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CENTROS DE ATENCIÓN A NIÑOS

20/02/2006
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Resolución 23/2006, de 24 de enero, del Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales del Departamento de Educación por la que se establecen las tarifas de las familias para el curso 2006-2007 de los centros de atención a niños/as de 0 a 3 años de titularidad municipal, financiados mediante convenios con el Departamento de Educación, regulados por la Orden Foral 41/2005, de 28 de febrero, del Consejero de Educación (BON de 20 de febrero de 2006). Texto completo.

§1015232

RESOLUCIÓN 23/2006, DE 24 DE ENERO, DEL DIRECTOR GENERAL DE ENSEÑANZAS ESCOLARES Y PROFESIONALES DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS TARIFAS DE LAS FAMILIAS PARA EL CURSO 2006-2007 DE LOS CENTROS DE ATENCIÓN A NIÑOS/AS DE 0 A 3 AÑOS DE TITULARIDAD MUNICIPAL, FINANCIADOS MEDIANTE CONVENIOS CON EL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, REGULADOS POR LA ORDEN FORAL 41/2005, DE 28 DE FEBRERO, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN.

Visto el informe del Servicio de Ordenación e Innovación Escolar relativo al establecimiento de las tarifas de las familias de los centros de atención a niños/as de 0 a 3 años de titularidad municipal para el curso 2006-2007.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 22.1.d) de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

RESUELVO:

1.º Establecer las tarifas anuales máximas de las familias de los centros de atención a niños/as de 0 a 3 años de titularidad municipal, financiados mediante convenios con el Departamento de Educación, regulados por la Orden Foral 41/2005, de 28 de febrero, del Consejero de Educación, para el curso 2006/2007.

Tabla omitida.

Su pago se distribuirá en 11 mensualidades resultando las siguientes tarifas máximas mensuales:

Tabla omitida.

1.1. Las tarifas establecidas en el apartado anterior tendrán reducciones en función de la renta per cápita de los miembros de la unidad familiar, resultando la tarifa a abonar por la familia según la siguiente tabla:

Tabla omitida.

1.2. Las familias que tengan dos hijos/as asistiendo al centro, tendrán una reducción del 50 por 100 de la tarifa que les corresponda por el segundo hijo/a, siendo ésta como mínimo igual a la tarifa inferior establecida según el tipo de jornada.

1.3. Las familias con 3 o más hijos/as asistiendo al centro tendrán la reducción señalada en el apartado anterior por el segundo hijo/a, y la tarifa inferior establecida según el tipo de jornada, por el tercer hijo/a y siguientes.

1.4. A efectos de esta Resolución se considera renta per cápita anual a la cantidad que resulte de dividir la base imponible de la unidad familiar de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del año 2005 por el número total de los miembros de la familia en el momento de realización de la matrícula. En todos los casos se considerará la declaración de padre y madre, excepto cuando exista sentencia de separación, divorcio, o medidas legales para hijo extramatrimonial. En dichos casos se considerará la declaración del progenitor que ostente la guardia y custodia del niño/a, añadiendo a su base imponible la cantidad económica anual estipulada en la sentencia.

1.5. Las tarifas se establecerán en el momento de la formalización de la matrícula y no podrán modificarse durante el curso 2006/2007.

1.6. Todos los niños/as matriculados en el centro deberán abonar la tarifa de escolaridad correspondiente, aunque por causas justificadas no asistan al centro. La formalización de matrícula, salvo en casos de baja voluntaria, conlleva el compromiso de asistencia y pago de once mensualidades del curso. En el caso de que la formalización de la matrícula se produzca una vez iniciado el curso, el pago de las tarifas se realizará desde la incorporación del niño/a al centro.

2.º Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

3.º Contra la presente Resolución puede interponerse recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

4.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Ordenación e Innovación Escolar, al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios, al Servicio de Centros y Ayudas al Estudio, al Servicio de Atención a la Diversidad, Multiculturalidad e Inmigración y al Programa de Centros de Atención a niños/as de 0 a 3 años, a los efectos oportunos.

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