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  • EDICIÓN DE 26/12/2005
 
 

PROGRAMA ANUAL DE ACTUACIÓN ESTADÍSTICA

26/12/2005
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Decreto 274/2005, de 27 de diciembre, por el que se prorroga el Programa anual de actuación estadística para el año 2005 (DOGC de 29 de diciembre de 2005). Texto completo.

§1014317

DECRETO 274/2005, DE 27 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE PRORROGA EL PROGRAMA ANUAL DE ACTUACIÓN ESTADÍSTICA PARA EL AÑO 2005.

Visto que la Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de estadística de Cataluña, establece en su artículo 43 que el Gobierno de la Generalidad tiene que aprobar, a propuesta del consejero de Economía y Finanzas, un programa anual de actuación estadística en despliegue del Plan estadístico de Cataluña;

Visto que el nuevo Plan estadístico de Cataluña se encuentra en trámite parlamentario y que, en caso de que no haya sido aprobado por el Parlamento de Cataluña antes del 31 de diciembre del 2005, se produciría la prórroga automática del Plan estadístico de Cataluña 2001-2004, de acuerdo con lo que dispone el artículo 41 de la Ley 23/1998, de 30 de diciembre, de estadística de Cataluña;

Visto que el Gobierno aprobó, en fecha 28 de diciembre de 2004, el programa anual de actuación estadística para el año 2005, a propuesta del consejero de Economía y Finanzas y según lo que establece el artículo 10.n) de la Ley 23/1998, de estadística de Cataluña;

A propuesta del consejero de Economía y Finanzas y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo único

Prórroga del Programa anual de actuación estadística del 2005

1. Se prorroga el Programa anual de actuación estadística para el año 2005 hasta que se apruebe el nuevo Plan estadístico de Cataluña y el correspondiente programa anual de actuación estadística para el año 2006, que lo desarrollará.

2. Las actuaciones estadísticas que son objeto de esta prórroga son las actividades que figuran con su descripción normalizada en el anexo del Decreto 467/2004, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el programa anual de actuación estadística para el año 2005.

Disposición derogatoria

Queda derogada la disposición final 1 del Decreto 467/2004, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el programa anual de actuación estadística para el año 2005.

Disposiciones finales

1. Habilitación normativa

Se faculta al consejero o consejera de Economía y Finanzas para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo, la ejecución y la aplicación de este Decreto.

2. Entrada en vigor

Este Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2006.

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