§1015872
RESOLUCIÓN EDC/692/2006, DE 26 DE ENERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN EDC/3617/2005, DE 15 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE RESUELVE EL CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LOS CENTROS DOCENTES PRIVADOS PARA EL NIVEL DE EDUCACIÓN INFANTIL.
Por la Resolución EDC/3617/2005, de 15 de diciembre (DOGC núm. 4538, de 28.12.2005), se resolvió el concurso público para la concesión de subvenciones a los centros docentes privados para el nivel de educación infantil.
De acuerdo con el apartado 2 de esta Resolución, se modificaron las subvenciones de los centros que fueron concedidas por la Resolución EDC/3545/2004, de 20 de diciembre, por incumplimiento de los requisitos y de las condiciones necesarias para su otorgamiento, de acuerdo con lo que dispone el artículo 4 de la Orden EDC/368/2005, de 25 de julio.
Dado que el centro docente privado Joan XXIII, de L'Hospitalet de Llobregat, con código 08018871, tiene concertadas 2 unidades de primer curso de educación infantil (P3), 2 unidades de segundo curso de educación infantil (P4) y 2 unidades de tercer curso de educación infantil (P5) para el curso 2005/06, hay que modificar la subvención que se concedió a este centro por la Resolución EDC/3545/2004, de 20 de diciembre, en el sentido de disminuir las unidades subvencionadas de tercer curso de educación infantil (P5).
Dado que el centro docente privado El Carme, de Mollerussa, con código 25003196, tiene concertadas 3 unidades de primer curso de educación infantil (P3), 3 unidades de segundo curso de educación infantil (P4) y 3 unidades de tercer curso de educación infantil (P5) para el curso 2005/06, hay que modificar la subvención que se concedió a este centro por la Resolución EDC/3545/2004, de 20 de diciembre, en el sentido de disminuir las unidades subvencionadas de tercer curso de educación infantil (P5) y el profesor recolocado (REI).
De acuerdo con lo expuesto y a propuesta de la Dirección General de Centros Educativos,
Resuelvo:
Modificar el anexo 2 de la Resolución EDC/3617/2005, de 15 de diciembre, por la que se resuelve el concurso público para la concesión de subvenciones a los centros docentes privados para el nivel de educación infantil, en el sentido de incluir a los centros que se especifican en el anexo de esta Resolución, dado que estas unidades ya están concertadas.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Asimismo, pueden interponer potestativamente recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, según lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Anexo
P5: unidades de tercer curso de educación infantil (5 años).
UD: unidades disminuidas.
REI: profesor recolocado de educación infantil.
Servicios territoriales: Barcelona II (comarques).
Municipio: L'Hospitalet de Llobregat.
Comarca: Barcelonès.
Denominación: Joan XXIII.
Código: 08018871.
UD: 2 P5.
Servicios territoriales: Lleida.
Municipio: Mollerussa.
Comarca: Pla d'Urgell.
Denominación: El Carme.
Código: 25003196.
UD: 2 P5 y 1 REI.