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  • EDICIÓN DE 16/05/2006
 
 

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN PTO/339/2005

16/05/2006
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Orden PTO/228/2006, de 5 de mayo, de modificación de la Orden PTO/339/2005, de 25 de julio, de convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para actuaciones sobre la red vecinal y rural de caminos en las zonas de montaña y aprobación de las bases reguladoras (DOGC de 15 de mayo de 2006). Texto completo.

§1016918

ORDEN PTO/228/2006, DE 5 DE MAYO, DE MODIFICACIÓN DE LA ORDEN PTO/339/2005, DE 25 DE JULIO, DE CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA ACTUACIONES SOBRE LA RED VECINAL Y RURAL DE CAMINOS EN LAS ZONAS DE MONTAÑA Y APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS.

La Orden PTO/339/2005, de 25 de julio, de conformidad con el artículo 11 de la Ley 2/1983, de alta montaña, que permite el establecimiento de políticas de subvenciones en relación con las zonas de montaña, hizo pública la convocatoria para la concesión de subvenciones, bajo el régimen de concurrencia competitiva, para actuaciones sobre la red vecinal y rural de caminos en las zonas de montaña y la aprobación de las bases reguladoras. La Resolución del consejero de Política Territorial y Obras Publicas de 21 de noviembre de 2005 otorgó las correspondientes subvenciones a los consejos comarcales relacionados en su anexo.

El punto 10.2 de las bases reguladoras de la mencionada Resolución establece la fecha del 15 de junio de 2006 como plazo otorgado a los beneficiarios para que entreguen la correspondiente documentación justificativa sobre la realización de las actuaciones, y poder así iniciar el trámite del pago de la subvención.

Varias circunstancias, ajenas a la voluntad de los consejos comarcales beneficiarios, están imposibilitando que una parte significativa de éstos puedan tener finalizadas las actuaciones subvencionadas en la fecha mencionada, de forma que, para favorecer al máximo los objetivos de la convocatoria, conviene modificar el mencionado plazo de justificación y retrasarlo hasta el día 30 de septiembre de 2006.

Por todo lo expuesto, de acuerdo con lo que disponen el capitulo 9 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre; las normas básicas de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el resto de la normativa vigente aplicable, i a propuesta de la Dirección General de Arquitectura y Paisaje,

Ordeno:

Artículo único

Modificar el primer párrafo del apartado 10.2 de las bases reguladoras aprobadas y publicadas como anexo 1 de la Orden PTO/339/2005, de 25 de julio, de convocatoria para la concesión de subvenciones, bajo el régimen de concurrencia competitiva, para actuaciones sobre la red vecinal y rural de caminos a las zonas de montaña y aprobación de las bases reguladoras, que queda redactado de la siguiente manera:

“10.2 Para poder iniciar el trámite de pago de la subvención, los beneficiarios deben entregar al Servicio de Acción Comarcal, hasta el 30 de septiembre de 2006, la siguiente documentación, justificativa de la realización de las actuaciones:...”.

Disposición final

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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