§1014755
DECRETO 17/2006, DE 24 ENERO DE 2006, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 137/2003, DE 22 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA.
Con objeto de alcanzar la máxima eficacia en la acción del Gobierno, se ha considerado conveniente introducir algunas modificaciones en la estructura departamental para adaptarla a las necesidades del momento presente.
En su virtud, a propuesta del Vicepresidente del Gobierno y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día veinticuatro de enero de 2006,
DISPONGO:
Artículo único.-Modificación del Decreto 137/2003, de 22 de julio.
Se introducen las siguientes modificaciones en el Decreto 137/2003, de 22 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma:
El apartado 1 del artículo 2 tendrá la siguiente redacción:
1. Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales
-Secretaría General Técnica
-Dirección General de Servicios Jurídicos
-Dirección General de Organización, Inspección y Servicios
-Dirección General de Administración Local y Política Territorial
-Dirección General de Interior.
El apartado 6 del artículo 2 tendrá la siguiente redacción:
6. Departamento de Industria, Comercio y Turismo
-Viceconsejero de Turismo
-Secretaría General Técnica
-Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa
-Dirección General de Energía y Minas
-Dirección General de Comercio y Artesanía
-Dirección General de Turismo.
El apartado 10 del artículo 2 tendrá la siguiente redacción:
10. Departamento de Servicios Sociales y Familia
-Secretaría General Técnica
-Dirección General de Familia
-Dirección General de Atención a la Dependencia.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.-El Gobierno de Aragón, a propuesta de cada Consejero, aprobará mediante Decreto las normas de desarrollo de la estructura orgánica que establece la presente disposición.
Segunda.-El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.