Diario del Derecho. Edición de 29/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 26/12/2005
 
 

SANIDAD VEGETAL

26/12/2005
Compartir: 

Orden de 20 de diciembre de 2005, por la que se derogan las Ordenes reguladoras de ayudas dirigidas a la mejora de la Sanidad Vegetal, que se citan (BOJA de 29 de diciembre de 2005). Texto completo.

§1014301

ORDEN DE 20 DE DICIEMBRE DE 2005, POR LA QUE SE DEROGAN LAS ORDENES REGULADORAS DE AYUDAS DIRIGIDAS A LA MEJORA DE LA SANIDAD VEGETAL, QUE SE CITAN.

Con el objeto de fomentar la colaboración activa de los agricultores en la lucha contra las plagas y enfermedades de los cultivos mediante el impulso de las técnicas de tratamientos integrados, y con el fin de la mejora de la sanidad vegetal, se dictaron las siguientes Ordenes:

- Orden de 27 de noviembre de 2002, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas dirigidas a la mejora de la Sanidad Vegetal mediante el fomento de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura.

- Orden de 28 de marzo de 2003, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a la mejora de la sanidad vegetal mediante la formalización de convenios de colaboración para el desarrollo de programas de producción integrada.

- Orden de 25 de junio de 2004, por la que se declara la plaga de la mosca mediterránea de la fruta (Ceratitis capitata Wiedemann),se establecen medidas de control y ayudas para su ejecución.

- Orden de 18 de enero de 2005, por la que se declara la existencia de los insectos vectores de los virus de los cultivos hortícolas, se establecen las medidas de control y las ayudas para su ejecución.

Dichas normas establecen un plazo de presentación de solicitudes desde el 1 al 31 de enero de cada año. La entrada en vigor del nuevo régimen jurídico en materia de subvenciones y ayudas, establecido por la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, hace necesaria la adaptación de las referidas Ordenes. En este sentido, con anterioridad a la próxima publicación de las normas reguladoras de las ayudas dirigidas a la mejora de la Sanidad Vegetal, se considera conveniente proceder a la derogación expresa de las Ordenes citadas.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, DISPONGO:

Artículo único. Derogación.

Quedan derogadas las siguientes Ordenes:

- Orden de 27 de noviembre de 2002, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas dirigidas a la mejora de la Sanidad Vegetal mediante el fomento de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura.

- Orden de 28 de marzo de 2003, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a la mejora de la sanidad vegetal mediante la formalización de convenios de colaboración para el desarrollo de programas de producción integrada.

- Orden de 25 de junio de 2004, por la que se declara la plaga de la mosca mediterránea de la fruta (Ceratitis capitata Wiedemann), se establecen medidas de control y ayudas para su ejecución.

- Orden de 18 de enero de 2005, por la que se declara la existencia de los insectos vectores de los virus de los cultivos hortícolas, se establecen las medidas de control y las ayudas para su ejecución.

Disposición Transitoria Única. Procedimientos en tramitación.

Los procedimientos en tramitación en la fecha de entrada en vigor de la presente Orden, así como las ayudas concedidas al amparo de las Ordenes que se derogan, continuarán rigiéndose por estas últimas.

Disposición Final Única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana