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  • EDICIÓN DE 05/05/2006
 
 

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO

05/05/2006
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A continuación transcribimos el texto íntegro de la Sentencia del Tribunal Supremo publicada en el BOE de 8 de mayo de 2006.

§1016713

Sentencia de 8 de marzo de 2006, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara nulo el párrafo segundo del artículo 20 del Real Decreto 437/1983, de 9 de febrero, sobre constitución y funcionamiento del Consejo Fiscal, redactado por Real Decreto 232/2005, de 4 de marzo, en el que se establece que “tampoco podrán ser candidatos los miembros del Ministerio Fiscal destinados en la Secretaría Técnica o en la Inspección Fiscal”.

En el recurso contencioso-administrativo 58/2005, interpuesto por la representación procesal de la Asociación de Fiscales, la Sala Tercera (Sección Primera) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 8 de marzo de 2006, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Procurador don Guillermo García San Miguel Hoover, en nombre y representación de la Asociación de Fiscales, contra el párrafo segundo del artículo 20 del Real Decreto 437/1983, de 9 de febrero, sobre constitución y funcionamiento del Consejo Fiscal, redactado por Real Decreto 232/2005, de 4 de marzo, en el que se establece que “tampoco podrán ser candidatos los miembros del Ministerio Fiscal destinados en la Secretaría Técnica o en la Inspección Fiscal”, precepto que declaramos radicalmente nulo por ser contrario a derecho, sin que debamos hacer expresa condena respecto de las costas procesales causadas.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos, cuya parte dispositiva se publicará en el Boletín Oficial del Estado, haciendo saber a las partes, al notificársela, que contra ella no cabe recurso ordinario alguno.

Presidente: Excmo. Sr. D. Ramón Trillo Torres; Magistrados: Excmo. Sr. D. Fernando Ledesma Bartret; Excmo. Sr. D. Mariano de Oro-Pulido y López; Excmo. Sr. D. Ricardo Enríquez Sancho; Excmo. Sr. D. Mariano Baena del Alcázar; Excmo. Sr. D. Pedro José Yagüe Gil; Excmo. Sr. D. Jesús Ernesto Peces Morate; Excmo. Sr. D. Antonio Martí García; Excmo. Sr. D. José Manuel Sieira Míguez; Excmo. Sr. D. Rafael Fernández Montalvo; Excmo. Sr. D. Óscar González González; Excmo. Sr. D. Manuel Vicente Garzón Herrero; Excmo. Sr. D. Juan José González Rivas; Excmo. Sr. D. Enrique Lecumberri Martí; Excmo. Sr. D. Manuel Campos Sánchez-Bordona; Excmo. Sr. D. Nicolás Maurandi Guillén; Excmo. Sr. D. Francisco Trujillo Mamely; Excmo. Sr. D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva; Excmo. Sr. D. Agustín Puente Prieto; Excmo. Sr. D. Santiago Martínez-Vares García; Excmo. Sr. D. Eduardo Espín Templado; Excmo. Sr. D. Juan Gonzalo Martínez Micó; Excmo. Sr. D. José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat; Excmo. Sr. D. Rafael Fernández Valverde; Excma. Sra. D.ª Celsa Pico Lorenzo; Excmo. Sr. D. Octavio Juan Herrero Pina; Excma. Sra. D.ª Margarita Robles Fernández; Excmo. Sr. D. Emilio Frías Ponce; Excmo. Sr. D. José Díaz Delgado; Excmo. Sr. D. Eduardo Calvo Rojas.

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