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MODIFICACIÓN DEL DECRETO 176/2002

26/12/2005
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Decreto 416/2005, de 20 de diciembre, por el que se prorroga la vigencia del Decreto 176/2002, de 16 de julio, por el que se regulan las ayudas económicas a las familias con hijos e hijas (BOPV de 29 de diciembre de 2005). Texto completo.

§1014303

DECRETO 416/2005, DE 20 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE PRORROGA LA VIGENCIA DEL DECRETO 176/2002, DE 16 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULAN LAS AYUDAS ECONÓMICAS A LAS FAMILIAS CON HIJOS E HIJAS.

El Plan Interinstitucional de Apoyo a las Familias con Hijos e Hijas, aprobado por el Consejo de Gobierno en su sesión de 3 de julio de 2001, y ratificado mediante Acuerdo de 30 de julio de 2001, destaca como principal objetivo la remoción de los obstáculos de orden económico y socio-laboral a fin de que las familias tengan el número de hijos e hijas que libremente decidan.

El Plan se materializó, entre otras muchas actuaciones, en el Decreto 176/2002, de 16 de julio, que regula las ayudas económicas a las familias con hijos e hijas y tiene como objeto el apoyo a las familias tratando de atender las dificultades económicas extraordinarias que sobrevienen con el incremento de hijos e hijas por nacimiento o adopción. Se dio así el primer paso hacia la equiparación con los países europeos socialmente más avanzados.

El Decreto 176/2002, de 16 de julio, según se dispone en la disposición final quinta, finaliza su vigencia el 31 de diciembre de 2005. Ello no obstante, el Gobierno Vasco tiene la firme voluntad de mantener las ayudas, teniendo en cuenta la buena acogida que han tenido y su eficacia en la consecución de los fines del Plan, tal y como se ha manifestado en las sucesivas evaluaciones del mismo. Por ello, se ha decidido prorrogar la vigencia de dicho Decreto, que entrará en vigor el 1 de enero de 2006, de forma que haya una continuidad en la actividad de concesión de las ayudas previstas en el Decreto 176/2002, de 16 de julio.

El Decreto cuya vigencia se prorroga, de carácter subvencional y, por tanto, promocional o de fomento, se dicta al amparo de las competencias que los artículos 10.12 y 10.39 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco reconocen a la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de asistencia social, desarrollo comunitario, condición femenina, política infantil, juvenil y de la tercera edad.

Por otro lado, el Decreto 315/2005, de 18 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, ha dado una nueva configuración a la anteriormente denominada Viceconsejería de Inserción Social, pasando ésta a ser la Viceconsejería de Inserción Social y de Familia, y atribuyendo la competencia en la gestión de estas ayudas a la Dirección de Familia, esta adaptación competencial se efectúa en el Decreto de prórroga a través de la disposición adicional.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, oídos los órganos consultivos interesados, y previa deliberación y aprobación por el Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 20 de diciembre de 2005,

DISPONGO:

Artículo único.– Queda prorrogada la vigencia del Decreto 176/2002, de 16 de julio, por el que se regulan las ayudas económicas a las familias con hijos e hijas.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

1.– Todas aquellas referencias que en el Decreto 176/2002, de 16 julio, se efectúan al Viceconsejero de Inserción Social han de entenderse realizadas al Viceconsejero de Inserción Social y de Familia.

2.– Se entenderán realizadas a la Dirección de Familia y a la Directora de Familia, todas aquellas referencias que en el Decreto 176/2002, de 16 julio, se efectúan a la Dirección de Inserción Social y a la Directora de Inserción Social como órgano gestor de la ayuda y como responsable del mismo, respectivamente.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– Se faculta al Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social para dictar cuantas Disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación del presente Decreto.

Segunda.– El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

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