL, DE APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA PUBLICACIÓN DE OBRAS SOBRE LA HISTORIA CONTEMPORÁNEA DE CATALUÑA.
El Decreto 177/2006, de 23 de mayo, de reestructuración parcial del Departamento de la Presidencia suprime, entre otros órganos, la Secretaría de Coordinación Interdepartamental.
El Decreto 228/2006, de 30 de mayo, por el cual se dictan normas complementarias al Decreto 177/2006, de 23 de mayo, de reestructuración parcial del Departamento de la Presidencia adscribe el Centro de Historia Contemporánea de Cataluña a la Secretaría General de la Presidencia.
Vista la Orden PRE/180/2006, de 11 de abril, de aprobación de las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la publicación de obras sobre la historia contemporánea de Cataluña;
En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,
Ordeno:
Artículo 1
Las referencias que en la Orden PRE/180/2006, de 11 de abril, de aprobación de las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la publicación de obras sobre la historia contemporánea de Cataluña se hacen a la Secretaría de Coordinación Interdepartamental deben entenderse hechas a la Secretaría General de la Presidencia.
Artículo 2
Se modifica el artículo 7 de la Orden PRE/180/2006, de 11 de abril, de aprobación de las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la publicación de obras sobre la historia contemporánea de Cataluña, que queda redactado de la siguiente manera:
7. Evaluación y selección
7.1 Las solicitudes serán examinadas por una junta de evaluación integrada por un número de entre cuatro y seis miembros nombrada por la persona titular de la Secretaría General de la Presidencia a propuesta del Centro de Historia Contemporánea de Cataluña. La Junta de Evaluación podrá convocar a los interesados/as con el fin de solicitarles cualquier aclaración.
7.2 Actuará como órgano de instrucción, el/la jefe/a del Gabinete Técnico de la Secretaría General de la Presidencia.
7.3 Una vez examinadas las solicitudes la Junta de Evaluación elaborará la propuesta inicial de resolución del concurso que será motivada i se basará en la aplicación de los criterios siguientes:
a) La calidad del proyecto.
b) El interés historiográfico del estudio para publicar, en el conjunto de los países de lengua catalana.
c) El campo temático de la obra en relación con la profundidad de la identidad nacional y la novedad del contenido.
d) Las características formales de la publicación.
e) a actividad del editor (antigüedad, dedicación a publicaciones de historia y obras publicadas en este campo).
Disposición final
Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el DOGC.