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USO SOSTENIBLE DEL MEDIO NATURAL

19/04/2006
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Orden de 15 de febrero de 2006, por la que se regula la participación de la Empresa de Gestión Medioambiental, S.A. en el desarrollo de determinados trabajos destinados a la protección, conservación y uso sostenible del medio natural andaluz (BOJA de 19 de abril de 2006). Texto completo.

§1016390

ORDEN DE 15 DE FEBRERO DE 2006, POR LA QUE SE REGULA LA PARTICIPACIÓN DE LA EMPRESA DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL, S.A. EN EL DESARROLLO DE DETERMINADOS TRABAJOS DESTINADOS A LA PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN Y USO SOSTENIBLE DEL MEDIO NATURAL ANDALUZ.

Según lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 206/2004, de 11 mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, compete a este organismo:

a) La ordenación de la gestión de los recursos naturales de Andalucía, así como el fomento de la adecuada asignación de usos del suelo y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables. e) El estudio, protección y conservación de la cubierta vegetal y del suelo; la restauración de ecosistemas forestales y naturales degradados, especialmente de los sujetos a procesos de desertificación. f) El estudio, protección y conservación de la flora y fauna silvestre, de sus hábitats, y el aprovechamiento sostenible de los recursos cinegéticos y piscícolas.

La Empresa de Gestión Medioambiental S.A.(en adelante EGMASA), como medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración, está obligada a realizar los trabajos que, en las materias que constituyen el objeto social de la empresa y, especialmente, aquéllos que sean urgentes o que se ordenen como consecuencia de las situaciones de emergencia que se declaren, le encomienden: La Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, los organismos públicos dependientes de ella, así como las Corporaciones Locales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía que suscriban a tal fin un convenio de colaboración con la Junta de Andalucía.

Entre los contenidos del objeto social de EGMASA, definidos por el artículo 2.1 del Decreto 17/1989, de 7 de febrero por el que se autoriza la constitución de la empresa de la Junta de Andalucía, Empresa de Gestión Medioambiental S.A., y en la redacción dada por el Decreto 117/1998, de 9 de junio que lo modifica, se encuentra “...La Sociedad tendrá por objeto social la realización de todo tipo de trabajos, obras, estudios, informes, proyectos, dirección de obras, consultorías, asistencias técnicas y servicios relacionados con la protección, conservación, regeneración o mejora del medio ambiente...”.

La participación de EGMASA en la gestión de las tareas encomendadas relacionadas con las materias descritas de competencia de esta Consejería, en virtud de lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 8/1997, de 23 de diciembre, por la que se aprueban medidas en materia tributaria, presupuestaria, de empresas de la Junta de Andalucía y otras entidades de recaudación, de contratación, de función pública y de fianzas de arrendamientos y suministros, así como en el Decreto 17/1989, de 7 de febrero, por el que se autoriza la constitución de dicha empresa pública, en la redacción dada por el Decreto 117/1998, de 9 de junio, y finalmente en aplicación del artículo 19 de la Ley 16/1999, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2000, hace aconsejable la publicación de la presente Orden, al objeto de regular las funciones a desarrollar por este medio propio de la Administración y la integración y coordinación entre el personal de la Administración ambiental y el de aquélla.

En su virtud, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, DISPONGO:

Artículo 1. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto encomendar a EGMASA, en el marco de su objeto social definido en el artículo 2.1 del Decreto 17/1989, de 7 de febrero en la redacción dada por el Decreto 117/1998, de 9 de junio; la realización de los siguientes trabajos, cuyas características de ejecución se detallan en el anexo de la presente Orden:

a) En materia de ordenación de los recursos naturales renovables de Andalucía y su aprovechamiento sostenible.

El mantenimiento del Catálogo de Montes de Andalucía.

Las operaciones de deslinde y amojonamiento de los montes públicos andaluces. El apoyo técnico a la revisión y actualización de consorcios y el seguimiento de los convenios existentes así como de las autorizaciones de ocupación y cambios de uso, tanto en montes públicos como en privados. El apoyo técnico en la elaboración y el seguimiento de los proyectos de ordenación de montes. El apoyo técnico en los procedimientos de concesión de ayudas y subvenciones destinadas a la protección, conservación y uso sostenible del medio natural andaluz. El apoyo técnico en la certificación y el aprovechamiento sostenible de los montes públicos andaluces. El apoyo técnico a la gestión del Servicio del Alcornocal y el Corcho en Andalucía.

b) En materia de estudio, protección y conservación de la cubierta vegetal y del suelo; la restauración de ecosistemas naturales.

La gestión de la red de viveros de Andalucía. La gestión de la red de daños en los ecosistemas forestales en Andalucía.

La dirección facultativa y la coordinación en materia de prevención de riesgos laborales en las obras de la Dirección General de Gestión del Medio Natural. La gestión de la vegetación en espacios periurbanos.

c) En materia de estudio, protección y conservación de la flora y fauna silvestre y sus hábitats.

El apoyo técnico en la gestión de las reservas andaluzas de caza y la asistencia al cazador y al pescador. El apoyo técnico a la gestión sostenible del medio marino. El apoyo técnico en la gestión de planes regionales. La gestión del Centro Andaluz de Análisis y Diagnóstico. La gestión del banco andaluz de germoplasma.

La gestión de la red andaluza de jardines botánicos. La gestión de la red andaluza de centros de cría en cautividad de especies amenazadas. La gestión de la red andaluza de centros de recuperación de especies amenazadas. La gestión de la red andaluza de comederos de aves carroñeras. La realización de inventarios y censos de la fauna silvestre. La gestión de la red andaluza de estaciones de referencia. El apoyo técnico a la inspección de parques zoológicos y granjas cinegéticas.

Artículo 2. Marco general de actuación.

1. La Dirección General de Gestión del Medio Natural desarrollará con carácter general y para el impulso de los trabajos encomendados por la presente Orden, las siguientes funciones:

a) La planificación y diseño de los objetivos, finalidades y estrategias de los trabajos definidos en el artículo 1.

b) La dirección de los trabajos definidos en el artículo 1.

c) El seguimiento del correcto funcionamiento de los trabajos definidos en el artículo 1 y establecidos en cada protocolo.

d) La coordinación con las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente, así como con los distintos organismos de las administraciones implicados en los trabajos definidos en el artículo 1.

2. EGMASA desarrollará con carácter general y para el impulso de los trabajos encomendados por la presente Orden, las siguientes funciones:

a) El cumplimiento de los objetivos y estrategias encomendadas por la presente Orden.

b) La organización y planificación de los distintos medios de producción necesarios para el desarrollo de los trabajos encomendados en esta Orden.

c) La realización de propuestas de mejoras en el desarrollo de los trabajos encomendados en esta Orden.

Artículo 3. Financiación de la participación de EGMASA.

1. El coste de las inversiones y gastos en que incurra EGMASA con motivo de su participación en la prestación de los trabajos encomendados, será sufragado con cargo a las transferencias previstas en el Plan de Actuación, Inversión y Financiación que anualmente se aprueben, con carácter finalista para los trabajos encomendados, en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 4. Comisión mixta de seguimiento.

4.1. La coordinación entre EGMASA y la Dirección General de Gestión del Medio Natural, en el desarrollo de los trabajos encomendados definidos en el artículo 1 se articulará a través de una Comisión mixta de seguimiento.

4.2. La Comisión mixta de seguimiento tendrá la siguiente composición:

a) La persona titular de la Dirección General de Gestión del Medio Natural.

b) La persona titular de la Coordinación General de la Dirección General de Gestión del Medio Natural.

c) El/la funcionario/a responsable de los respectivos servicios encomendados, que será/n designado/s por la persona titular de la Dirección General.

d) El/la Consejero/a Delegado/a de EGMASA.

e) Ella Director/a de la División de Planificación y Gestión de la Ecodiversidad.

f) Los/as responsables técnicos designados por EGMASA, para el correcto funcionamiento de los servicios públicos encomendados.

4.3. La Comisión mixta de seguimiento estará presidida por la persona titular de la Dirección General de Gestión del Medio Natural, quien designará a un/a funcionario/a de la Dirección General, para el desempeño de las funciones de secretaría.

4.4. La Comisión mixta de seguimiento se reunirá al menos dos veces al año para cada uno de los grupos de servicios establecidos en el artículo 1, sin perjuicio de cuantas otras reuniones de carácter ordinario o extraordinario se consideren necesarias, pudiendo asistir a las mismas, con voz pero sin voto, aquellas personas cuyo asesoramiento considere de interés el presidente.

4.5. Son funciones de la Comisión mixta de seguimiento:

a) La actualización del Catálogo de Medios aportados por la Dirección General de Gestión del Medio Natural para la prestación de los servicios encomendados y la aprobación de la planificación de medios humanos y materiales dispuestos para abordar su gestión, siempre de acuerdo con el marco financiero que anualmente se apruebe, con carácter finalista, en la Ley de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) La prestación de conformidad a todos los gastos producidos, sin perjuicio de las competencias de la Intervención General de la Junta de Andalucía.

c) La aprobación de los protocolos de funcionamiento, durante el primer trimestre del año así como las revisiones que se produzcan.

d) El establecimiento de criterios sobre perfiles profesionales, en particular, sobre los conocimientos y las capacidades funcionales de los distintos grupos y niveles que intervengan en el desarrollo y ejecución de los servicios encomendados.

e) La aprobación de un informe de evaluación anual sobre la idoneidad del servicio prestado.

f) Determinar las prioridades en la realización de las distintas actividades en función de las necesidades.

g) El conocimiento de cualquier otro aspecto que afecte al desarrollo de los servicios señalados en el artículo 1, no previsto en los apartados anteriores.

Artículo 5. Responsable técnico de EGMASA.

EGMASA designará, para cada una de las actividades recogidas en el artículo 1 un/a técnico/a responsable del correcto funcionamiento del conjunto de medios humanos y materiales gestionados por dicha empresa, su adecuación a los niveles de eficacia, rendimiento y calidad que se determinen y de su coordinación con los funcionarios/as titulares de los respectivos servicios encomendados por esta Orden.

Disposición final primera. Habilitación.

Se faculta al titular de la Dirección General de Gestión del Medio Natural para dictar cuantas instrucciones sean necesarias para el correcto desarrollo y ejecución de los trabajos encomendados por la presente Orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ANEXO DESCRIPCIÓN DETALLADA DEL CONTENIDO DE LAS TAREAS ENCOMENDADAS A EGMASA a) En materia de ordenación de los recursos naturales renovables de Andalucía y su aprovechamiento sostenible:

El mantenimiento del Catálogo de Montes de Andalucía:

Los trabajos a desarrollar serán los siguientes:

- El apoyo técnico para la consolidación del registro público de carácter administrativo, creado por el artículo 24 de la Ley 2/1992, Forestal de Andalucía, en el que se incluyen todos los montes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, pertenecientes a cualquiera de las Administraciones y Entidades Públicas.

- La actualización de la cartografía existente de los montes públicos mediante digitalización georreferenciada.

- El apoyo técnico a la investigación de las propiedades públicas de las que no se tenga constancia, ni en el Sistema de Información de Gestión de Montes y Aprovechamientos (SIGMA) ni en ningún otro soporte alfanumérico o gráfico.

- La publicación del informe final del catálogo de montes.

- Las operaciones de deslinde y amojonamiento de los montes públicos andaluces.

Los trabajos a desarrollar serán los siguientes:

- El apoyo técnico puntual a los ingenieros operadores con la revisión de la documentación presentada en la Delegación Provincial correspondiente que afecten a ese deslinde, así como prestando apoyo en las visitas que se hayan de realizar al campo.

- Apoyo técnico para la formalización y tramitación de expedientes de deslinde de montes públicos.

- Apoyo técnico para la formalización y tramitación de expedientes de amojonamiento de montes públicos.

El apoyo técnico a la revisión y actualización de consorcios y el seguimiento de los convenios existentes así como las autorizaciones de ocupación y cambios de uso, tanto en montes públicos como en privados.

El apoyo técnico en la elaboración y el seguimiento de los Proyectos de ordenación de montes y Planes Técnicos.

Los trabajos a desarrollar serán los siguientes:

- Elaboración y ejecución de inventarios forestales.

- Redacción de los proyectos de ordenación de montes y planes técnicos.

- Realización de señalamientos forestales y el seguimiento de cumplimiento y evolución de los Proyectos de Ordenación y Planes Técnicos tramitados y aprobados por la Dirección General de Gestión del Medio Natural.

- Elaboración de propuestas sobre alternativas viables en la ordenación de montes.

El apoyo técnico en los procedimientos de concesión de ayudas y subvenciones destinadas a la protección, conservación y uso sostenible del medio natural andaluz.

Los trabajos a desarrollar serán los siguientes:

- Asistencia técnica en la tramitación de las subvenciones de la Dirección General de Gestión del Medio Natural, en los plazos estipulados en la normativa vigente y con la calidad y rigurosidad que el procedimiento administrativo requiere.

- Emisión de informes técnicos de campo para el seguimiento de las acciones subvencionadas, tanto antes como después del procedimiento subvencional.

El apoyo técnico en la certificación y el aprovechamiento sostenible de los montes públicos andaluces.

Los trabajos a desarrollar serán los siguientes:

- Asistencia para el mantenimiento de la certificación de los montes públicos de la Junta de Andalucía según los estándares de Gestión Forestal Sostenible FSC/PEFC.

- El mantenimiento incluye los montes actualmente certificados que son:

Tabla omitida.

Las principales actuaciones son:

Mantenimiento de los sistemas de gestión forestal sostenible:

- Revisión de los Datos y Análisis.

- Elaboración de Documentación.

- Análisis de legislación.

- Entrega de la documentación y discusión.

- Formación a los responsables.

Auditorías interna y de seguimiento:

- Realización y preparación de Auditorías.

- Elaboración del Plan de Acciones Correctoras.

El apoyo técnico a la gestión del Servicio del Alcornocal y el Corcho en Andalucía.

Los trabajos a desarrollar serán los siguientes:

- Desarrollo del Plan de Calas con los siguiente ejes:

1. Estimación de calidad de corcho a partir de muestras recogidas en árbol antes del descorche.

2. Estimación de la calidad de corcho a partir de muestras recogidas en las pilas después del descorche.

3. Informe comparativo de la calidad del corcho.

4. Estudio de la espesura: densidad, área basimétrica de las zonas de descorche.

5. Densidad superficial del corcho. Validación de la metodología de estimación de calidad de estación y actualización anual del mapa de calidad de estaciones.

6. Mapa de calidad de corcho andaluz: Zonificación anual de la calidad del corcho ajustada a la superficie de alcornocal existente en nuestra Comunidad Autónoma.

7. Humedad del corcho.

8. Estimación de la producción anual de corcho en Andalucía.

9. Asesoramiento a propietarios de monte alcornocal.

- Desarrollo de la gestión de los Rodales Selectos.

- Gestión de la Suberoteca.

b) En materia de estudio, protección y conservación de la cubierta vegetal y del suelo la restauración de ecosistemas naturales.

La gestión de la red de viveros de Andalucía.

La Red de viveros multifuncionales de la Consejería de Medio Ambiente está compuesta por los siguientes centros:

- Alcaidesa: San Roque (Cádiz).

- Lugar Nuevo: Andújar (Jaén).

- Majarromaque: Jerez de la Frontera (Cádiz).

- Resinera: Arenas del Rey (Granada).

- Rodalquilar: Poblado de Rodalquilar (Almería).

- San Jerónimo: Sevilla.

- Tobas y Alberquillas: Higuera de la Sierra (Huelva).

Mediante el desarrollo de esta encomienda, se llevará a cabo:

- Apoyo técnico necesario para cumplir con los parámetros de calidad de planta exigidos en producción.

- Apoyo técnico para el desarrollo del servicio de certificación de todo el material forestal de reproducción en Andalucía.

- Elaboración y planificación del programa de colecta de M.F.R., así como el desarrollo de protocolos de propagación.

- Impulso y puesta en marcha de programas de investigación en aspectos relacionados con el viverismo y la producción y cultivo de plantas.

- Desarrollo de un programa específico de Educación Ambiental que fomente la concienciación en materia de protección, salvaguarda y conservación del medio Natural, e igualmente promover el desarrollo sostenible entre el ciudadano y su Entorno.

- Trasplante de ejemplares.

La gestión de la red de daños en los ecosistemas forestales en Andalucía.

Los trabajos a desarrollar serán los siguientes:

- Seguimiento del estado fitosanitario de las masas forestales, realización de cortas sanitarias y ejecución de las medidas necesarias para el control de aquellos problemas que puedan surgir en las mismas. Para ello se han establecidos dos sistemas, la Red de seguimiento de daños en masas forestales y la Red de Equilibrios Biológicos.

La dirección facultativa y la coordinación en materia de prevención de riesgos laborales en la obras de la Dirección General de Gestión del Medio Natural.

- Dirección facultativa y apoyo técnico para el análisis, valoración y aplicación de la normativa de prevención de riesgos laborales de obligado cumplimiento en el ámbito de los contratos de obras gestionados por la Dirección General de Gestión del Medio Natural.

La gestión de la vegetación en espacios periurbanos.

- Apoyo técnico para la redacción de proyectos que destinados a la conservación de especies vegetales en parques periurbanos, así como la gestión de la misma.

c) En materia de estudio, protección y conservación de la flora y fauna silvestre y sus hábitats.

El apoyo técnico en la gestión de las Reservas andaluzas de caza y la asistencia al cazador y al pescador.

Los trabajos a desarrollar serán los siguientes:

- La informatización de los recursos cinegéticos con aplicaciones específicas, la dotación de personal de apoyo técnico en aspectos puntuales de tramitación de planes técnicos de caza, cartografía o de servicios específicos.

- La ordenación cinegética por áreas homogéneas a través de los Planes de Ordenación, especialmente en los montes públicos con valoraciones estandarizadas y elaboración de los Planes Técnicos de Caza.

- Programas de control de determinadas especies cinegéticas (como el control de la cabra montés) y labores de formación, difusión y divulgación de la actividad cinegética en Andalucía.

- El mantenimiento de la actividad de la Comisión de Homologación de Trofeos de Caza, con homologación de trofeos, actualización la base de datos y coordinación de la misma.

El apoyo técnico a la gestión sostenible del medio marino.

Los trabajos a desarrollar serán los siguientes:

- Asesoramiento técnico sobre la gestión ambiental del medio litoral y marino andaluz, el levantamiento de información (inventarios, cartografía, estudios de conservación, etc.) de especies incluidas en el catálogo andaluz de especies amenazadas, así como otras especies incluidas en otros convenios, con especial seguimiento a los hábitats donde se desarrollan estas especies.

- Gestión integral de las embarcaciones, “punta polacra” con puerto base en Carboneras y la nueva embarcación para Cádiz.

El apoyo técnico en la gestión de Planes Regionales.

- Apoyo técnico para el seguimiento y control de especies amenazadas y sus hábitats a través del diseño de equipos técnicos distribuidos por aquellos territorios ocupados por las distintas especies de fauna amenazada que han sido objeto de planes regionales específicos.

Los trabajos a desarrollar serán los siguientes:

- La conservación y protección de hábitats.

- El seguimiento y control de las poblaciones.

- La investigación encaminada a definir de estrategias de conservación y recuperación.

La gestión del centro andaluz de análisis y diagnóstico.

Los trabajos a desarrollar en materia de control genético y sanitario de la fauna silvestre serán los siguientes:

- Apoyo técnico en el control genético y sanitario de la fauna silvestre.

- Planificación, desarrollo y análisis de campañas de seguimiento genético y sanitario en programas específicos de especies amenazadas y cinegéticas.

- Gestión del equipamiento e instalaciones necesarios para el control genético y sanitario de la fauna silvestre.

- Soporte técnico en el desarrollo e implantación de programas de vigilancia epidemiológica y seguimiento del estado sanitario de las especies silvestres.

- Evaluación y estudio de los posibles casos de envenenamiento de fauna en el medio natural y asistencia técnico-pericial en aquellos procesos judiciales con participación de la CMA y que estén asociados a delitos contra la fauna - Asistencia técnica en la realización de estudios sobre aspectos específicos a nivel genético y sanitario de la fauna silvestre.

La gestión del banco andaluz de germoplasma.

Los trabajos a desarrollar serán los siguientes:

- Asistencia para el mantenimiento del El Banco de Germoplama Vegetal Andaluz y de las colecciones del material vegetal en él contenidas en condiciones de viabilidad y con la adecuada variabilidad genética.

La gestión de la red andaluza de jardines botánicos.

Los trabajos a desarrollar serán los siguientes:

- Asistencia técnica para la gestión y mantenimiento de la Red de Jardines Botánicos en Espacios Naturales compuesta por once jardines, de los que ya se encuentran en funcionamiento siete de ellos que se muestran en la siguiente tabla:

Tabla omitida.

La Red se completará con cuatro nuevos jardines en los sectores Onubense, Nevadense y Aljíbico (ya en construcción), y Malacitano - Almijarense (zonas bajas), que se encuentra en fase de proyecto. De este modo quedarán representados todos los sectores biogeográficos del ámbito andaluz.

La gestión de la red andaluza de centros de cría en cautividad de especies amenazadas.

Los trabajos a desarrollar serán los siguientes:

- Asistencia para la correcta gestión y mantenimiento de la red andaluza de centros de cría en cautividad de especies amenazadas, con el objetivo de formar individuos de las especies objeto que sean aptas para la reproducción y obtención de descendencia de estas especies, mediante técnicas de cría natural que permitan en un futuro próximo la reintroducción con garantías de éxito en el territorio andaluz.

La gestión de la red andaluza de centros de recuperación de especies amenazadas.

Los trabajos a desarrollar serán los siguientes:

- Asistencia a la correcta gestión y mantenimiento de la red andaluza de centros de recuperación de especies amenazadas, con el objeto de prestar asistencia veterinaria a los ejemplares de especies vertebradas protegidas, con especial atención a las especies amenazadas, para rehabilitar el mayor número de ejemplares y reintroducirlas en el medio natural con las máximas garantías de éxito, ceder los ejemplares irrecuperables a centros de cría en cautividad, investigación y en último caso a centros con fines educativos.

En la actualidad conforman la red de centros de recuperación de especies amenazadas los siguientes:

- CREA las Almohallas. Almería.

- CREA Dunas de San Antón. Cádiz.

- CREA Los Villares. Córdoba.

- CREA El Blanqueo. Granada.

- CREA Quiebrajano. Jaén.

- CREA Pecho Venus. Málaga.

- CREA de Málaga. Málaga.

- CREA San Jerónimo. Sevilla.

La gestión de la red andaluza de comederos de aves carroñeras (RACAC).

Los trabajos a desarrollar serán los siguientes:

- Asistencia para la gestión y mantenimiento de RACAC con el objeto de complementar, en los 22 comederos que actualmente la integran, el alimento que las especies de aves carroñeras encuentran en el campo, en particular el Buitre leonado, el Buitre negro y el Alimoche.

En la actualidad conforman la red andaluza de comederos de aves carroñeras:

Almería:

- Montalviche (T.M. Vélez Blanco).

- Cerro del Muerto (T.M. María).

Cádiz:

- Los Juncales ( T.M. Algodonales).

- El Picacho (T.M. Alcalá de los Gazules).

- Valdeinfierno (T.M. Los Barrios).

Córdoba:

- Torilejos (T.M. Hornachuelos).

- Vegueta del Fresno (T.M. Cardeña).

- Santa Rita (T.M. Cabra).

Granada:

- Cortijo Becerra (T.M. Guadix).

Jaén:

- Valquemado (T.M. Andújar).

- Cerro de Navavaca (T.M. Santa Elena).

- Hoya de la Sierra (T.M. Pegalajar).

- Matarribazos (T.M. Jódar).

- Puerto de las Palomas (T.M. La Iruela).

- Fuentes Altas (T.M. Santiago-Pontones).

Málaga:

- El Torcal (T.M. Antequera).

- El Hondón (T.M. Ronda).

- El Chorro (T.M. Ardales).

- Tejeda (T.M. Sedella).

- Casares (T.M. Casares).

Sevilla:

- Las Navas - Berrocal (T.M. Almadén de la Plata).

- Huerta Tejada (T.M. Aznalcázar).

La realización de inventarios y censos de la fauna silvestre.

Los trabajos a desarrollar serán los siguientes:

- Asistencia técnica para la realización inventarios y censos de la fauna silvestre con la finalidad de conocer el estado de algunas poblaciones de fauna silvestre en Andalucía y llevar a cabo las actuaciones necesarias que garanticen la conservación de la biodiversidad en esta comunidad. Dentro de estos censos se incluye fauna amenazada y cinegética.

La gestión de la red andaluza de estaciones de referencia.

Los trabajos a desarrollar serán los siguientes:

- Asistencia para la gestión y mantenimiento de las estaciones de referencia con el objetivo de preservar ejemplares de las diferentes especies cinegéticas con garantías genéticas y sanitarias básicas, actuando de reservorio de ejemplares para que en cualquier caso de catástrofe puedan servir de referencia para cualquier tipo de repoblación. Las Estaciones de Referencia también prestarán apoyo a la investigación y desarrollo del conocimiento de la fauna cinegética, sirviendo como elementos de sustento de investigaciones básicas. Estas tienen que cumplir unos requisitos de aislamiento y mantenimiento mínimo.

En la actualidad conforman la red andaluza de estaciones de referencia:

- Estación de Referencia del Conejo, situada en la finca del Jarrama en la provincia de Huelva.

- Estación de Referencia de la Perdiz, situada en Lugar Nuevo, en el término municipal de Andújar (Jaén).

- Estación de Referencia del Corzo, está situada en el Picacho, termino de Alcalá de los Gazules (Cádiz).

- Estación de Referencia de la Cabra montés. Situada en el término municipal de Ojén (Málaga).

- Piscifactoría del Borosa. Está situada en el término municipal de Cazorla (Jaén).

El apoyo técnico a la inspección de Parques zoológicos y granjas cinegéticas.

Los trabajos a desarrollar serán los siguientes:

- Asistencia para la gestión y mantenimiento de este servicio cuyo objetivo es la realización de una catalogación de los núcleos zoológicos y en especial las granjas de especies cinegéticas, con inspecciones periódicas para determinar la adecuación de los ejemplares especialmente los utilizados como reproductores y las instalaciones de dichas granjas.

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