§1015386
El Tribunal Supremo opina que este artículo podría ser contrario al 14 de la Constitución, que establece la igualdad de los españoles ante la ley, ya que puede perjudicar a los divorciados y separados frente a los casados, puesto que los primeros pierden el derecho a recibir pensión de viudedad si empiezan a convivir con otra pareja y los otros no.
El artículo 174.3 de la ley de la Seguridad Social establece que los derechos a la pensión de viudedad en los supuestos de separación o divorcio quedarán sin efecto en los casos del artículo 101 del Código Civil. La aplicación de esta normativa en el caso estudiado por el Supremo llevó a la Seguridad Social a retirarle la pensión a una beneficiaria divorciada antes de la muerte del cónyuge, porque después del fallecimiento convivió maritalmente con otra persona.