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  • EDICIÓN DE 23/12/2005
 
 

MODIFICACIÓN DEL DECRETO 33/2003

23/12/2005
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Decreto 73/2005, de 23 de diciembre 2005, por el que se modifica el Decreto 33/2003, de 15 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Económico (BOR de 24 de diciembre de 2005). Texto completo.

§1014193

DECRETO 73/2005, DE 23 DE DICIEMBRE 2005, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 33/2003, DE 15 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO ECONÓMICO.

El Decreto 5/2003, de 7 de julio, modificó el número, denominación y competencias de las Consejerías en que se estructura la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Como consecuencia del mismo, el Decreto 33/2003, de 15 de julio, estableció la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Económico.

En dicha estructura, dentro del Instituto de Calidad de La Rioja, órgano administrativo con rango de Dirección General, y dependiendo directamente del Director General, se encuadró, el Área de Registro de Viñedo, unidad administrativa a la que no se dotó de mas estructura. Es necesario proceder a tal dotación, creando dos secciones que permitan organizar los dos tipos de gestión que desempeña dicha Área: la gestión del propio Registro de Viñedo, y por otro lado la gestión de las diferentes ayudas que, desde el Área, se vienen concediendo a los viticultores.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a iniciativa del Consejero de Agricultura y Desarrollo Económico y a propuesta del Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, y previa deliberación de sus miembros, en su reunión celebrada el día 23 de diciembre de 2005, acuerda aprobar el siguiente

Decreto

Artículo 1.

Se modifica el contenido del artículo 5 del Decreto 33/2003, de 15 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Económico, quedando redactado en los siguientes términos:

“Artículo 5.- Instituto de calidad de La Rioja, con rango de Dirección General.

Integran el Instituto de Calidad de la Rioja las siguientes unidades administrativas:

1.- Servicio de Calidad y Control

1.1.- Sección de Promoción y Prospección de Mercados

1.2.- Sección de Calidad

1.3.- Sección de Inspección de Calidad

2.- Servicio de Ganadería

2.1.- Sección de Sanidad y Producción Animal

2.2.- Sección de Identificación Animal

3.- Servicio de Análisis

3.1.- Unidad de Calidad

3.2.- Unidad Química

3.3.- Unidad Biológica

3.4.- Sección de Estación Enológica

4.- Servicio de Investigación y Desarrollo Tecnológico

4.1.- Sección de Viticultura y Enología

4.2.- Sección de Recursos Naturales

4.3.- Sección de Centros Tecnológicos

4.4.- Sección de Producción

5.- Área de Viñedo

5.1.- Sección de Registro de Viñedo

5.2.- Sección de Programas de ayuda”

Disposición Final Primera.

Las unidades administrativas de nueva creación no podrán proveerse en tanto no se modifique la actual Relación de Puestos de Trabajo.

Disposición Final Segunda.

El presente Decreto entrará el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

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