§1014079
ORDEN FORAL 570/2005, DE 10 DE NOVIEMBRE, DEL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA POR LA QUE SE SUPRIME EL NEGOCIADO DE SUPERVISIÓN DE PROYECTOS Y SE CREA EL NEGOCIADO DE TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES EN MATERIA DE VIVIENDA ADSCRITO A LA SECCIÓN DE EDIFICACIÓN DEL SERVICIO DE VIVIENDA.
El Negociado de Supervisión de Proyectos se encuentra adscrito a la Sección de Edificación del Servicio de Vivienda. Las funciones de este Negociado se refieren al control de los requisitos técnicos de los proyectos de vivienda, y deben desempeñarse por un Arquitecto. Actualmente, y tras la aprobación del Decreto Foral 42/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, estas funciones se ejercen por el Jefe de la Sección de Edificación.
Por otra parte, la Sección de Edificación tramita anualmente unos 13.000 expedientes en materia de cédulas de habitabilidad, de inicio y de final de obra de viviendas libres, de calificación provisional y definitiva de viviendas protegidas, de descalificación de vivienda protegida y de rehabilitación de viviendas. La gestión administrativa de este volumen de expediente conlleva una necesaria coordinación entre el personal técnico que informa los expedientes y el personal administrativo que gestiona los mismos. Esta coordinación debe realizarse en el ámbito de las funciones a desarrollar por un Negociado con tareas administrativas. Así, se crea el Negociado de Tramitación de expedientes en materia de edificación, en cuyo ámbito se desenvuelve la referida actividad y se adscribe a la Sección de Edificación.
En su virtud,
ORDENO:
1.º Suprimir el Negociado de Supervisión de Proyectos, adscrito jerárquicamente a la Sección de Edificación.
2.º Crear el Negociado de Tramitación de Expedientes en materia de edificación, que se adscribe a la Sección de Edificación del Servicio de Vivienda y que ejercerá las siguientes funciones:
_La coordinación de la recepción y gestión de expedientes y traslado de comunicaciones en materia de:
.Expedientes de vivienda libre.
.Expedientes de vivienda protegida.
.Expedientes de rehabilitación de viviendas.
.Otros expedientes.
_Organización de la atención de consultas verbales y escritas en materia de vivienda o sobre los expedientes antes señalados.
_Colaboración con la información para establecimiento del censo de vivienda.
_Ordenación del apoyo administrativo en materias propias de la Sección de Edificación.
_Cualquier otra que le encomiende la Jefatura de Sección.
3.º Dar traslado de la presente Orden Foral al Servicio de Ordenación de la Función Pública de la Dirección General de la Función Pública, al Servicio de Vivienda y a la Secretaría General Técnica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, a los efectos oportunos.
4.º La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.