§1015784
ORDEN DE 8 DE MARZO DE 2006 POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA SEGURIDAD MINERA EN EXTREMADURA.
Partiendo del potencial minero industrial que existe en nuestra Comunidad Autónoma y entendiendo que la iniciativa privada debe incentivarse mediante acciones de fomento con el fin de mejorar, modernizar y adaptar las empresas existentes en Extremadura a la política desarrollada por la Junta de Extremadura tendente a potenciar la Seguridad Minera en nuestra región, el 1 de marzo de 2005 se publicó en el Diario Oficial del Extremadura el Decreto 49/2005, de 22 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras del régimen de las subvenciones para la seguridad minera en las empresas mineras de Extremadura.
Las ayudas otorgadas mediante el Decreto 49/2005, de 22 de febrero, son cofinanciadas por la Junta de Extremadura y la Unión Europea, a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), teniendo éstas como finalidad la de contribuir a la reducción de las diferencias de desarrollo y nivel de vida entre las distintas regiones y a la reducción del retraso de las regiones más desfavorecidas, encuadradas en la Medida 1.1 del Programa Operativo Integrado de Extremadura 2000-2006 (P.O.I.). Siendo considerado tanto este P.O.I. como el Plan de Empleo e Industria 2004-2007 como plan estratégico de esta línea de ayudas, a los efectos de lo requerido por el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y se establece, en dicho Decreto, como régimen de subvención el de mínimis, conforme a la regulación que establece la Comisión Europea en el Reglamento 69/2001.
En concordancia con lo anterior y conforme a las facultades que me atribuye el ordenamiento jurídico en el artículo 36 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, D I S P O N G O :
Artículo 1. Convocatoria.
Se convoca la concesión de subvenciones correspondientes al ejercicio 2006 para el fomento de la seguridad en las empresas mineras en Extremadura en desarrollo de las medidas contenidas en el Decreto 49/2005 por el que se establecen las bases reguladoras del régimen de las subvenciones para el fomento de la seguridad minera en Extremadura. Las solicitudes de subvención habrán de presentarse en el modelo que aparece en los anexos del citado Decreto, junto con el Anexo que a esta Orden se adjunta, en el plazo de los dos meses siguientes a aquél en el que se produzca la publicación de esta Orden de convocatoria en el D.O.E.
Artículo 2. Aplicación Presupuestaria.
Las subvenciones a otorgar lo serán con cargo a la Aplicación Presupuestaria 19.06.722A.770, Código de Proyecto 2004.19.06.0017, con importe total de 150.364 euros. Las mismas son cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
En cumplimiento de lo establecido en la Disposición Adicional Única del Decreto 125/2005, los solicitantes de estas ayudas podrán autorizar a la Consejería de Economía y Trabajo para que obtenga los certificados de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social de oficio, conforme se recoge en el modelo de solicitud adjunto, o bien aportarlos directamente adjuntándolos a la correspondiente solicitud de ayuda.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Anexo Omitido