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CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA NÚM. 4464/1998

24/04/2006
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Conflicto positivo de competencia núm. 4464/1998, promovido por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña, en relación con el artículo 18.3 del Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por el Real decreto 928/1998, de 14 de mayo (sentencia) (DOGC de 24 de abril de 2006). Texto completo.

§1016474

CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA NÚM. 4464/1998, PROMOVIDO POR EL GOBIERNO DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA, EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 18.3 DEL REGLAMENTO GENERAL SOBRE PROCEDIMIENTOS PARA LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES POR INFRACCIONES DE ORDEN SOCIAL Y PARA LOS EXPEDIENTES LIQUIDATORIOS DE CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, APROBADO POR EL REAL DECRETO 928/1998, DE 14 DE MAYO (SENTENCIA).

El suplemento del BOE núm. 64, de 16.3.2006, publica la Sentencia 51/2006, de 16 de febrero, dictada por el Tribunal Constitucional en el conflicto positivo de competencia núm. 4464/1998, promovido por el Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña, en relación con el artículo 18.3 del Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por el Real decreto 928/1998, de 14 de mayo.

En dicha Sentencia, el Tribunal Constitucional ha decidido:

“Estimar parcialmente el conflicto positivo de competencia planteado por el Consejo de Gobierno de la Generalidad de Cataluña contra el artículo 18.3 del Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por el Real decreto 928/1998, de 14 de mayo, y, en su virtud, declarar que el citado artículo 18.3 vulnera las competencias de la Generalidad de Cataluña en los términos señalados en el último párrafo del fundamento jurídico 7.”

Barcelona, 21 de marzo de 2006

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