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  • EDICIÓN DE 13/03/2006
 
 

TASAS VIGENTES DEL DEPARTAMENTO DE COMERCIO, TURISMO Y CONSUMO

13/03/2006
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Orden CTC/89/2006, de 27 de febrero, por la que se da publicidad a la relación de las tasas vigentes del Departamento de Comercio, Turismo y Consumo (DOGC de 13 de marzo de 2006). Texto completo.

§1015649

ORDEN CTC/89/2006, DE 27 DE FEBRERO, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD A LA RELACIÓN DE LAS TASAS VIGENTES DEL DEPARTAMENTO DE COMERCIO, TURISMO Y CONSUMO.

El artículo 41 de la Ley 20/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2006 (DOGC núm. 4541, de 31.12.2004), actualiza las tasas con tipo de cuantía fija.

El artículo 10 de la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de medidas financieras (DOGC núm. 4292, de 31.12.2004), modifica la disposición adicional tercera de la Ley 15/1997, y establece que en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de entrada en vigor de cualquier ley que modifique o cree tasas, o actualice los importes, cada uno de los departamentos del Gobierno debe publicar en el DOGC, sólo con efectos informativos, una relación de las tasas vigentes que gestionan, donde se identifiquen los servicios y las actividades que las generan y las cuotas correspondientes.

En virtud de lo expuesto,

Ordeno:

Se da publicidad, sólo con efectos informativos, a la relación de las tasas vigentes que gestiona el Departamento de Comercio, Turismo y Consumo, y que se especifican en el anexo de la presente Orden.

Anexo

Tasas del Departamento de Comercio, Turismo y Consumo

.1 Tasa para la tramitación de la licencia comercial de la Generalidad para grandes establecimientos comerciales: 3,40 euros por metro cuadrado de superficie de venta, regulada por el artículo 337 del título 12 de la Ley 15/1997, de 24 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, según la Ley 21/2001, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, y actualizada por la Ley 30/2002, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2003, la Ley 6/2004, de 16 de julio, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2004, la Ley 11/2004, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2005, y la Ley 20/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2006.

.2 Tasa para la tramitación del informe sobre grado de implantación de las empresas de distribución comercial que prevé la Ley 18/2005, de 27 de diciembre, de equipamientos comerciales: 0,80 euros por metro cuadrado de superficie de venta, regulada por el artículo 338 sexties del título 12 de la Ley 15/1997, según la Ley 21/2001, y actualizada por la Ley 30/2002, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2003, la Ley 6/2004, de 16 de julio, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2004, la Ley 11/2004, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2005, y la Ley 20/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2006.

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