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  • EDICIÓN DE 24/12/2005
 
 

SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES PARA EQUIPAMIENTO DE PLAYAS

24/12/2005
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Resolución de 7 de diciembre de 2005, de la Dirección General de Promoción y Comercialización Turística, por la que se convoca la concesión de subvenciones para equipamiento de playas a las entidades locales de Andalucía (BOJA de 27 de diciembre de 2005). Texto completo.

§1014254

RESOLUCIÓN DE 7 DE DICIEMBRE DE 2005, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN TURÍSTICA, POR LA QUE SE CONVOCA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EQUIPAMIENTO DE PLAYAS A LAS ENTIDADES LOCALES DE ANDALUCÍA.

La Orden de 14 de marzo de 2005, de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, número 59, con fecha 28 de marzo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para equipamiento de playas a las entidades locales de Andalucía, delegó en el titular de la Dirección General de Promoción y Comercialización Turística la competencia para efectuar las convocatorias anuales de las subvenciones reguladas en dicha Orden.

En virtud de lo anterior y de conformidad con lo establecido en el Título VIII de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, RESUELVO:

Primero. Convocar para el ejercicio 2006 la concesión de subvenciones según el procedimiento general regulado en la citada Orden de 14 de marzo de 2005, de conformidad con las siguientes determinaciones:

1. El plazo de presentación de solicitudes será de 45 días a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

2. En lo referente al procedimiento, documentación y criterios para la concesión, se estará a lo dispuesto en la Orden de 14 de marzo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para equipamiento de playas a las entidades locales de Andalucía y demás normativa de aplicación.

3. La concesión de subvenciones a la que se refiere la presente convocatoria estará limitada a las disponibilidades presupuestarias para el ejercicio 2006.

4. El modelo de solicitud para la convocatoria será el que se adjunta como Anexo a la presente Resolución.

Segundo. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Anexo

Omitido.

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