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MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 23 DE DICIEMBRE DE 2005

29/05/2006
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Orden de 19 de mayo de 2006 por la que se modifica la Orden de 23 de diciembre de 2005 por la que se convocan subvenciones a entidades locales y entidades privadas sin fin de lucro que presten servicios sociales a personas mayores para el ejercicio 2006 (DOE de 27 de mayo de 2006). Texto completo.

§1017167

ORDEN DE 19 DE MAYO DE 2006 POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 23 DE DICIEMBRE DE 2005 POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES Y ENTIDADES PRIVADAS SIN FIN DE LUCRO QUE PRESTEN SERVICIOS SOCIALES A PERSONAS MAYORES PARA EL EJERCICIO 2006.

Preámbulo

El Decreto 261/2005, de 7 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a Entidades Locales y Entidades Privadas sin fin de lucro que presten servicios sociales a personas mayores (D.O.E. n.º 146, de 22 de diciembre de 2005) dispone en el artículo 4 que el procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en dicho Decreto será el de concurrencia competitiva y convocatoria pública periódica, mediante Orden de la Consejería de Bienestar Social.

Mediante Orden de 23 de diciembre de 2005, publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 1, de 3 de enero de 2006, se convocaron subvenciones a entidades locales y entidades privadas sin fin de lucro que presten servicios sociales a personas mayores, para el ejercicio 2006.

La disposición adicional quinta de la Ley 5/2005, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2006, señala que la cuantía global de los créditos presupuestarios, que habrán de ser fijados en las convocatorias periódicas de subvenciones, podrán aumentarse antes de resolver la concesión de la misma, en función de que existan nuevas disponibilidades presupuestarias, sin que ello implique abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

En base a lo anterior, existiendo en la Ley de Presupuestos Generales de 2006 créditos complementarios adecuados para esta finalidad, se hace necesario modificar la Orden de 23 de diciembre de 2005, ampliando la dotación económica prevista en la misma para atender las necesidades detectadas y así cumplir los objetivos previstos con esta ayuda.

Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispongo:

Artículo único. Modificación.

Se modifica el apartado l del artículo 5 de la Orden de 23 de diciembre de 2005, publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 1, de 3 de enero de 2006, por la que se convocan subvenciones a entidades locales y entidades privadas sin fin de lucro que presten servicios sociales a personas mayores, para el ejercicio 2006; que quedará redactado de la forma siguiente:

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA ORDEN de 22 de mayo de 2006 por la que se constituye lista de espera en el Cuerpo/Categoría de Titulados Superiores, Especialidad Ingeniería de Montes, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Por Orden de esta Consejería de 23 de diciembre de 2005 (D.O.E. n.º 4, de 10 de enero de 2006), se convocaron pruebas selectivas para la constitución de lista de espera en el Cuerpo/Categoría de Titulados Superiores, Especialidad Ingeniería de Montes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con el objeto de atender las necesidades de personal no permanente mediante la provisión temporal de puestos vacantes, tanto de personal funcionario como de personal laboral.

Finalizada la prueba selectiva, el tribunal de selección elevó a esta Consejería la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación total obtenido, publicándose la misma en los tablones de anuncios de la Consejería de Presidencia y en los Centros de Atención Administrativa de la Junta de Extremadura, correspondiendo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, constituir la lista de espera con los aspirantes seleccionados.

Visto lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, así como en el Decreto 4/1990, de 23 de enero, de atribución de competencias en materia de personal, esta Consejería de Presidencia, en uso de las atribuciones que tiene conferidas, dispone:

Primero. Constituir lista de espera por el orden de puntuación obtenida en las pruebas selectivas convocadas por Orden de 23 de diciembre de 2005, con el objeto de atender las necesidades de personal no permanente mediante la provisión temporal de puestos vacantes, tanto de personal funcionario como de personal laboral, en el Cuerpo/Categoría de Titulados Superiores, Especialidad Ingeniería de Montes.

La referida lista se expondrá al público en el tablón de anuncios de la Consejería de Presidencia y en todos los Centros de Atención Administrativa de la Junta de Extremadura.

Segundo. 1. La ordenación de la referida lista de espera resulta de aplicar los siguientes criterios:

1.º Mayor puntuación obtenida en la prueba selectiva.

2.º En los supuestos de empate el orden de prelación comenzará por la letra “A”, como así se establece en la Base Octava de la convocatoria.

“1. La financiación por parte de la Consejería de Bienestar Social de las subvenciones convocadas a través de la presente Orden, tendrá como límite la cantidad destinada a estos efectos en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2006, destinadas a estos fines por un importe total de 11.187.798 euros, en la aplicación presupuestaria 14.02.313D.760.00 por importe de 7.217.525 euros (proyecto 2000.14.02.0015 por importe de 5.127.823 euros, proyecto 2004.14.02.0006 por importe de 70.000 €, proyecto 2006.14.02.0012 por importe de 1.778.848 € y proyecto 2006.14.02.0014 por importe de 240.854 €); en la aplicación presupuestaria 14.02.313D.460.00 por un importe de 3.000.000 euros (proyecto 2000.14.02.0011 por un importe de 3.000.000 euros) y en la aplicación presupuestaria 14.02.313D.489.00 por importe de 970.273 euros (proyecto 2000.14.02.0012 por importe de 526.101 euros, proyecto 2000.14.02.0014 por importe de 125.714 euros y proyecto 2006.14.02.0013 por importe de 318.458 €)”.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el diario Oficial de Extremadura.

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